Veamos. Según el Diccionario Jurídico de la RAE,
Efectivo: dinero, moneda de curso legal.
Según el Diccionario de la Lengua de la RAE:
Metálico: 5ª acepción: Dinero en oro, plata, cobre u otro metal, esto es, en su propia especie, a diferencia del papel moneda; 6ª acepción: Dinero en efectivo.
Según el Diccionario de la Lengua de la RAE:
Contado: la locución "al contado" tiene dos acepciones: 1ª Con dinero contante; 2ª. loc. adv. Con pago inmediato en moneda efectiva o su equivalente.
Así que yo diría que efectivo y metálico sin sinónimos, si bien metálico precisa que el pago se realiza con moneda de curso legal (ya sean billetes o monedas),
Pago al contado implica pago completo en el acto del precio total del producto o servicio de que se trate.
Con un matiz: que si pagas con tarjeta de débito o crédito, estás pagando al contado, pero no en metálico, aunque sí en efectivo
Pero si pagas la compra del supermercado con billetes y monedas, estás pagando al contado y en metálico.
Salu2