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JesucristoShinobi escribió:@wannda Basicamente lo que quiero es saber cuanto me corresponde de un contrato de va desde Noviembre Mayo en el cual solo he podido hacer 2 meses y Medio. Teniendo en cuenta que es improcedente y no estoy en periodo de prueba alguno.
NewDump escribió:@JesucristoShinobi al irte del otro curro pides una excedencia, es lo que hay que hacer siempre.
fantasioman escribió:No has mencionado si es a 14 o a 12 pagas pero
Por despido improcedente : 300 Euros (33 días por año aproximadamente 1/4 sueldo neto ) + Parte proporcional pagas Extras (Si las tienes prorrateadas nada) + Vacaciones no disfrutadas (1 semana = 1/4 sueldo) 300 euros = 600 euros
Despido objetivo (Tienen que demostrarlo) : Varía la primera parte en vez de 1/4 sería 1/5 de indemnización (20 días por año trabajado). Aproximadamente 450 - 500 euros.
Ojo que esto es aproximado, puede variar 50 euros para arriba o para abajo. Este cálculo es a 12 pagas anuales.
Ojo que las vacaciones pueden decirte que las cojas y no cobrar nada por ese concepto.
martuka_pzm escribió:Con lo de las vacaciones que lo habéis puesto unos cuantos no sé si estoy de acuerdo.
Siempre que han despedido a algún conocido ha tenido que esperar x días para pedir el paro porque "estaba de vacaciones".
Me refiero a que si te deben 15 días de vacaciones y te despiden el 31 de enero, hasta el día 16 de febrero estás de vacaciones y no puedes pedir el paro. Y lógicamente, como estás de vacaciones devengas sueldo por esos 15 días y tienen que pagártelos.
¿Seguro que existe la posibilidad de pagar las vacaciones a un precio superior a la jornada laboral normal y no disfrutarlas?
fantasioman escribió:martuka_pzm escribió:Con lo de las vacaciones que lo habéis puesto unos cuantos no sé si estoy de acuerdo.
Siempre que han despedido a algún conocido ha tenido que esperar x días para pedir el paro porque "estaba de vacaciones".
Me refiero a que si te deben 15 días de vacaciones y te despiden el 31 de enero, hasta el día 16 de febrero estás de vacaciones y no puedes pedir el paro. Y lógicamente, como estás de vacaciones devengas sueldo por esos 15 días y tienen que pagártelos.
¿Seguro que existe la posibilidad de pagar las vacaciones a un precio superior a la jornada laboral normal y no disfrutarlas?
En mi último punto ya puse : Ojo que las vacaciones pueden decirte que las cojas y no cobrar nada por ese concepto.
Las vacaciones no te las pagan a un precio superior, te las pagan al mismo precio que la jornada laboral normal. Mis cálculos son que si ha trabajado 3 meses y gana 1140 netos le corresponde 1140/4 =285 € .
En cuanto a lo que comentas , una cosa es cuando se comunica el despido y otra distinta cuando es efectivo el despido. Es decir si te comunican el dia 31 que te van a despedir pero te quedan 15 días de vacaciones y tienes que cogértelas, la empresa tiene que darte de alta en la SS hasta el día en que se acaban las vacaciones y esé día te daría la carta de despido y al día siguiente solicitar el paro.
Pero si quiere ir por la vía rápida y te quedan vacaciones pues puede incluir las vacaciones en el finiquito, decirte te vas hoy y ya al día siguiente puedes pedir el paro.
Y yo pienso que lo que van a hacer es lo que dices tu , hacer que coja las vacaciones para no pagárselas en el finiquito.
martuka_pzm escribió:A lo que voy es a que no veo diferencia entre (suponiendo que me deban 15 días de vacaciones):
1. Me digan el 31 de enero que me quedo de vacaciones hasta el 15 de febrero y luego a la calle. Me pagan 15 días de sueldo porque estoy de vacaciones y el 16 pido el paro.
2. Me despiden el 31 de enero y me pagan 15 días de sueldo de vacaciones no disfrutadas. Me voy a la calle y el 16 pido el paro.
Al final cotizo los mismos 15 días, me pagan los mismos 15 días y pido el paro el mismo día.
fantasioman escribió:martuka_pzm escribió:A lo que voy es a que no veo diferencia entre (suponiendo que me deban 15 días de vacaciones):
1. Me digan el 31 de enero que me quedo de vacaciones hasta el 15 de febrero y luego a la calle. Me pagan 15 días de sueldo porque estoy de vacaciones y el 16 pido el paro.
2. Me despiden el 31 de enero y me pagan 15 días de sueldo de vacaciones no disfrutadas. Me voy a la calle y el 16 pido el paro.
Al final cotizo los mismos 15 días, me pagan los mismos 15 días y pido el paro el mismo día.
Pues ahora ya me haces dudar. Te hablo de una situación que me ocurrió hace 8 años, igual han cambiado las cosas. Estaba en una empresa, el día 15 me comunicó que me iba el día 30. Me quedaban 15 días de vacaciones y me comunicaron que necesitaba que trabajara hasta el último día para dejar unos temas bien atados. El día 30 me pagaron el finiquito y al día siguiente fuí al inem con la carta de despido a solicitar el paro.
Pero con lo que dices, puede ser que tengas razón y ahora las cosas hayan cambiado. Si es como tu dice yo tampoco veo la diferencia. Y como dije lo normal es que le digan que coja las vacaciones. Es decir, yo sé seguro lo del finiquito , lo que no estoy seguro es lo que comentas, el periodo para pedir el paro.
Acabo de mirar mi vida laboral y me aparece por ese concepto VACACIONES RETRIBUIDAS Y NO DISFRUTADAS , así que ahora ya dudo de mi nombre.
martuka_pzm escribió:fantasioman escribió:martuka_pzm escribió:A lo que voy es a que no veo diferencia entre (suponiendo que me deban 15 días de vacaciones):
1. Me digan el 31 de enero que me quedo de vacaciones hasta el 15 de febrero y luego a la calle. Me pagan 15 días de sueldo porque estoy de vacaciones y el 16 pido el paro.
2. Me despiden el 31 de enero y me pagan 15 días de sueldo de vacaciones no disfrutadas. Me voy a la calle y el 16 pido el paro.
Al final cotizo los mismos 15 días, me pagan los mismos 15 días y pido el paro el mismo día.
Pues ahora ya me haces dudar. Te hablo de una situación que me ocurrió hace 8 años, igual han cambiado las cosas. Estaba en una empresa, el día 15 me comunicó que me iba el día 30. Me quedaban 15 días de vacaciones y me comunicaron que necesitaba que trabajara hasta el último día para dejar unos temas bien atados. El día 30 me pagaron el finiquito y al día siguiente fuí al inem con la carta de despido a solicitar el paro.
Pero con lo que dices, puede ser que tengas razón y ahora las cosas hayan cambiado. Si es como tu dice yo tampoco veo la diferencia. Y como dije lo normal es que le digan que coja las vacaciones. Es decir, yo sé seguro lo del finiquito , lo que no estoy seguro es lo que comentas, el periodo para pedir el paro.
Acabo de mirar mi vida laboral y me aparece por ese concepto VACACIONES RETRIBUIDAS Y NO DISFRUTADAS , así que ahora ya dudo de mi nombre.
A ver que segura tampoco estoy eh! Lo digo por lo que he visto a mi alrededor algunas cosas y bueno lo que he encontrado ahora en una mini búsqueda. Vamos que lo ponía también porque sé que hay compañeros expertos en el tema laboral que seguro que saben estas cosas genial y así pues me entero por curiosidad.
Yo del tema laboral... entre 0 y -10 xD
martuka_pzm escribió:@txeriff sigo sin ver la diferencia entre una cosa y otra.
Si me las cojo me las pagan porque son días de sueldo.
Si no me las cojo, me las incluyen en el finiquito (como días de sueldo) y tengo que esperar esos días para solicitar el paro porque aún cotizan por mi.
Así que no veo la diferencia a qué me echen el 1 de febrero pagándome vacaciones hasta el 15, respecto a que me manden quedarme de vacaciones del 1 al 15 de febrero y me paguen 15 días de sueldo.
Pero que lo mismo soy yo que estoy obcecada
txeriff escribió:-Si no te las coges, estas 15 dias mas en la empresa vtrabajando que normalmente esos dias haces poco o nada y ademas te pagan otros 15 de vacaciones.
-Al paro no tienes que esperar porque cuando vas a pedirlo no las estas disfrutando, estas de baja, te las pagan en el finiquito.
Es como yo lo veo.
txeriff escribió:martuka_pzm escribió:@txeriff sigo sin ver la diferencia entre una cosa y otra.
Si me las cojo me las pagan porque son días de sueldo.
Si no me las cojo, me las incluyen en el finiquito (como días de sueldo) y tengo que esperar esos días para solicitar el paro porque aún cotizan por mi.
Así que no veo la diferencia a qué me echen el 1 de febrero pagándome vacaciones hasta el 15, respecto a que me manden quedarme de vacaciones del 1 al 15 de febrero y me paguen 15 días de sueldo.
Pero que lo mismo soy yo que estoy obcecada
suponiendo que tienes 15 dias a disfrutar:
-Si no te las coges, estas 15 dias mas en la empresa trabajando que normalmente esos dias haces poco o nada y ademas te pagan otros 15 de vacaciones.
-Al paro no tienes que esperar porque cuando vas a pedirlo no las estas disfrutando, estas de baja, te las pagan en el finiquito.
Visto de otra manera:
-Si te echan el dia 1 de febrero cobras 15 de vacaciones.
-Si te mandan de vacaciones el dia 1 de febrero disfrutas de unas lujosas vacaciones en el sofa de tu casa hasta el dia 15, que sera cuando estes de baja.
Es como yo lo veo.
A mi no me paso (yo me estuve las 2 semanas, pero si hubo un comentario de RRHH "si no tienes nada para hacer no vas a estar aqui sin hacer nada" cuando llevaba una semana de las 2 que me quedaban) pero yo he visto gente que le hicieron eso y un dia por la mañana estaban y al siguiente no estaban y no se supo nunca mas porque te tienen que dar preaviso de 15 dias.
Si no tienes 15 dias pues tendrias que trabajar o que te los paguen y te manden a casa.
repito, hasta donde se.
Sabio escribió:txeriff escribió:-Si no te las coges, estas 15 dias mas en la empresa vtrabajando que normalmente esos dias haces poco o nada y ademas te pagan otros 15 de vacaciones.
-Al paro no tienes que esperar porque cuando vas a pedirlo no las estas disfrutando, estas de baja, te las pagan en el finiquito.
Es como yo lo veo.
Cuando te despiden de forma improcedente no tienen que darte 15 días de preaviso, así que hagas lo que hagas estás en la misma situación.
- Me despiden el 1 de Febrero y cobro los días de vacaciones que me pertoquen en el finiquito
- Consumo los días de vacaciones que me tocan cobrando el suelo desde el día 1, y me despiden el día que se terminan
Como máximo, la única diferencia que yo veo es que si consumes las vacaciones sigues cotizando esos días.
Ho!
txeriff escribió:Ha dicho que le echaban de improcedente? no se me lo he perdido, creo que dice que "le iban a finiquitar el contrato" sin dar detalles. Si fuera improcedente el despido entonces seria sin preaviso (si la empresa quiere) y tendrian que pagarle esos 15 dias.
JesucristoShinobi escribió: ni idea de que no avisen con 15 dias.
JesucristoShinobi escribió:Hoy me han llamado de mi sindicato preguntandome los datos de mi empresa. Estoy adscrito por sanidad no por turismo pero aún así me han atendido.
Dicho sea de paso me ha llamado la dueña, me anunciaron el depsido el 21 de boquilla me lo hicieron efectivo el 28 fumandose mis dias de descanso, ayer debi quedar con la dueña pero como tiene Covid es imposible. El caso es que me ha llamado durante 18 minutos intentando hacerme sentirme culpable de que les he denunciado, cuando solo he pedido una mediación para saber cuanto me corresponde por lo de noviembre y el finiquito.
Que si no me han tratado mal etc pero que me despida de trabajar en Málaga en otro hostel etc. Que le da rabia que me cierre las puertas así no obstante le he recordado que durante meses les he escrito pidiendo mi dinero, que en un princpio acordamos bajar las horas y no dejarme en la calle en Febrero y ni eso han respetado y que si esa era su intencion no habria cambiado de empleo. El caso es que yo ya medio harto del tono, le recorde, solo es una mediacion para saber cuanto me debeis no tiene mas, simplemente damelo y me esfumare. Pero ha vuelto a ponerse a la defensiva e incluso achacando que tiene familia y otras obligaciones. (pero yo por no tener no tengo ni puesto de trabajo pero eso no es problema de nadie).
Me ha acusado de no querer hablar las cosas con ella pero en cuanto ha tenido la oportunidad se ha puesto muy altiva y me ha dicho que nos veremos el dia X que cogere lo que tenga que coger y que me despida para siempre de trabajar en mi ciudad en una recepción. Yo OK a todo.
A mi me sabe todo esto también mal, pero no me mola que me racaneen y mas que sea una cantidad ridicula de dinero para la empresa, que no me quieran contratar en este u otro lugar tambien me da un poco igual, pueod hacer cualquier otra cosa. Pero que no me vengan con que en marzo me iban a repescar del paro porque en ningún momento me han mencionado nada de eso, en ningún maldito momento se han dignado a decirme nada al respecto y darme unas explicaciones que mas o menos creo que me merezco. En fin, ya os cuento el dia que llegue.