Si tienes el certificado de empresa delante, mira primero la fecha de fin de relación laboral, y después, en la tabla que hay abajo, en la última línea vendrán los días de vacaciones no disfrutados.
Durante estos días de vacaciones no disfrutados estás en situación asimilada al alta en la Seguridad Social, es decir, que sigues cotizando, por lo que tendrás que esperar a que pasen para poder ir al INEM a tramitar la prestación.
Ya de paso puedes pedir una vida laboral en la Seguridad Social para confirmar si te han dado de baja o no en el SAS.
Y si no lo han hecho, llámales (al SAS) y que te lo arreglen cuanto antes.