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QueTeCuro escribió:
Total que estoy mirando en el convenio privado de la empresa y en los permisos retribuidos pone lo siguiente:
"""Por el tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal, cuando conste en una norma legal; se
estará a lo que disponga en cuanto a la duración de la ausencia y a su compensación económica."""
Este sería mi caso?
MissCroqueta escribió:QueTeCuro escribió:
Total que estoy mirando en el convenio privado de la empresa y en los permisos retribuidos pone lo siguiente:
"""Por el tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal, cuando conste en una norma legal; se
estará a lo que disponga en cuanto a la duración de la ausencia y a su compensación económica."""
Este sería mi caso?
Irte a trabajar a otro sitio (cobrando en negro supongo) no es un “deber inexcusable de carácter público o personal” que permita ausentarte de tu trabajo principal. Con eso se refieren a cosas como ir a votar, que tengas una citación judicial, ir al médico, etc.
Manint escribió:Siendo honestos, los días de asuntos propios ordinarios (los que son 1 día cada x meses o x días al año) son secretos y no tienes por qué decir para qué lo pides. Pero tampoco se piden de un día para otro, y no es obligatorio que te los den para el día exacto que pidas.
txeriff escribió:A ver, lo del deber inexcusable no es ir a otro trabajo. Lo que si es que no pueden obligarte a hacer horas extra o cambiarte la jornada laboral sin mas (trabajar de noches para cubrir a otro, vente el sabado...)
Todo esto que te lo mire si quiereds en un sindicato pero creo que si no pagas cuota pasan de ti.
El problema es que esta asumido que tu trabajas ahi y tienes que hacer el horario que te digan.
QueTeCuro escribió:Total que estoy mirando en el convenio privado de la empresa y en los permisos retribuidos pone lo siguiente:
"""Por el tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal, cuando conste en una norma legal; se estará a lo que disponga en cuanto a la duración de la ausencia y a su compensación económica."""
Este sería mi caso?
También tengo derecho a 1 día por mudanza, el 24 de diciembre compré mi casa y tal pero no creo que eso cuele ya
Dartanyan escribió:Si la empresa te puede cambiar de turno a su elección, pues no puedes hacer nada.
Son ganas de querer tener a la gente de mal humor. Y luego que si se trabaja mal. Con lo fácil que es tener esos detalles.
MissCroqueta escribió:txeriff escribió:A ver, lo del deber inexcusable no es ir a otro trabajo. Lo que si es que no pueden obligarte a hacer horas extra o cambiarte la jornada laboral sin mas (trabajar de noches para cubrir a otro, vente el sabado...)
Todo esto que te lo mire si quiereds en un sindicato pero creo que si no pagas cuota pasan de ti.
El problema es que esta asumido que tu trabajas ahi y tienes que hacer el horario que te digan.
Ir a un sindicato a decir que sí que quieres hacer las horas extra pero en el horario en que a ti te viene mejor porque te quieres ir a trabajar en negro a otro sitio (que no nos olvidemos que es ilegal), pues no sé, poco pueden que hacer. No creo que se puedan exigir las horas extra a conveniencia de cada uno. Más bien la empresa las ofrece y el trabajador las acepta o no las acepta.
El encargado realmente le ha dado la opción de no hacerlas, el problema es que el OP sí quiere hacerlas para no perder ese dinero, pero que el turno que le dan se le solapan ambos trabajos y quiere que le den otro. Y lo que le ha dicho el mismo encargado, tetas y sopas no se puede, a no ser que te cuadre por casualidad.
_osiris_ escribió:comentaste a tu empresa que te querías ausentar por ir a otro trabajo?
QueTeCuro escribió:Para quienes no lo hayan entendido bien, nosotros tenemos un cuadrante mensual en el que a mí, esta semana me tocaba trabajar de mañanas.
El cuadrante está precisamente porque en turnos como los nuestros que son rotativos (una semana de mañanas, otra de tardes y otra de noches), podamos conciliar nuestra vida personal y laboral.
Para pedir citas en médicos u otras historias.
No veo normal que un viernes me cambien el turno de toda la semana siguiente (y sin el preaviso establecido por el estatuto de los trabajadores de 5 días),aún sabiendo que me perjudican, sea por lo que sea, si me tocaba según mi cuadrante de mañanas y no me es posible cambiar el turno no deberían imponerlo y si te va mal te jodes...
Yo hice mis planes acorde al cuadrante, no es que, coincidiendo con mi turno yo quiera escaquearme para irme a otro sitio.
Dartanyan escribió:Si la empresa te puede cambiar de turno a su elección, pues no puedes hacer nada.
Son ganas de querer tener a la gente de mal humor. Y luego que si se trabaja mal. Con lo fácil que es tener esos detalles.
QueTeCuro escribió:No veo normal que un viernes me cambien el turno de toda la semana siguiente (y sin el preaviso establecido por el estatuto de los trabajadores de 5 días),aún sabiendo que me perjudican, sea por lo que sea, si me tocaba según mi cuadrante de mañanas y no me es posible cambiar el turno no deberían imponerlo y si te va mal te jodes...
Yo hice mis planes acorde al cuadrante, no es que, coincidiendo con mi turno yo quiera escaquearme para irme a otro sitio.
Räven escribió:QueTeCuro escribió:No veo normal que un viernes me cambien el turno de toda la semana siguiente (y sin el preaviso establecido por el estatuto de los trabajadores de 5 días),aún sabiendo que me perjudican, sea por lo que sea, si me tocaba según mi cuadrante de mañanas y no me es posible cambiar el turno no deberían imponerlo y si te va mal te jodes...
Yo hice mis planes acorde al cuadrante, no es que, coincidiendo con mi turno yo quiera escaquearme para irme a otro sitio.
Según el estatuto de los trabajadores, la empresa debe de comunicar un cambio de horario mínimo con 5 días de antelación. De hecho en la mayoría de convenios colectivos esto se suele mejorar y lo habitual suelen ser 7 días, pero aunque en tu convenio colectivo no diga nada, lo mínimo por ley son 5.
Si tu empresa te ha notificado el cambio un viernes, hasta el lunes solo han pasado 2 días, no los 5 mínimos que marca la ley, por lo que ese cambio no es legal y simplemente puedes no aceptarlo y acudir a trabajar conforme el horario que estaba marcado originalmente. Cualquier sanción por hacer esto sería improcedente.
https://www.bizneo.com/blog/comunicacio ... e-trabajo/
Räven escribió:QueTeCuro escribió:No veo normal que un viernes me cambien el turno de toda la semana siguiente (y sin el preaviso establecido por el estatuto de los trabajadores de 5 días),aún sabiendo que me perjudican, sea por lo que sea, si me tocaba según mi cuadrante de mañanas y no me es posible cambiar el turno no deberían imponerlo y si te va mal te jodes...
Yo hice mis planes acorde al cuadrante, no es que, coincidiendo con mi turno yo quiera escaquearme para irme a otro sitio.
Según el estatuto de los trabajadores, la empresa debe de comunicar un cambio de horario mínimo con 5 días de antelación. De hecho en la mayoría de convenios colectivos esto se suele mejorar y lo habitual suelen ser 7 días, pero aunque en tu convenio colectivo no diga nada, lo mínimo por ley son 5.
Si tu empresa te ha notificado el cambio un viernes, hasta el lunes solo han pasado 2 días, no los 5 mínimos que marca la ley, por lo que ese cambio no es legal y simplemente puedes no aceptarlo y acudir a trabajar conforme el horario que estaba marcado originalmente. Cualquier sanción por hacer esto sería improcedente.
https://www.bizneo.com/blog/comunicacio ... e-trabajo/