Mucho con el impuesto de sucesiones pero ¿Impuesto sobre el incremento de valor de terrenos de natur

Pues eso en este país cuando heredas también se paga ese impuesto que es absolutamente abusivo. Entiendo que se haga en una venta, pero… ¿en una herencia?. Es una locura lo que pasa en este país.

http://sevilla.abc.es/andalucia/sevi-av ... ticia.html

Alucino con lo de este país.
En Madrid no pagan nada porque el rey.
Mucha gente que grita contra el impuesto de sucesiones porque ha pagado x, no sabe que eso era la plusvalía y que no tiene nada que ver con el Impuesto de sucesiones.

Yo sí que diferiría el pago hasta que se venda el inmueble o un tiempo prudencial (al menos 3 o 4 años).
Piriguallo escribió:En Madrid no pagan nada porque el rey.


En madrid hay exención?y en barcelona?
Vamos a tener que dividir las horas del día para poder celebrar manifestaciones individuales y que cada uno cuente su tema.
El impuesto Sobre el Incremento de Valor de los Terrenos (o famosa plusvalía) tiene tela también. Se paga siempre que se produce una transmisión sobre una finca urbana (ya sea por compraventa, donación, herencia, extinción de condominio, etc....) y lo peor es que cada ayuntamiento tiene libertad para cobrar como le da la gana.

En Bizkaia algunos ayuntamientos te sacan los ojos, mientras otros cobran algo casi simbólico y otros ni siquiera cobran (de estos casi no quedan ya) pero al menos ALGUNOS ahora han comenzado (y ya era hora) a declarar exentas de este impuesto las transmisiones en las que haya habido pérdida patrimonial. O sea, que si hace X años compré en 100.000 y ahora vendo en eso mismo o menos, no pago impuesto.

A otros se la sopla que hayas perdido 50.000 euros y siguen girando el impuesto, ya que el cálculo lo efectúan conforme a valores catastrales sin tener en cuenta los valores escriturados.

Lo que no es normal es que es un impuesto que se debería legislar a nivel nacional, y no permitir que cada uno cobre lo que le salga del pepe, pero bueno....
Pero esto se paga cuando aumenta el valor o siempre? Yo no he pagado nada de esto, es mas no sabia ni que existia [+risas]
En Barcelona incluso vendiendo a pérdidas un inmueble no te salvas de la plusvalía. El ayuntamiento estima que hay un incremento de valor por mucho que tu vivienda valga la mitad de lo que pagaste en su momento.
Y de gente que ha vendido a pérdidas, no pudiendo levantar la hipoteca y encima el sablazo de la plusvalía es para indignarse. Y esto en ayuntamientos de izquierdas.
Incluso en los casos en los que un cliente tenía que entregar al banco la vivienda (las famosas daciones en pago) por no poder afrontar la hipoteca, los ayuntamientos cobraban la Plusvalía (vergonzoso). Hubo que modificar la Ley (creo que en 2013) para que el sujeto pasivo en estos casos fuera el banco.

El impuesto en sí es por el "incremento del valor de los terrenos" que realmente viene a ser un impuesto por lo que sube el suelo sobre el que está edificada tu vivienda.

@wannda Solo se paga cuando transmites un inmueble, así que si no es tu caso, no lo habrás pagado nunca.
pichuki escribió:Incluso en los casos en los que un cliente tenía que entregar al banco la vivienda (las famosas daciones en pago) por no poder afrontar la hipoteca, los ayuntamientos cobraban la Plusvalía (vergonzoso). Hubo que modificar la Ley (creo que en 2013) para que el sujeto pasivo en estos casos fuera el banco.

El impuesto en sí es por el "incremento del valor de los terrenos" que realmente viene a ser un impuesto por lo que sube el suelo sobre el que está edificada tu vivienda.

@wannda Solo se paga cuando transmites un inmueble, así que si no es tu caso, no lo habrás pagado nunca.


Si pero cualquier clase de transmisión vease donaciones, herencias...
SuperLopes escribió:
pichuki escribió:Incluso en los casos en los que un cliente tenía que entregar al banco la vivienda (las famosas daciones en pago) por no poder afrontar la hipoteca, los ayuntamientos cobraban la Plusvalía (vergonzoso). Hubo que modificar la Ley (creo que en 2013) para que el sujeto pasivo en estos casos fuera el banco.

El impuesto en sí es por el "incremento del valor de los terrenos" que realmente viene a ser un impuesto por lo que sube el suelo sobre el que está edificada tu vivienda.

@wannda Solo se paga cuando transmites un inmueble, así que si no es tu caso, no lo habrás pagado nunca.


Si pero cualquier clase de transmisión vease donaciones, herencias...

En herencias puedes declarar el terreno por mucho más valor del que lo venderás, y como el impuesto es sensiblemente menor y una gran parte está exenta no tienes que pagar plusvalia.
suskie escribió:
SuperLopes escribió:
pichuki escribió:Incluso en los casos en los que un cliente tenía que entregar al banco la vivienda (las famosas daciones en pago) por no poder afrontar la hipoteca, los ayuntamientos cobraban la Plusvalía (vergonzoso). Hubo que modificar la Ley (creo que en 2013) para que el sujeto pasivo en estos casos fuera el banco.

El impuesto en sí es por el "incremento del valor de los terrenos" que realmente viene a ser un impuesto por lo que sube el suelo sobre el que está edificada tu vivienda.

@wannda Solo se paga cuando transmites un inmueble, así que si no es tu caso, no lo habrás pagado nunca.


Si pero cualquier clase de transmisión vease donaciones, herencias...

En herencias puedes declarar el terreno por mucho más valor del que lo venderás, y como el impuesto es sensiblemente menor y una gran parte está exenta no tienes que pagar plusvalia.


Eso en todo caso te salva de pagar la plusvalia cuando vendas el bien heredado, pero el de la herencia (el sujeto pasivo es el heredero) sigues teniendi que pagarla.
El impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos urbanos( plusvalía) es un impuesto voluntario( que pueden decidir las haciendas locales recaudarlo o no), no asi como el de impuesto de tracción mecánica que es obligatorio, ahora dile al ayuntamiento de turno que no lo haga y deje de ingresar una suculenta suma , asi estamos en España,
13 respuestas