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(Neo) escribió:Espero estar posteando en el foro apropiado.
Pues nada, si teneis que comprar en esta tienda, tened en cuenta que si por lo que sea no quereis el articulo al devolverlo NO DEVUELVEN EL DINERO, dan un VALE para gastar alli. SI ejerces tu derecho de rescindir el contrato y reclarmar el dinero, se niegan a dartelo; según la cajera dice que no estoy informado (con todo el respeto hacia los cajeros/as y sin yo ser nadie en especial, por eso es cajera y no ministra, de lo informada que está)
Al parecer solo tienes la opción de tramitar por consumo, perder tiempo en papeleos y demas y asi conseguir la pasta (no se si luego les llegan a poner multas).
Desde luego no creo que vuelva a pisar una tienda de esa cadena mientras mantengan esa política y no por rencor, si no por el perjuicio que supone si quieres devolver un articulo y comprarlo en otro sitio.
Esta claro que la crisis aprieta y no quieren perder ventas, pero mira, en mi caso solo tienen una venta asegurada y han perdido las navidades (siempre solian caer varios regalos de esa franquicia)
Avisados estais
(Neo) escribió:Espero estar posteando en el foro apropiado.
Pues nada, si teneis que comprar en esta tienda, tened en cuenta que si por lo que sea no quereis el articulo al devolverlo NO DEVUELVEN EL DINERO, dan un VALE para gastar alli. SI ejerces tu derecho de rescindir el contrato y reclarmar el dinero, se niegan a dartelo; según la cajera dice que no estoy informado (con todo el respeto hacia los cajeros/as y sin yo ser nadie en especial, por eso es cajera y no ministra, de lo informada que está)
Al parecer solo tienes la opción de tramitar por consumo, perder tiempo en papeleos y demas y asi conseguir la pasta (no se si luego les llegan a poner multas).
Desde luego no creo que vuelva a pisar una tienda de esa cadena mientras mantengan esa política y no por rencor, si no por el perjuicio que supone si quieres devolver un articulo y comprarlo en otro sitio.
Esta claro que la crisis aprieta y no quieren perder ventas, pero mira, en mi caso solo tienen una venta asegurada y han perdido las navidades (siempre solian caer varios regalos de esa franquicia)
Avisados estais
Deibis escribió:es que hay veces que desconocemos las leyes, y como vemos que el devolver el dinero se ha hecho habitual, creemos que es un derecho cuando no lo es. Ninguna ley dice que te tienen que devolver el dinero si quieres devolver algo. Solo se hace en caso de que tenga una tara o defecto, en ese caso sí porque se considera que todo producto debe tener una garantía. Pero si se quiere devolver algo porque no te gusta, porque lo has encontrado más barato en otro sitio, etc... o cualquier razón que no sea por tener un defecto de fabricación, no están obligados.
Así que si tu producto estaba bien, y lo has querido devolver porque luego lo has encontrado más barato, pues te fastidias porque no tienes razón, haber mirado en más sitios antes de haberlo comprado. No tienes derecho a pataleta, en vez de enfadarte con Toys'R'Us enfádate contigo
Solosequenose escribió:No se si este es tu caso, pero si el producto no es defectuoso antes de la compra ellos pueden decidir no devolverte el dinero, y en caso de ser defectuoso tienes 7 días para que te lo devuelvan, a partir de ahí puede ser que te lo arreglen o te lo cambien.
LanParty escribió:Conozco al responsable de inspectores de consumo en Barcelona y me dejó claro que eso de los 7 o 15 días NO existe. Si lo hace ECI o MM por poner ejemplos es por tener una deferencia hacia el cliente. Desde el primer minuto de la compra, y como han comentado antes, si el producto NO está defectuoso, no tienen porqué abonarte un céntimo, se cambia y punto.
CAPÍTULO II
Derecho de desistimiento
Artículo 68. Contenido y régimen del derecho de desistimiento.
1. El derecho de desistimiento de un contrato es la facultad del consumidor y usuario de dejar sin efecto el contrato celebrado, notificándoselo así a la otra parte contratante en el plazo establecido para el ejercicio de ese derecho, sin necesidad de justificar su decisión y sin penalización de ninguna clase.
Serán nulas de pleno de derecho las cláusulas que impongan al consumidor y usuario una penalización por el ejercicio de su derecho de desistimiento.
2. El consumidor tendrá derecho a desistir del contrato en los supuestos previstos legal o reglamentariamente y cuando así se le reconozca en la oferta, promoción publicidad o en el propio contrato.
3. El derecho de desistimiento atribuido legalmente al consumidor y usuario se regirá en primer término por las disposiciones legales que lo establezcan en cada caso y en su defecto por lo dispuesto en este Título.
Artículo 69. Obligación de informar sobre el derecho de desistimiento.
1. Cuando la ley atribuya el derecho de desistimiento al consumidor y usuario, el empresario contratante deberá informarle por escrito en el documento contractual, de manera clara, comprensible y precisa, del derecho de desistir del contrato y de los requisitos y consecuencias de su ejercicio, incluidas las modalidades de restitución del bien o servicio recibido. Deberá entregarle, además, un documento de desistimiento, identificado claramente como tal, que exprese el nombre y dirección de la persona a quien debe enviarse y los datos de identificación del contrato y de los contratantes a que se refiere.
2. Corresponde al empresario probar el cumplimiento de lo dispuesto en el apartado anterior.
Artículo 70. Formalidades para el ejercicio del desistimiento.
El ejercicio del derecho de desistimiento no estará sujeto a formalidad alguna, bastando que se acredite en cualquier forma admitida en derecho. En todo caso se considerará válidamente ejercitado mediante el envío del documento de desistimiento o mediante la devolución de los productos recibidos.
Artículo 71. Plazo para el ejercicio del derecho de desistimiento.
1. El consumidor y usuario dispondrá de un plazo mínimo de siete días hábiles para ejercer el derecho de desistimiento. Será la ley del lugar donde se ha entregado el bien objeto del contrato o donde hubiera de prestarse el servicio, la que determine los días que han de considerarse hábiles.
2. Siempre que el empresario haya cumplido con el deber de información y documentación establecido en el artículo 69.1, el plazo a que se refiere el apartado anterior se computará desde la recepción del bien objeto del contrato o desde la celebración de éste si el objeto del contrato fuera la prestación de servicios.
3. Si el empresario no hubiera cumplido con el deber de información y documentación sobre el derecho de desistimiento, el plazo para su ejercicio será de tres meses a contar desde que se entregó el bien contratado o se hubiera celebrado el contrato si el objeto de éste fuera la prestación de servicios. Si el deber de información y documentación se cumple durante el citado plazo de tres meses, el plazo legalmente previsto para el ejercicio del derecho de desistimiento empezará a contar desde ese momento.
4. Para determinar la observancia del plazo para desistir se tendrá en cuenta la fecha de expedición de la declaración de desistimiento.
ETC.....
(Neo) escribió:
Ademas yo esto lo digo para que lo sepais ya que a mi en ningun momento me informaron de nada, eso de que sale en el ticket pues claro, a cojon visto, macho seguro![]()
Solo es un factor a tener en cuenta a la hora de decidir donde comprar; para mi desde luego es un factor decisivo y a no ser que sea un rebajon espectacular, siempre ire donde tenga la opcion de devolver el producto.
P.D. y puestos a ponernos puñeteros, la caja estaba dañada por los cantos, el producto tiene un pequeño roce, etc... ya tienes tu tara o defecto
(Neo) escribió:
Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias (BOE núm. 287, de 30-11-2007, pp. 49181-49215)
...
FUENTE: BOE http://civil.udg.es/normacivil/estatal/ ... DL1-07.htm
En fin cada cual que actue como quiera; en nada estamos en navidades y quizas alguien se evita sorpresas. Ademas según me ha dicho la encargada era una nueva política que habia adoptado la cadena. Soy humano y puedo equivocarme comprando un regalo que luego no era.
Ralph escribió:En un ECI a mi también intentaron devolverme el dinero con un vale de esos. Al día siguiente volví para hablar con un responsable, y me ofreció devolverme el dinero.
...no os fieis de lo que os cuenten cuando os dicen que no se puede devolver el dinero, es politica de empresa, no la ley. Y si se ponen burros, se llama a la policía, y ya verás como de verdad realmente no había ningún problema con eso de devolver la pasta.