La compañía toma los datos y recoge la firma en el contrato para evitar abusos.
En las multas por velocidad, la primera carta es a la dirección del vehículo para que identifique al conductor. Las empresas de alquiler miran los datos del contrato y lo comunican a tráfico.
La segunda carta es al conductor, a la dirección que figure en el carnet de conducir (no sé si la compañía de alquiler puede dar otra al identificarlo)
No se cuales, pero algunas las pueden mandar por correo ordinario, pero si no hay orden de cambio a comunicaciones por correo electrónico, las tienen que mandar si o si.
Si no la paga ni presenta alegaciones, la publican y pasan a intentar el embargo en cuenta.
Que pregunte en tráfico, y que lleve los papeles del alquiler, sobre todo el que pone la fecha y hora de devolución. Y que pregunte a que dirección le han mandado la multa.
Si la compañía ha dado datos erroneos aposta, se puede considerar falsedad documental, jugándose hasta la carcel, mira esto
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Penal/lo10-1995.l2t18.html, artículo 392