Multa de tráfico de 2011 cobrada en la declaración de la renta de 2018

Hola! Os cuento resumido, a mi mujer y a mí nos ha llegado en nuestra primera declaración conjunta una deducción de 323€ en la devolución de la declaración de la renta, que resulta ser de una multa que le pusieron a ella en 2011.

Esa multa fue puesta en Logroño cuando ella vivía en Vitoria, y no tuvo constancia de ella pues se cambio de domicilio, pero al parecer la multa fue entregada en dicha casa, aunque ella no viviese allí para entonces.

Desde entonces ha hecho sus declaraciones sin que supiese nada del tema, se ha empadronado en 3 sitios diferentes y nunca supo nada más de esta multa hasta ahora.

Hemos llamado al ayuntamiento pero únicamente dicen que pongamos un recurso. ¿Qué habría que poner en dicho recurso? ¿A alguien le ha sucedido algo parecido, 8 años después?

Gracias cracks! [beer]
Sr.Rubio escribió:Hola! Os cuento resumido, a mi mujer y a mí nos ha llegado en nuestra primera declaración conjunta una deducción de 323€ en la devolución de la declaración de la renta, que resulta ser de una multa que le pusieron a ella en 2011.

Esa multa fue puesta en Logroño cuando ella vivía en Vitoria, y no tuvo constancia de ella pues se cambio de domicilio, pero al parecer la multa fue entregada en dicha casa, aunque ella no viviese allí para entonces.

Desde entonces ha hecho sus declaraciones sin que supiese nada del tema, se ha empadronado en 3 sitios diferentes y nunca supo nada más de esta multa hasta ahora.

Hemos llamado al ayuntamiento pero únicamente dicen que pongamos un recurso. ¿Qué habría que poner en dicho recurso? ¿A alguien le ha sucedido algo parecido, 8 años después?

Gracias cracks! [beer]

A mi madre le pasó algo similar hace un par de años, creo que fue a tráfico (o a Hacienda, no recuerdo bien) con una apelación que le dieron del seguro y le devolvieron el dinero ya que el error fue de tráfico. Tendrías que ir al seguro a ver cómo hacer lo de la apelación.
tiene pinta de ser una ejecucion/embargo. si ya ha llegado a esa situacion, no es reclamable. y tampoco tienen a lugar plazos de prescripcion. Lo que no entiendo muy bien es que haya demorado tantos años para ejecutarse habiendo otras vias para hacerlo (intervencion en cuenta, en nomina...)

si la multa con eso queda totalmente pagada, yo la dejaria por pagada y a otra cosa.

os podeis poner a deshacer la madeja a ver porqué estuvo tanto tiempo en tramites, etc. pero no creo que podais conseguir una devolucion del dinero o negociacion de plazos, salvo que quede más multa por pagar.
Seguramente si busca su matricula aparezca en el BOE o en el boletín oficial de su comunidad autónoma. Con eso, se da por notificada.
GXY escribió:tiene pinta de ser una ejecucion/embargo. si ya ha llegado a esa situacion, no es reclamable. y tampoco tienen a lugar plazos de prescripcion. Lo que no entiendo muy bien es que haya demorado tantos años para ejecutarse habiendo otras vias para hacerlo (intervencion en cuenta, en nomina...)

si la multa con eso queda totalmente pagada, yo la dejaria por pagada y a otra cosa.

os podeis poner a deshacer la madeja a ver porqué estuvo tanto tiempo en tramites, etc. pero no creo que podais conseguir una devolucion del dinero o negociacion de plazos, salvo que quede más multa por pagar.

En el caso que le ocurrio a mi madre le devolvieron el dinero y fue mas o menos lo mismo ratataaaa
cuando ya hay sentencia no me encaja la devolucion.
GXY escribió:cuando ya hay sentencia no me encaja la devolucion.


Para cobrar una multa no hace falta sentencia. La Administración puede utilizar los medios necesarios para ejecutar una resolución sin pasar por los tribunales.
LLioncurt escribió:
GXY escribió:cuando ya hay sentencia no me encaja la devolucion.


Para cobrar una multa no hace falta sentencia. La Administración puede utilizar los medios necesarios para ejecutar una resolución sin pasar por los tribunales.


cuando es un embargo tampoco? a mi me suena que para embargar dinero de nomina, devolucion de la renta y cosas asi era necesaria la sentencia.
GXY escribió:
LLioncurt escribió:
GXY escribió:cuando ya hay sentencia no me encaja la devolucion.


Para cobrar una multa no hace falta sentencia. La Administración puede utilizar los medios necesarios para ejecutar una resolución sin pasar por los tribunales.


cuando es un embargo tampoco? a mi me suena que para embargar dinero de nomina, devolucion de la renta y cosas asi era necesaria la sentencia.


A mi hace unos años me paso lo mismo, me la descontaron de la devolución de la declaración. Pero era de ese año o del anterior.

Al final era una multa que no había pagado así que a callar y santas pascuas.
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