Multa por "parar en doble fila"

Buenas,

(esta multa esta vez no es rara XD)

me ha llegado a casa una notificación de multa de 90 euros (45 por pronto pago) por, literalmente, "parar en doble fila".

Paré en la Alameda de Colón de Málaga, en el carril izquierdo, donde todo el mundo lo hace, aunque eso no sea excusa.

El caso es que tengo entendido que parar en doble fila, no habiéndome bajado del coche y sin haber hueco libre, no estaba prohibido. La calle ya no es red Básica que en Málaga prohibía la parada en doble fila por temas de fluidez.

¿Creéis que tengo posibilidades si la recurro?
Yo no tengo entendido que sea asi, de hecho y a no ser que haya cambiado el articulo...

SECCIÓN 2; NORMAS ESPECIALES DE PARADAS Y ESTACIONAMIENTOS
ARTÍCULO 94.. Lugares prohibidos
1. Queda prohibido parar:
a. En las curvas y cambio de rasante de visibilidad reducida, en sus proximidades y en los túneles, pasos inferiores y tramos de vías afectados por la señal "Túnel".
b. En pasos a nivel, pasos para ciclistas y pasos para peatones.
c. En los carriles o parte de las vías reservados exclusivamente para la circulación o para el servicio de determinados usuarios.
d. En las intersecciones y en sus proximidades si se dificulta el giro a otros vehículos o, en vías interurbanas, si se genera peligro por falta de visibilidad.
e. Sobre los raíles de tranvías o tan cerca de ellos que pueda entorpecerse su circulación.
f. En los lugares donde se impida la visibilidad de la señalización a los usuarios a quienes les afecte u obligue a hacer maniobras.
g. En autopistas y autovías, salvo en las zonas habilitadas para ello.
h. En los carriles destinados al uso exclusivo del transporte público urbano, o en los reservados para las bicicletas.
i. En las zonas destinadas para estacionamiento y parada de uso exclusivo para el transporte público urbano
j. En zonas señalizadas para uso exclusivo de minusválidos y pasos para peatones (artículo 39.1 del texto articulado).
2. Queda prohibido estacionar en los siguientes casos:
a. En todos los descritos en el apartado anterior en los que está prohibida la parada.
b. En los lugares habilitados por la autoridad municipal como de estacionamiento con limitación horaria sin colocar el distintivo que lo autoriza o cuando, colocado el distintivo, se mantenga estacionado el vehículo en exceso sobre el tiempo máximo permitido por la ordenanza municipal.
c. En zonas señalizadas para carga y descarga.
d. En zonas señalizadas para uso exclusivo de minusválidos.
e. Sobre las aceras, paseos y demás zonas destinadas al paso de peatones.
f. Delante de los vados señalizados correctamente.
g. En doble fila(artículo 39.2 del texto articulado).
Camecube escribió:Yo no tengo entendido que sea asi, de hecho y a no ser que haya cambiado el articulo...

SECCIÓN 2; NORMAS ESPECIALES DE PARADAS Y ESTACIONAMIENTOS
ARTÍCULO 94.. Lugares prohibidos
1. Queda prohibido parar:
a. En las curvas y cambio de rasante de visibilidad reducida, en sus proximidades y en los túneles, pasos inferiores y tramos de vías afectados por la señal "Túnel".
b. En pasos a nivel, pasos para ciclistas y pasos para peatones.
c. En los carriles o parte de las vías reservados exclusivamente para la circulación o para el servicio de determinados usuarios.
d. En las intersecciones y en sus proximidades si se dificulta el giro a otros vehículos o, en vías interurbanas, si se genera peligro por falta de visibilidad.
e. Sobre los raíles de tranvías o tan cerca de ellos que pueda entorpecerse su circulación.
f. En los lugares donde se impida la visibilidad de la señalización a los usuarios a quienes les afecte u obligue a hacer maniobras.
g. En autopistas y autovías, salvo en las zonas habilitadas para ello.
h. En los carriles destinados al uso exclusivo del transporte público urbano, o en los reservados para las bicicletas.
i. En las zonas destinadas para estacionamiento y parada de uso exclusivo para el transporte público urbano
j. En zonas señalizadas para uso exclusivo de minusválidos y pasos para peatones (artículo 39.1 del texto articulado).
2. Queda prohibido estacionar en los siguientes casos:
a. En todos los descritos en el apartado anterior en los que está prohibida la parada.
b. En los lugares habilitados por la autoridad municipal como de estacionamiento con limitación horaria sin colocar el distintivo que lo autoriza o cuando, colocado el distintivo, se mantenga estacionado el vehículo en exceso sobre el tiempo máximo permitido por la ordenanza municipal.
c. En zonas señalizadas para carga y descarga.
d. En zonas señalizadas para uso exclusivo de minusválidos.
e. Sobre las aceras, paseos y demás zonas destinadas al paso de peatones.
f. Delante de los vados señalizados correctamente.
g. En doble fila(artículo 39.2 del texto articulado).


Lo que has puesto en negrita habla sobre estacionar y el op creo que está hablando de una parada (que al menos cuando yo lo estudié era sin bajarse del coche y un tiempo máximo de 2 minutos)
Efectivamente, estacionar sí que lo prohíbe expresamente, pero de parar no dice absolutamente nada.
Si estuviste más de 2 minutos es sancionable
Nullpointerexception escribió:Si estuviste más de 2 minutos es sancionable

Pero porque sería un estacionamiento, pero no es lo que pone en la multa.

En una multa hay tres cosas, lo que realmente pasó, lo que se puede demostrar, y lo que se multa.

En mi caso, el coche de policía sólo pasó una vez, por lo que no pueden demostrar que el tiempo fuera superior a 2 minutos, así que tramitan multa por parada.

La multa por estacionamiento creo que es superior a esos 90€.

No obstante, he encontrado otra ordenanza municipal en el que sí que prohíbe la parada en doble fila. Y aunque no estorbase el tráfico, ya que es costumbre parar ahí (y la calle tiene 3 carriles y poco tráfico), y haya contradicción entre la norma de la DGT y la ordenanza, preferimos pagar la multa para ahorrar dinero a que la puedan echar para atrás y tener que pagar los 90 completos.

Yo soy muy malpensado, y sé que como tengan un resquicio mínimo del que tirar, aunque no sea legal, van a intentar cobrar. Y encima pierdo en el camino la bonificación.
solo 90 euros?
aqui me clavaron 200 una vez por lo mismo
Kiu Pendragon escribió:Va a tocar pagar [rtfm]

Ya lo veo, aunque eso no me quita de pensar que es puramente recaudatoria, porque no hablamos de ninguna obstaculización de tráfico ni de perjuicio a nadie, además de que cada día podemos encontrar mínimo 3 coches a la vez haciendo lo mismo.

45 euros gratis [rtfm]
oVeRNiCkFC escribió:solo 90 euros?
aqui me clavaron 200 una vez por lo mismo

¿Por una parada y sin bajarte del coche? Menos de dos minutos después de la hora de la multa ya estaba tirando.
Recúrrela citando el artículo, el apartado y la ley correspondiente.
Si la multa sanciona la parada no procede y la anularán.
el_ssbb_boy escribió:Recúrrela citando el artículo, el apartado y la ley correspondiente.
Si la multa sanciona la parada no procede y la anularán.

¿A pesar de que una ordenanza municipal sí prohíba la parada en doble fila? Es lo que le temo.
largeroliker escribió:
el_ssbb_boy escribió:Recúrrela citando el artículo, el apartado y la ley correspondiente.
Si la multa sanciona la parada no procede y la anularán.

¿A pesar de que una ordenanza municipal sí prohíba la parada en doble fila? Es lo que le temo.

En ese caso no tengo ni idea :-?
Creo que cuando hay conflicto entre dos normas se aplica la mas restrictiva :-? :-?

Casi te libras,te ha jodido la ordenanza municipal XD de que ciudad eres?
Lord_Link escribió:Creo que cuando hay conflicto entre dos normas se aplica la mas restrictiva :-? :-?

Casi te libras,te ha jodido la ordenanza municipal XD de que ciudad eres?

Málaga capital.
estuviste mas de dos minutos parado?
Ninguna, cuando te multan siempre cobran, yo que tú la pagaba antes así pagas la mitad creo, porque si recurres va a tardar tiempo y te la comes enterita.
ivalice27 escribió:Ninguna, cuando te multan siempre cobran, yo que tú la pagaba antes así pagas la mitad creo, porque si recurres va a tardar tiempo y te la comes enterita.

No siempre, a mi madre la multaron hace tiempo por circular en dirección contraria pero recurrió y se la quitaron, porque efectivamente lo hizo pero porque la salida de la calle estaba cerrada.
Igualmente, ya dije que se pagará la multa, porque hay contradicción entre las normas, y no hay una seguridad 100% de que se retire. Y como pierdo beneficios al recurrir, toca pasar por caja.

kazinski escribió:estuviste mas de dos minutos parado?


Ya hablé de eso más arriba.
largeroliker escribió:
ivalice27 escribió:Ninguna, cuando te multan siempre cobran, yo que tú la pagaba antes así pagas la mitad creo, porque si recurres va a tardar tiempo y te la comes enterita.

No siempre, a mi madre la multaron hace tiempo por circular en dirección contraria pero recurrió y se la quitaron, porque efectivamente lo hizo pero porque la salida de la calle estaba cerrada.
Igualmente, ya dije que se pagará la multa, porque hay contradicción entre las normas, y no hay una seguridad 100% de que se retire. Y como pierdo beneficios al recurrir, toca pasar por caja.


Los casos de retirada pueden ser poquísimos y cogidos con pinzas.
largeroliker escribió:
ivalice27 escribió:Ninguna, cuando te multan siempre cobran, yo que tú la pagaba antes así pagas la mitad creo, porque si recurres va a tardar tiempo y te la comes enterita.

No siempre, a mi madre la multaron hace tiempo por circular en dirección contraria pero recurrió y se la quitaron, porque efectivamente lo hizo pero porque la salida de la calle estaba cerrada.
Igualmente, ya dije que se pagará la multa, porque hay contradicción entre las normas, y no hay una seguridad 100% de que se retire. Y como pierdo beneficios al recurrir, toca pasar por caja.

kazinski escribió:estuviste mas de dos minutos parado?


Ya hablé de eso más arriba.


No he encontrado la parte donde pone si has estado mas de dos minutos o no, das a entender que si, si es asi bien merecido te lo tienes y da gracias a que te hayan puesto la multa por parar y no por estacionar
kazinski escribió:No he encontrado la parte donde pone si has estado mas de dos minutos o no, das a entender que si, si es asi bien merecido te lo tienes y da gracias a que te hayan puesto la multa por parar y no por estacionar

Muchas gracias por tus ánimos. Te informo que lo que sugieres sería un defecto de forma. Si se sanciona por estacionar debe poner eso en la multa.
Entonces lo que tienes que hacer es demostrar que estuviste mas de dos minutos, y la multa quedaria anulada como indicas por defecto de forma XD
Lord_Link escribió:Entonces lo que tienes que hacer es demostrar que estuviste mas de dos minutos, y la multa quedaria anulada como indicas por defecto de forma XD

[facepalm]
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