He, hay que pensarlo bien y coherente. Porque sea la noticia de una niña vendiendo... Para tener una mejor idea, aunque esto es de España y no de Reino Unido.
Primero en España la venta ambulante: “
Se considera venta ambulante o no sedentaria la realizada por comerciantes fuera de un establecimiento comercial permanente, de forma habitual, ocasional, periódica o continuada, en los perímetros o lugares debidamente autorizados, en instalaciones comerciales desmontables o transportables, incluyendo los camiones-tienda”.
El ejercicio de la venta ambulante o no sedentaria se podrá realizar en alguna de las siguientes modalidades:
venta en mercadillos; venta en mercados ocasionales o periódicos; venta en vía pública; venta ambulante en camiones-tienda (vehículos con carácter itinerante que se autoricen justificadamente por los ayuntamientos).
De todas las mencionadas, la modalidad más típica y conocida de venta ambulante legal es la representada por los mercadillos municipales, que deben estar debidamente autorizados por los diferentes consistorios.
Requisitos exigibles al comerciantePara que un comerciante ambulante pueda considerarse legal:
Debe estar debidamente dado de alta del Impuesto sobre Actividades Económicas y contar con el documento acreditativo del mismo, Debe estar dado de alta en el régimen de la Seguridad Social que corresponda, disfrutar del oportuno permiso de residencia y trabajo por cuenta propia en caso de no tener la nacionalidad española, y Estar al corriente del pago de las tasas municipales requeridas para poder desarrollar la actividad de venta ambulante.
Los vendedores ambulantes tienen que tener expuesta, de forma fácilmente visible para el público, la autorización donde consten sus datos personales y su dirección para poder efectuar reclamaciones.
Qué no se puede vender en venta ambulanteDe este modo, suele quedar excluida la venta de:
Carnes, aves y caza frescas, refrigeradas y congeladas; Pescados y mariscos frescos, refrigerados y congelados; Leche certificada y leche pasteurizada; Quesos frescos, requesón, nata, mantequilla, yogur y otros productos lácteos frescos; Pastelería y bollería rellena o guarnecida; Pastas alimenticias frescas y rellenas; Anchoas, ahumados y otras semiconservas y Cualquier otro producto que, a juicio de las autoridades competentes, comporte riesgo sanitario.
Sólo se autorizará la venta de estos productos si están debidamente envasados y se dispone de las adecuadas instalaciones frigoríficas.
Todo esto en España. Ahora veamos como era el puesto de la niña:
Usando el
sentido común y aunque es de Reino Unido, valoramos la imagen... vemos un inofensivo puesto de una niña de 5 años.
1- El puesto no es el adecuado.
2-Una niña no puede ejercer de comerciante.
3-Higiene. Aunque se usen vasos de plástico, como deberá ser normal, realmente no sabemos en que condiciones se ha realizado la limonada.
Los agentes de policía estaban en su derecho de sancionar al padre y a su hija por "comerciar sin licencia". Las normas para vender en la calle en el barrio de "Spicer" establecen la obligatoriedad de contar con una licencia y de pagar una tasa de 75 libras. En el sentido más estricto de la aplicación de las normas, los policías tenían razón.
Que no le pusieran la multa de pago y que hablaran con su padre para que quitaran el puesto sería lo sensato. Pero los policías añadieron una multa a su padre porque vendían sin licencia en la calle.
Además que aunque sea una niña, la normas para la venta está para algo. Si no, cualquiera que no quiera pagar y ganarse dinero puede poner un puesto en una zona donde trascurra muchas personas y ponerse a vende lo que quiera.