No són 2 años de paro?

Buenas.
Me quedé en el paro en Marzo del 2012 y con derecho a paro el máximo de dias.
Hoy me ha llegado una carta donde me dice que el 8 de Enero finaliza mi prestación contributiva.
No són 2 años de paro?Me han quitado 2 meses porque si o en realidad no són los 2 años que se dice?
Reivax2 escribió:Buenas.
Me quedé en el paro en Marzo del 2012 y con derecho a paro el máximo de dias.
Hoy me ha llegado una carta donde me dice que el 8 de Enero finaliza mi prestación contributiva.
No són 2 años de paro?Me han quitado 2 meses porque si o en realidad no són los 2 años que se dice?



Para eso esta el sepe, hay un apartado donde ves todos tus nominas cobradas y las pendientes y el derecho que te corresponde ...

https://sede.sepe.gob.es/portalSedeEsta ... page=sv00B


pero vamos, digo yo que esto ya lo sabes ...
Son 2 años si trabajabas a tiempo completo con jornada regular.
Si trabajabas a tiempo parcial con jornada irregular entonces se cuentan los dias que has ido a trabajar y se multiplican por un coeficiente, creo recordar que era 1.41, y eso daba el total de dias cotizados y por ende, los dias de prestación.
De todas maneras, en la resolución que te enviaron cuando te aprobaron la prestación te dijeron los dias que tenias de prestación, el dia que se inicia y el dia que se acaba.
Son 24 meses de maximo si.

Aun y todo, has comprobado lo que te da el simulador de prestaciones con tus datos? No vaya a ser que creas que te toque el maximo pero no sea asi

https://sede.sepe.gob.es/dgsimulador/introSimulador.do
Pues voy a mirar lo que me decis,porque si que mi anterior trabajo era a jornada completa y durante 9 años.
Aunque 3 meses estuve de excedencia,quizás sea por esto :-?
Reivax2 escribió:Aunque 3 meses estuve de excedencia,quizás sea por esto :-?


Si estos 3 meses de excedencia los hicistes en los 6 años naturales inmediantamente anteriores a la extinción del contrato, entonces seguro que es por eso.
suskie escribió:
Reivax2 escribió:Aunque 3 meses estuve de excedencia,quizás sea por esto :-?


Si estos 3 meses de excedencia los hicistes en los 6 años naturales inmediantamente anteriores a la extinción del contrato, entonces seguro que es por eso.


La excedencia fue del de Enero del 2011 al Marzo del 2011 por lo que seguro que es por esto.
Así es. Se tienen en cuenta los últimos 6 años trabajados, y los 2 años es si durante estos 6 has estado a jornada completa. Si no, se tienen en cuenta el número de horas trabajadas.

Y, si eres autónomo, ya ni te cuento el chiste que ese ése, aunque hace unos años cambiaron la ley para que, pagando más (qué raro), pudieras tener derecho a un mini paro.
da_hot_funk escribió:. Si no, se tienen en cuenta el número de horas trabajadas.



Eso no es correcto. Como ya he dicho antes, depende de si la jornada es regular y trabajas 5 dias a la semana o irregular. Si es regular, tendrás el mismo tiempo de paro que si trabajases a jornada completa (pero cobrarás menos dinero cada mes). Si es irregular, se cuentan los dias trabajados y se multiplican por 1.4 . La cantidad de dias que resulte será la que se tenga en cuenta para darte el tiempo de paro que te toque.
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