obligaciones de un casero?

Vivimos en un piso compartido y se ha roto la tostadora y se ha fundido una bombilla, y nuestra casera ni vive en el país (tiene un familiar en la ciudad que es a quién supuestamente debemos dirigirnos para algún problema) y estabamos debatiendo los compañeros si debemos avisarle de estas cosas para que las repare o, al ser "minucias" de poco coste económico, hacer frente nosotros....

qué opináis???
Ilose escribió:Vivimos en un piso compartido y se ha roto la tostadora y se ha fundido una bombilla, y nuestra casera ni vive en el país (tiene un familiar en la ciudad que es a quién supuestamente debemos dirigirnos para algún problema) y estabamos debatiendo los compañeros si debemos avisarle de estas cosas para que las repare o, al ser "minucias" de poco coste económico, hacer frente nosotros....

qué opináis???


La bombilla se rompe del uso común que le dais y lo normal es que la cambieis vosotros.

En general los electrodomésticos los debe reparar el casero si el piso los lleva al alquilarlos. Si por ejemplo se rompe la lavadora del uso normal de la misma, es el casero quien debe repararla.

La tostadora es un pequeño electrodoméstico, que supongo que ya estaba en el piso y que habrá sido usada por gente con anterioridad, por lo que yo entiendo que si el uso ha sido correcto debe ser el casero quien la reponga ya que no es que vosotros la hayais estrenado y la hayais estropeado

Suerte
Las bombillas vosotros, la tostadora si la puso el casero, pedidselo a el.

Ojo porque ese ripo de cacharros es muy habitual que no los pusiese el casero, sino que los comprasen anteriores inquilinos, y al mudarse los dejasen atras.

En el piso donde estoy, cuando se mudo una compañera se llevo su microondas, no sabiamos que era suyo, le preguntamos al casero y nos puso uno él, pero creo que no estaría obligado.
Lo que podéis hacer es comprar vosotros la bombilla de repuesto, y la tostadora nueva, y restarlo de la renta cuando vayáis a pagarla, pero para eso antes debéis comunicaros con el casero y hablar el tema con él para que no le coja por sorpresa, y dé su consentimiento. Lo normal sería que aceptase porque hablamos de cosas de poca importancia.

Aún así guarda la tostadora averiada y la pones a su disposición. La bombilla imagino que no hará falta (a menos de que se trate de una bombilla de estas carísimas)
Ilose escribió:Vivimos en un piso compartido y se ha roto la tostadora y se ha fundido una bombilla, y nuestra casera ni vive en el país (tiene un familiar en la ciudad que es a quién supuestamente debemos dirigirnos para algún problema) y estabamos debatiendo los compañeros si debemos avisarle de estas cosas para que las repare o, al ser "minucias" de poco coste económico, hacer frente nosotros....

qué opináis???

todo depende si lo que pagas es razonable o no
gjfjf escribió:
Ilose escribió:Vivimos en un piso compartido y se ha roto la tostadora y se ha fundido una bombilla, y nuestra casera ni vive en el país (tiene un familiar en la ciudad que es a quién supuestamente debemos dirigirnos para algún problema) y estabamos debatiendo los compañeros si debemos avisarle de estas cosas para que las repare o, al ser "minucias" de poco coste económico, hacer frente nosotros....

qué opináis???

todo depende si lo que pagas es razonable o no


Lo que pagamos es muy poco, estamos muy contentos con eso.
en el contrato no os hizo un inventario de los muebles y electrodomesticos que incluia el piso?
PERCHE escribió:en el contrato no os hizo un inventario de los muebles y electrodomesticos que incluia el piso?


sí, un inventario bastante extensivo la verdad, y la tostadora está incluida.
Ilose escribió:
PERCHE escribió:en el contrato no os hizo un inventario de los muebles y electrodomesticos que incluia el piso?


sí, un inventario bastante extensivo la verdad, y la tostadora está incluida.


Os ha tocado uno de los pocos que lleva las cosas con seriedad y al dedillo.
Yo opino que la bombilla ni de coña tiene obligación de reemplazarla. Y la tostadora muy probablemente tampoco si se ha roto debido a un desgaste por el uso (a menos que llevéis dos días ahí y haya petado a las primeras de cambio).
Deschamps escribió:Yo opino que la bombilla ni de coña tiene obligación de reemplazarla. Y la tostadora muy probablemente tampoco si se ha roto debido a un desgaste por el uso (a menos que llevéis dos días ahí y haya petado a las primeras de cambio).


Sí, se ha roto por el uso. La usamos bastante la verdad, no puedo decir que sea un defecto del aparato ni nada de eso

Realmente yo no tengo problema en comprar otra, pero claro, si es así cuando me vaya del piso me la llevaré.
@Ilose Por supuesto que podrás llevártela, del mismo modo que el casero podrá descontaros de la fianza (el depósito que se hace al firmar contrato) el equivalente al precio de la tostadora que figura en el inventario y que funcionaba bien cuando entrasteis a vivir ahí...
Si no me equivoco por ley hay un mínimo, no recuerdo si son 100 euros, quizás menos, por debajo del cual el coste corre por parte del inquilino. Yo con mi casero no tuve nunca ningún problema, cambiaba grifos o una cisterna y se lo descontaba del alquiler. Siempre le llamaba antes de hacer lo que tocase, le decía la cantidad y punto. La última vez, sin previo aviso y de malas maneras me dijo que no, que él por ley no está obligado si no pasaba de X cantidad, que con otros inquilinos de otra casa había tenido problemas y que había cortado por lo sano. Yo investigué algo, me pareció que podría llevar razón y ahí se quedó la cosa. Eran unos 20€ de una ducha creo y pasé de movidas.
La cosa del pantano está baneado por "Troll"
Llevarse una bombilla de un piso alquilado es de ser muy triste [facepalm]
#509944# está baneado del subforo por "flames"
Al menos no estareis a oscuras hasta decidir que pasa con la bombilla?xDDD
Lo de la tostadora, pues puede ser una chorrada hasta el momento en que os vayais del piso y os digan "ey, aquí falta una tostadora, no os devuelvo la fianza que me valió 200 euros"
Al menos comunicarlo, a ver si os pone otra y sino al menos que sepa que se ha estropeado.
la bombilla la sustituis vosotros.

la tostadora das parte al propietario y que el te diga si os pone otra, si la compreis vosotros y la descontais de la renta, o si rota está, rota se queda y si os poneis otra es cosa vuestra.

si esta en el inventario lo normal es que la reponga él (o a su coste)
Habría que ver qué antigüedad tiene la tostadora, porque si es un aparato que tiene ya unos años, no es justo tampoco imputarle la avería o desgaste al actual inquilino, que simplemente ha hecho uso de ella.

Si la tostadora era vieja, aún así puede ser una buena ocasión para apuntarse un tanto con el casero. Compráis una tostadora nueva y una bombilla, y lo pagáis vosotros, pero se lo comunicáis a él para que sepa que esos dos elementos se estropearon. Y ya está.

Así os reserváis para algo realmente importante como una avería en un calentador, o en una nevera, o tener que cambiar la lavadora por ejemplo.

Pero cuando finalice el contrato, si os quiera cobrar algo de la fianza, entonces os lleváis la tostadora y le dejáis la estropeada. Y si no cobra nada le podéis dejar la tostadora nueva.

Salu2
La ley en sí, habla de pequeñas reparaciones a cargo del inquilino, por descontado, una bombilla normal, es una de ellas.

La tostadora figura en el inventario inicial, es decir, alquilaste la casa con unas prestaciones concretas, entre ellas una tostadora, y debe ser reparada o sustituida, siempre y cuando se haya roto por mal uso, por el casero.
El caso se ve más claro si fuese un electrodomésticos caro, como el horno, pero da lo mismo.
17 respuestas