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Un belga paga la factura de la luz con 215 kilos de monedas de un céntimo de euro
EFE. 18.07.2008 - 21:27h
* Como protesta por los elevados precios de la energía.
* Llevó el dinero a la sede de la eléctrica en dos carretillas.
Un consumidor belga pagó hoy su factura de electricidad y gas con 215 kilos de monedas de un céntimo de euro como protesta por los elevados precios de la energía.
Patrick Janssen acudió a la sede que tiene en Amberes la compañía Electrabel, la principal empresa de energía del país y una filial del grupo Suez, llevando el dinero en dos carretillas, en un pequeño convoy precedido por un coche.
La empresa eléctrica aceptó el pago
Añadió que la empresa aceptó el pago e indicó que se ocupará de la cuestión de forma interna, aunque no detalló el montante exacto de la factura. Janssen explicó que había realizado la acción como protesta y en nombre de los ciudadanos europeos que tienen que apretarse el cinturón para pagar los crecientes precios de la energía.
eTc_84 escribió:En España me suena que no se puede hacer eso, si no que está limitado a un máximo de 50 monedas un pago, si no no tienen porqué aceptártelo.
Por lo que veo es a nivel europeo:
http://www.20minutos.es/noticia/116336/ ... /protesta/
Equium escribió:eTc_84 escribió:En España me suena que no se puede hacer eso, si no que está limitado a un máximo de 50 monedas un pago, si no no tienen porqué aceptártelo.
Por lo que veo es a nivel europeo:
http://www.20minutos.es/noticia/116336/ ... /protesta/
Siempre sale alguien que sin tener ni puta idea, habla.
Equium escribió:eTc_84 escribió:En España me suena que no se puede hacer eso, si no que está limitado a un máximo de 50 monedas un pago, si no no tienen porqué aceptártelo.
Por lo que veo es a nivel europeo:
http://www.20minutos.es/noticia/116336/ ... /protesta/
Siempre sale alguien que sin tener ni puta idea, habla. Si alguien te llega con monedas de curso legal, se las tienes que aceptar. Otra cosa, es que le hagas un ingreso en firme de la cantidad, pero las monedas de curso legal se las tienes que aceptar, ahora, que si no lo haces, el tío puede directamente, dirigirse al juzgado de guardia para denunciar la situación.
eTc_84 escribió:Equium escribió:eTc_84 escribió:En España me suena que no se puede hacer eso, si no que está limitado a un máximo de 50 monedas un pago, si no no tienen porqué aceptártelo.
Por lo que veo es a nivel europeo:
http://www.20minutos.es/noticia/116336/ ... /protesta/
Siempre sale alguien que sin tener ni puta idea, habla. Si alguien te llega con monedas de curso legal, se las tienes que aceptar. Otra cosa, es que le hagas un ingreso en firme de la cantidad, pero las monedas de curso legal se las tienes que aceptar, ahora, que si no lo haces, el tío puede directamente, dirigirse al juzgado de guardia para denunciar la situación.
¿ Perdona ?
Equium escribió:eTc_84 escribió:¿ Perdona ?
¿Cómo que te suena que no se puede hacer? El individuo en cuestión te está saldando una deuda con monedas de curso legal, así, que no te puedes negar al pago de la misma, dado está empleando unidades monetarias legalmente establecidas. Si te jode, pues te puedes poner en cruz, dado que él está liquidando una deuda con lo que el Estado de marras le ha facilitado.
Equium escribió:eTc_84 escribió:En España me suena que no se puede hacer eso, si no que está limitado a un máximo de 50 monedas un pago, si no no tienen porqué aceptártelo.
Por lo que veo es a nivel europeo:
http://www.20minutos.es/noticia/116336/ ... /protesta/
Siempre sale alguien que sin tener ni puta idea, habla. Si alguien te llega con monedas de curso legal, se las tienes que aceptar. Otra cosa, es que le hagas un ingreso en firme de la cantidad, pero las monedas de curso legal se las tienes que aceptar, ahora, que si no lo haces, el tío puede directamente, dirigirse al juzgado de guardia para denunciar la situación.
Equium escribió:eTc_84 escribió:En España me suena que no se puede hacer eso, si no que está limitado a un máximo de 50 monedas un pago, si no no tienen porqué aceptártelo.
Por lo que veo es a nivel europeo:
http://www.20minutos.es/noticia/116336/ ... /protesta/
Siempre sale alguien que sin tener ni puta idea, habla. Si alguien te llega con monedas de curso legal, se las tienes que aceptar. Otra cosa, es que le hagas un ingreso en firme de la cantidad, pero las monedas de curso legal se las tienes que aceptar, ahora, que si no lo haces, el tío puede directamente, dirigirse al juzgado de guardia para denunciar la situación.
Equium escribió:eTc_84 escribió:En España me suena que no se puede hacer eso, si no que está limitado a un máximo de 50 monedas un pago, si no no tienen porqué aceptártelo.
Por lo que veo es a nivel europeo:
http://www.20minutos.es/noticia/116336/ ... /protesta/
Siempre sale alguien que sin tener ni puta idea, habla. Si alguien te llega con monedas de curso legal, se las tienes que aceptar. Otra cosa, es que le hagas un ingreso en firme de la cantidad, pero las monedas de curso legal se las tienes que aceptar, ahora, que si no lo haces, el tío puede directamente, dirigirse al juzgado de guardia para denunciar la situación.
Banco de España escribió:# ¿Existe un límite máximo de monedas que se pueden aceptar en un pago?
Sí, la normativa comunitaria y la Orden Ministerial de acuñación de las monedas euro españolas establecen en cincuenta unidades el límite máximo de monedas que un particular está obligado a aceptar en un pago individual. Este tope de cincuenta monedas por pago no afecta a las cajas públicas, que están obligadas a aceptar monedas sin limitación.
Banco de España escribió:# ¿Existe un límite máximo de monedas que se pueden aceptar en un pago? Ocultar lista
Sí, la normativa comunitaria y la Orden Ministerial de acuñación de las monedas euro españolas establecen en cincuenta unidades el límite máximo de monedas que un particular está obligado a aceptar en un pago individual. Este tope de cincuenta monedas por pago no afecta a las cajas públicas, que están obligadas a aceptar monedas sin limitación.
jorcoval escribió:Obviando que la respuesta de Equiuum es para hacer amigosBanco de España escribió:# ¿Existe un límite máximo de monedas que se pueden aceptar en un pago? Ocultar lista
Sí, la normativa comunitaria y la Orden Ministerial de acuñación de las monedas euro españolas establecen en cincuenta unidades el límite máximo de monedas que un particular está obligado a aceptar en un pago individual. Este tope de cincuenta monedas por pago no afecta a las cajas públicas, que están obligadas a aceptar monedas sin limitación.
No me acaba de quedar claro. Ahí habla de un particular y que no afecta a las cajas públicas.
Luego en el caso del Ayuntamiento, te lo deberían aceptar ¿no?
Pero en el caso de la empresa eléctrica sigo sin verlo muy claro.
xavierll escribió:hombre... creo yo que una EMPRESA electrica no sera un particular no???
PD: VAYA MOTIVADO el tio de mas arriba... (Quien por cierto, no tenia razon del todo..)
jorcoval escribió:Obviando que la respuesta de Equiuum es para hacer amigosBanco de España escribió:# ¿Existe un límite máximo de monedas que se pueden aceptar en un pago? Ocultar lista
Sí, la normativa comunitaria y la Orden Ministerial de acuñación de las monedas euro españolas establecen en cincuenta unidades el límite máximo de monedas que un particular está obligado a aceptar en un pago individual. Este tope de cincuenta monedas por pago no afecta a las cajas públicas, que están obligadas a aceptar monedas sin limitación.
No me acaba de quedar claro. Ahí habla de un particular y que no afecta a las cajas públicas.
Luego en el caso del Ayuntamiento, te lo deberían aceptar ¿no?
Pero en el caso de la empresa eléctrica sigo sin verlo muy claro.
excepto la autoridad emisora y las personas expresamente por la legislación nacional del Estado miembro emisor, ninguna parte estará obligada a recibir mas de 50 monedas en cada pago
Banco de España escribió:# ¿Existe un límite máximo de monedas que se pueden aceptar en un pago? Ocultar lista
Sí, la normativa comunitaria y la Orden Ministerial de acuñación de las monedas euro españolas establecen en cincuenta unidades el límite máximo de monedas que un particular está obligado a aceptar en un pago individual. Este tope de cincuenta monedas por pago no afecta a las cajas públicas, que están obligadas a aceptar monedas sin limitación.
OnLain escribió:Bueno, pues ya sabeis, ahora a pagar todos todo con monedas de un centimo
Lo cachondo seria ver la cara de la chica que le atendio en el banco cuando le pidio X dinero en monedas de uno
Tofux escribió:Equium escribió:eTc_84 escribió:En España me suena que no se puede hacer eso, si no que está limitado a un máximo de 50 monedas un pago, si no no tienen porqué aceptártelo.
Por lo que veo es a nivel europeo:
http://www.20minutos.es/noticia/116336/ ... /protesta/
Siempre sale alguien que sin tener ni puta idea, habla. Si alguien te llega con monedas de curso legal, se las tienes que aceptar. Otra cosa, es que le hagas un ingreso en firme de la cantidad, pero las monedas de curso legal se las tienes que aceptar, ahora, que si no lo haces, el tío puede directamente, dirigirse al juzgado de guardia para denunciar la situación.Banco de España escribió:# ¿Existe un límite máximo de monedas que se pueden aceptar en un pago?
Sí, la normativa comunitaria y la Orden Ministerial de acuñación de las monedas euro españolas establecen en cincuenta unidades el límite máximo de monedas que un particular está obligado a aceptar en un pago individual. Este tope de cincuenta monedas por pago no afecta a las cajas públicas, que están obligadas a aceptar monedas sin limitación.
Pablis escribió:OnLain escribió:Bueno, pues ya sabeis, ahora a pagar todos todo con monedas de un centimo
Lo cachondo seria ver la cara de la chica que le atendio en el banco cuando le pidio X dinero en monedas de uno
A mí en mi caja habitual me dieron $2000 dolares en billetes de 5 y de 10. Total, que a cada tienda, museo, etc. tenía que contarles la movida, que les daba la risa. Parecía que hubiese atracado un banco, aparte del abultamiento de cartera, y el riesgo que conlleva respecto a los carteristas.
Pagar más de $400 dólares en billetes de 5 no tiene precio.
Equium escribió:eTc_84 escribió:En España me suena que no se puede hacer eso, si no que está limitado a un máximo de 50 monedas un pago, si no no tienen porqué aceptártelo.
Por lo que veo es a nivel europeo:
http://www.20minutos.es/noticia/116336/ ... /protesta/
Siempre sale alguien que sin tener ni puta idea, habla. Si alguien te llega con monedas de curso legal, se las tienes que aceptar. Otra cosa, es que le hagas un ingreso en firme de la cantidad, pero las monedas de curso legal se las tienes que aceptar, ahora, que si no lo haces, el tío puede directamente, dirigirse al juzgado de guardia para denunciar la situación.
Tofux escribió:Equium escribió:eTc_84 escribió:En España me suena que no se puede hacer eso, si no que está limitado a un máximo de 50 monedas un pago, si no no tienen porqué aceptártelo.
Por lo que veo es a nivel europeo:
http://www.20minutos.es/noticia/116336/ ... /protesta/
Siempre sale alguien que sin tener ni puta idea, habla. Si alguien te llega con monedas de curso legal, se las tienes que aceptar. Otra cosa, es que le hagas un ingreso en firme de la cantidad, pero las monedas de curso legal se las tienes que aceptar, ahora, que si no lo haces, el tío puede directamente, dirigirse al juzgado de guardia para denunciar la situación.Banco de España escribió:# ¿Existe un límite máximo de monedas que se pueden aceptar en un pago?
Sí, la normativa comunitaria y la Orden Ministerial de acuñación de las monedas euro españolas establecen en cincuenta unidades el límite máximo de monedas que un particular está obligado a aceptar en un pago individual. Este tope de cincuenta monedas por pago no afecta a las cajas públicas, que están obligadas a aceptar monedas sin limitación.
Equium escribió:No le está pagando a un particular, está pagando a una entidad. Es más, si tu tienes que realizar una compra por importe de 500 euros, y llevas un billete de esa denominación, por mucho cartelito de "No aceptamos billetes de 500€" te lo tienen que aceptar, dado que importe de la compra y moneda de curso legal, coinciden. Una cosa es lo que uno quiere, lo que uno desearía, y otra, la legislación vigente.
normativa 974/948 europea de 3 mayo de 1998 (Según la noticia) escribió:excepto la autoridad emisora y las personas expresamente por la legislación nacional del Estado miembro emisor, ninguna parte estará obligada a recibir mas de 50 monedas en cada pago
Darkoo escribió:Equium escribió:No le está pagando a un particular, está pagando a una entidad. Es más, si tu tienes que realizar una compra por importe de 500 euros, y llevas un billete de esa denominación, por mucho cartelito de "No aceptamos billetes de 500€" te lo tienen que aceptar, dado que importe de la compra y moneda de curso legal, coinciden. Una cosa es lo que uno quiere, lo que uno desearía, y otra, la legislación vigente.
¿te has leído el primer link que te han pasado? Según eso, no tienes razón. En el link pone que según la normativa europea no se puede pagar A NADIE con más de 50 monedas:normativa 974/948 europea de 3 mayo de 1998 (Según la noticia) escribió:excepto la autoridad emisora y las personas expresamente por la legislación nacional del Estado miembro emisor, ninguna parte estará obligada a recibir mas de 50 monedas en cada pago
Equium escribió:Darkoo escribió:Equium escribió:No le está pagando a un particular, está pagando a una entidad. Es más, si tu tienes que realizar una compra por importe de 500 euros, y llevas un billete de esa denominación, por mucho cartelito de "No aceptamos billetes de 500€" te lo tienen que aceptar, dado que importe de la compra y moneda de curso legal, coinciden. Una cosa es lo que uno quiere, lo que uno desearía, y otra, la legislación vigente.
¿te has leído el primer link que te han pasado? Según eso, no tienes razón. En el link pone que según la normativa europea no se puede pagar A NADIE con más de 50 monedas:normativa 974/948 europea de 3 mayo de 1998 (Según la noticia) escribió:excepto la autoridad emisora y las personas expresamente por la legislación nacional del Estado miembro emisor, ninguna parte estará obligada a recibir mas de 50 monedas en cada pago
Mira, esto está comenzando ya a ser doloso.
"¿Existe un límite máximo de monedas que se pueden aceptar en un pago?
Sí, la normativa comunitaria y la Orden Ministerial de acuñación de las monedas euro españolas establecen en cincuenta unidades el límite máximo de monedas que un particular está obligado a aceptar en un pago individual. Este tope de cincuenta monedas por pago no afecta a las cajas públicas, que están obligadas a aceptar monedas sin limitación."
Fuente: Banco de España http://www.bde.es/faqs/billetes.htm#enlace8
Así que eso de ninguna parte creo que es insostenible...
Artículo 11
A partir del 1 de enero de 2002 los Estados miembros participantes acuñarán monedas denominadas en euro o en cent que se ajusten a las denominaciones y especificaciones técnicas que el Consejo podrá establecer de conformidad con lo dispuesto en la segunda frase del apartado 2 del artículo 105 A del Tratado. Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 15, estas serán las únicas monedas de curso legal en todos estos Estados miembros. Excepto la autoridad emisora y las personas expresamente designadas por la legislación nacional del Estado miembro emisor, ninguna parte estará obligada a aceptar más de cincuenta monedas en cada pago.
¿Hay limitaciones para el pago o el cobro en efectivo en una entidad bancaria? Ocultar respuesta En los pagos, sólo existe una limitación general: la entidad no tiene por qué admitir más de 50 monedas. No hay límite para el número de billetes. Además, si una entidad sustituye a una caja pública (por ejemplo, al cobrar recibos del ayuntamiento o tributos de Hacienda) tampoco hay límite para el número de monedas.
Equium escribió:eTc_84 escribió:En España me suena que no se puede hacer eso, si no que está limitado a un máximo de 50 monedas un pago, si no no tienen porqué aceptártelo.
Por lo que veo es a nivel europeo:
http://www.20minutos.es/noticia/116336/ ... /protesta/
Siempre sale alguien que sin tener ni puta idea, habla. Si alguien te llega con monedas de curso legal, se las tienes que aceptar. Otra cosa, es que le hagas un ingreso en firme de la cantidad, pero las monedas de curso legal se las tienes que aceptar, ahora, que si no lo haces, el tío puede directamente, dirigirse al juzgado de guardia para denunciar la situación.
Equium escribió:Darkoo escribió:Equium escribió:No le está pagando a un particular, está pagando a una entidad. Es más, si tu tienes que realizar una compra por importe de 500 euros, y llevas un billete de esa denominación, por mucho cartelito de "No aceptamos billetes de 500€" te lo tienen que aceptar, dado que importe de la compra y moneda de curso legal, coinciden. Una cosa es lo que uno quiere, lo que uno desearía, y otra, la legislación vigente.
¿te has leído el primer link que te han pasado? Según eso, no tienes razón. En el link pone que según la normativa europea no se puede pagar A NADIE con más de 50 monedas:normativa 974/948 europea de 3 mayo de 1998 (Según la noticia) escribió:excepto la autoridad emisora y las personas expresamente por la legislación nacional del Estado miembro emisor, ninguna parte estará obligada a recibir mas de 50 monedas en cada pago
Mira, esto está comenzando ya a ser doloso.
"¿Existe un límite máximo de monedas que se pueden aceptar en un pago?
Sí, la normativa comunitaria y la Orden Ministerial de acuñación de las monedas euro españolas establecen en cincuenta unidades el límite máximo de monedas que un particular está obligado a aceptar en un pago individual. Este tope de cincuenta monedas por pago no afecta a las cajas públicas, que están obligadas a aceptar monedas sin limitación."
Fuente: Banco de España http://www.bde.es/faqs/billetes.htm#enlace8
Así que eso de ninguna parte creo que es insostenible...
Equium escribió:Así que eso de ninguna parte creo que es insostenible...