Paga la factura de la luz con 215 kilos de monedas de 1 cent

Un belga paga la factura de la luz con 215 kilos de monedas de un céntimo de euro
EFE. 18.07.2008 - 21:27h

* Como protesta por los elevados precios de la energía.
* Llevó el dinero a la sede de la eléctrica en dos carretillas.

Un consumidor belga pagó hoy su factura de electricidad y gas con 215 kilos de monedas de un céntimo de euro como protesta por los elevados precios de la energía.

Patrick Janssen acudió a la sede que tiene en Amberes la compañía Electrabel, la principal empresa de energía del país y una filial del grupo Suez, llevando el dinero en dos carretillas, en un pequeño convoy precedido por un coche.

La empresa eléctrica aceptó el pago
Añadió que la empresa aceptó el pago e indicó que se ocupará de la cuestión de forma interna, aunque no detalló el montante exacto de la factura. Janssen explicó que había realizado la acción como protesta y en nombre de los ciudadanos europeos que tienen que apretarse el cinturón para pagar los crecientes precios de la energía.


Vaya, yo de pequeño pagaba el autobus asi siempre, y jamas me hicieron caso. No es el primer caso que se oye, si todos hicieramos lo mismo...

Fuente: 20 minutos XD
En España me suena que no se puede hacer eso, si no que está limitado a un máximo de 50 monedas un pago, si no no tienen porqué aceptártelo.

Por lo que veo es a nivel europeo:
http://www.20minutos.es/noticia/116336/ ... /protesta/
eTc_84 escribió:En España me suena que no se puede hacer eso, si no que está limitado a un máximo de 50 monedas un pago, si no no tienen porqué aceptártelo.

Por lo que veo es a nivel europeo:
http://www.20minutos.es/noticia/116336/ ... /protesta/


Siempre sale alguien que sin tener ni puta idea, habla. Si alguien te llega con monedas de curso legal, se las tienes que aceptar. Otra cosa, es que le hagas un ingreso en firme de la cantidad, pero las monedas de curso legal se las tienes que aceptar, ahora, que si no lo haces, el tío puede directamente, dirigirse al juzgado de guardia para denunciar la situación.
Equium escribió:
eTc_84 escribió:En España me suena que no se puede hacer eso, si no que está limitado a un máximo de 50 monedas un pago, si no no tienen porqué aceptártelo.

Por lo que veo es a nivel europeo:
http://www.20minutos.es/noticia/116336/ ... /protesta/


Siempre sale alguien que sin tener ni puta idea, habla.


Joder, esos humos. Contigo daría miedo equivocarse en algo, mandarías a la otra persona diréctamente al hospital [mad]
Equium escribió:
eTc_84 escribió:En España me suena que no se puede hacer eso, si no que está limitado a un máximo de 50 monedas un pago, si no no tienen porqué aceptártelo.

Por lo que veo es a nivel europeo:
http://www.20minutos.es/noticia/116336/ ... /protesta/


Siempre sale alguien que sin tener ni puta idea, habla. Si alguien te llega con monedas de curso legal, se las tienes que aceptar. Otra cosa, es que le hagas un ingreso en firme de la cantidad, pero las monedas de curso legal se las tienes que aceptar, ahora, que si no lo haces, el tío puede directamente, dirigirse al juzgado de guardia para denunciar la situación.

¿ Perdona ?
luego a el que ponen a contar las monedas es al becario
eTc_84 escribió:
Equium escribió:
eTc_84 escribió:En España me suena que no se puede hacer eso, si no que está limitado a un máximo de 50 monedas un pago, si no no tienen porqué aceptártelo.

Por lo que veo es a nivel europeo:
http://www.20minutos.es/noticia/116336/ ... /protesta/


Siempre sale alguien que sin tener ni puta idea, habla. Si alguien te llega con monedas de curso legal, se las tienes que aceptar. Otra cosa, es que le hagas un ingreso en firme de la cantidad, pero las monedas de curso legal se las tienes que aceptar, ahora, que si no lo haces, el tío puede directamente, dirigirse al juzgado de guardia para denunciar la situación.

¿ Perdona ?


¿Cómo que te suena que no se puede hacer? El individuo en cuestión te está saldando una deuda con monedas de curso legal, así, que no te puedes negar al pago de la misma, dado está empleando unidades monetarias legalmente establecidas. Si te jode, pues te puedes poner en cruz, dado que él está liquidando una deuda con lo que el Estado de marras le ha facilitado.
Equium, creo que te equivocas. Hay un número limitado de monedas con las que pagar, por muy de curso legal que sea.
Equium escribió:
eTc_84 escribió:¿ Perdona ?


¿Cómo que te suena que no se puede hacer? El individuo en cuestión te está saldando una deuda con monedas de curso legal, así, que no te puedes negar al pago de la misma, dado está empleando unidades monetarias legalmente establecidas. Si te jode, pues te puedes poner en cruz, dado que él está liquidando una deuda con lo que el Estado de marras le ha facilitado.

Yo te he enlazado una notícia relacionada con el tema, que explica bastante bien la ley europea y esas cosas, si no te gusta, es tu problema.
Equium escribió:
eTc_84 escribió:En España me suena que no se puede hacer eso, si no que está limitado a un máximo de 50 monedas un pago, si no no tienen porqué aceptártelo.

Por lo que veo es a nivel europeo:
http://www.20minutos.es/noticia/116336/ ... /protesta/


Siempre sale alguien que sin tener ni puta idea, habla. Si alguien te llega con monedas de curso legal, se las tienes que aceptar. Otra cosa, es que le hagas un ingreso en firme de la cantidad, pero las monedas de curso legal se las tienes que aceptar, ahora, que si no lo haces, el tío puede directamente, dirigirse al juzgado de guardia para denunciar la situación.

Tampoco hace falta alterarse.
OnLain está baneado por "Troll"
Bueno, pues ya sabeis, ahora a pagar todos todo con monedas de un centimo [carcajad]

Lo cachondo seria ver la cara de la chica que le atendio en el banco cuando le pidio X dinero en monedas de uno [qmparto]
Equium escribió:
eTc_84 escribió:En España me suena que no se puede hacer eso, si no que está limitado a un máximo de 50 monedas un pago, si no no tienen porqué aceptártelo.

Por lo que veo es a nivel europeo:
http://www.20minutos.es/noticia/116336/ ... /protesta/


Siempre sale alguien que sin tener ni puta idea, habla. Si alguien te llega con monedas de curso legal, se las tienes que aceptar. Otra cosa, es que le hagas un ingreso en firme de la cantidad, pero las monedas de curso legal se las tienes que aceptar, ahora, que si no lo haces, el tío puede directamente, dirigirse al juzgado de guardia para denunciar la situación.



y siempre sale alguien que necesita tomar all-bran
Equium escribió:
eTc_84 escribió:En España me suena que no se puede hacer eso, si no que está limitado a un máximo de 50 monedas un pago, si no no tienen porqué aceptártelo.

Por lo que veo es a nivel europeo:
http://www.20minutos.es/noticia/116336/ ... /protesta/


Siempre sale alguien que sin tener ni puta idea, habla. Si alguien te llega con monedas de curso legal, se las tienes que aceptar. Otra cosa, es que le hagas un ingreso en firme de la cantidad, pero las monedas de curso legal se las tienes que aceptar, ahora, que si no lo haces, el tío puede directamente, dirigirse al juzgado de guardia para denunciar la situación.

Banco de España escribió:# ¿Existe un límite máximo de monedas que se pueden aceptar en un pago?

Sí, la normativa comunitaria y la Orden Ministerial de acuñación de las monedas euro españolas establecen en cincuenta unidades el límite máximo de monedas que un particular está obligado a aceptar en un pago individual. Este tope de cincuenta monedas por pago no afecta a las cajas públicas, que están obligadas a aceptar monedas sin limitación.

Imagen
Obviando que la respuesta de Equiuum es para hacer amigos
Banco de España escribió:# ¿Existe un límite máximo de monedas que se pueden aceptar en un pago? Ocultar lista

Sí, la normativa comunitaria y la Orden Ministerial de acuñación de las monedas euro españolas establecen en cincuenta unidades el límite máximo de monedas que un particular está obligado a aceptar en un pago individual. Este tope de cincuenta monedas por pago no afecta a las cajas públicas, que están obligadas a aceptar monedas sin limitación.

No me acaba de quedar claro. Ahí habla de un particular y que no afecta a las cajas públicas.
Luego en el caso del Ayuntamiento, te lo deberían aceptar ¿no?

Pero en el caso de la empresa eléctrica sigo sin verlo muy claro.
jorcoval escribió:Obviando que la respuesta de Equiuum es para hacer amigos
Banco de España escribió:# ¿Existe un límite máximo de monedas que se pueden aceptar en un pago? Ocultar lista

Sí, la normativa comunitaria y la Orden Ministerial de acuñación de las monedas euro españolas establecen en cincuenta unidades el límite máximo de monedas que un particular está obligado a aceptar en un pago individual. Este tope de cincuenta monedas por pago no afecta a las cajas públicas, que están obligadas a aceptar monedas sin limitación.

No me acaba de quedar claro. Ahí habla de un particular y que no afecta a las cajas públicas.
Luego en el caso del Ayuntamiento, te lo deberían aceptar ¿no?

Pero en el caso de la empresa eléctrica sigo sin verlo muy claro.


hombre... creo yo que una EMPRESA electrica no sera un particular no???

PD: VAYA MOTIVADO el tio de mas arriba... (Quien por cierto, no tenia razon del todo..)
xavierll escribió:hombre... creo yo que una EMPRESA electrica no sera un particular no???

PD: VAYA MOTIVADO el tio de mas arriba... (Quien por cierto, no tenia razon del todo..)


Pues es lo que he pensado en un primer momento, pero después he pensado que en ese caso no tiene lógica como está redactada dicha ley. La ley dice que un particular (entendiendo como particular persona que no esté dando servicio en una empresa) no está obligado a coger más de 50 monedas. Pero coño, es que a los particulares no nos pueden obligar a coger nada que no queramos.
Ejemplo:
Mi vecino es un particular.
Si yo le debo 200 euros a mi vecino y me presento con 2 billetes de 100, no está obligado tampoco a cogerlos.¿Quién lo iba a obligar?


Si que vería claro que está redactado para que toda empresa esté obligada a aceptar más de 50 monedas, pero entonces no vería claro para qué demonios meten a los particulares ahí enmedio.
jorcoval escribió:Obviando que la respuesta de Equiuum es para hacer amigos
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Sí, la normativa comunitaria y la Orden Ministerial de acuñación de las monedas euro españolas establecen en cincuenta unidades el límite máximo de monedas que un particular está obligado a aceptar en un pago individual. Este tope de cincuenta monedas por pago no afecta a las cajas públicas, que están obligadas a aceptar monedas sin limitación.

No me acaba de quedar claro. Ahí habla de un particular y que no afecta a las cajas públicas.
Luego en el caso del Ayuntamiento, te lo deberían aceptar ¿no?

Pero en el caso de la empresa eléctrica sigo sin verlo muy claro.


Coge mejor este párrafo que queda más claro (y si te lees la noticia es el ayuntamiento el que le denegó la posibilidad de pagar con más de 11000 monedas):
excepto la autoridad emisora y las personas expresamente por la legislación nacional del Estado miembro emisor, ninguna parte estará obligada a recibir mas de 50 monedas en cada pago
Yo supongo que como particular contará a toda empresa que no sea del estado. Por tanto la eléctrica debe ser un particular no?
Trollazo está baneado por "Troll"
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Sí, la normativa comunitaria y la Orden Ministerial de acuñación de las monedas euro españolas establecen en cincuenta unidades el límite máximo de monedas que un particular está obligado a aceptar en un pago individual. Este tope de cincuenta monedas por pago no afecta a las cajas públicas, que están obligadas a aceptar monedas sin limitación.


Esque a mi me da que se refiere al cliente, no te pueden dar las vueltas en mas 50 monedas, pero pagando... mientras sea de curso legal ajo y agua, la unica pega que te pueden poner es que no tengan cambio fisico si vas con un billete de 500.
OnLain escribió:Bueno, pues ya sabeis, ahora a pagar todos todo con monedas de un centimo [carcajad]

Lo cachondo seria ver la cara de la chica que le atendio en el banco cuando le pidio X dinero en monedas de uno [qmparto]


A mí en mi caja habitual me dieron $2000 dolares en billetes de 5 y de 10. cawento cawento Total, que a cada tienda, museo, etc. tenía que contarles la movida, que les daba la risa. Parecía que hubiese atracado un banco, aparte del abultamiento de cartera, y el riesgo que conlleva respecto a los carteristas.

Pagar más de $400 dólares en billetes de 5 no tiene precio.
Tofux escribió:
Equium escribió:
eTc_84 escribió:En España me suena que no se puede hacer eso, si no que está limitado a un máximo de 50 monedas un pago, si no no tienen porqué aceptártelo.

Por lo que veo es a nivel europeo:
http://www.20minutos.es/noticia/116336/ ... /protesta/


Siempre sale alguien que sin tener ni puta idea, habla. Si alguien te llega con monedas de curso legal, se las tienes que aceptar. Otra cosa, es que le hagas un ingreso en firme de la cantidad, pero las monedas de curso legal se las tienes que aceptar, ahora, que si no lo haces, el tío puede directamente, dirigirse al juzgado de guardia para denunciar la situación.

Banco de España escribió:# ¿Existe un límite máximo de monedas que se pueden aceptar en un pago?

Sí, la normativa comunitaria y la Orden Ministerial de acuñación de las monedas euro españolas establecen en cincuenta unidades el límite máximo de monedas que un particular está obligado a aceptar en un pago individual. Este tope de cincuenta monedas por pago no afecta a las cajas públicas, que están obligadas a aceptar monedas sin limitación.

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[qmparto] [qmparto] [qmparto]
Pablis escribió:
OnLain escribió:Bueno, pues ya sabeis, ahora a pagar todos todo con monedas de un centimo [carcajad]

Lo cachondo seria ver la cara de la chica que le atendio en el banco cuando le pidio X dinero en monedas de uno [qmparto]


A mí en mi caja habitual me dieron $2000 dolares en billetes de 5 y de 10. cawento cawento Total, que a cada tienda, museo, etc. tenía que contarles la movida, que les daba la risa. Parecía que hubiese atracado un banco, aparte del abultamiento de cartera, y el riesgo que conlleva respecto a los carteristas.

Pagar más de $400 dólares en billetes de 5 no tiene precio.

No se qe es lo qe no tiene precio, si pagar en billetitos de 5, o la cara que se te qedo a ti al ver tanto papelote junto [qmparto]
Equium escribió:
eTc_84 escribió:En España me suena que no se puede hacer eso, si no que está limitado a un máximo de 50 monedas un pago, si no no tienen porqué aceptártelo.

Por lo que veo es a nivel europeo:
http://www.20minutos.es/noticia/116336/ ... /protesta/


Siempre sale alguien que sin tener ni puta idea, habla. Si alguien te llega con monedas de curso legal, se las tienes que aceptar. Otra cosa, es que le hagas un ingreso en firme de la cantidad, pero las monedas de curso legal se las tienes que aceptar, ahora, que si no lo haces, el tío puede directamente, dirigirse al juzgado de guardia para denunciar la situación.


+1 , hay gente que habla sin tener ni idea y encima se pone echa una furia por motivos desconocidos. Yo soy tú y le habría metido una paliza.

Sobre el tema, lo del máximo de las 50 monedas... ¿se aplica también a los regalos de boda? [poraki] [poraki]
lo wapo seria que te tocara la loteria y liquidaras la hipoteca de 240.000€ con centimos XD........aunq costaria mas reunirlos que su puta madre jajaja
Cuando yo era pequeño mi padre y yo fuimos a comprar una consola, copia de la NES (se llamaba NASA) que me costo 9000 Ptas. Pagamos solamente con monedas de 1 duro que fuimos ahorrando de lo que "sobraba" en las recaudaciones de los recreativos [poraki] Obviamente eran algunas mas de 50 monedas xD
Tofux escribió:
Equium escribió:
eTc_84 escribió:En España me suena que no se puede hacer eso, si no que está limitado a un máximo de 50 monedas un pago, si no no tienen porqué aceptártelo.

Por lo que veo es a nivel europeo:
http://www.20minutos.es/noticia/116336/ ... /protesta/


Siempre sale alguien que sin tener ni puta idea, habla. Si alguien te llega con monedas de curso legal, se las tienes que aceptar. Otra cosa, es que le hagas un ingreso en firme de la cantidad, pero las monedas de curso legal se las tienes que aceptar, ahora, que si no lo haces, el tío puede directamente, dirigirse al juzgado de guardia para denunciar la situación.

Banco de España escribió:# ¿Existe un límite máximo de monedas que se pueden aceptar en un pago?

Sí, la normativa comunitaria y la Orden Ministerial de acuñación de las monedas euro españolas establecen en cincuenta unidades el límite máximo de monedas que un particular está obligado a aceptar en un pago individual. Este tope de cincuenta monedas por pago no afecta a las cajas públicas, que están obligadas a aceptar monedas sin limitación.

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No le está pagando a un particular, está pagando a una entidad. Es más, si tu tienes que realizar una compra por importe de 500 euros, y llevas un billete de esa denominación, por mucho cartelito de "No aceptamos billetes de 500€" te lo tienen que aceptar, dado que importe de la compra y moneda de curso legal, coinciden. Una cosa es lo que uno quiere, lo que uno desearía, y otra, la legislación vigente.
Equium escribió:No le está pagando a un particular, está pagando a una entidad. Es más, si tu tienes que realizar una compra por importe de 500 euros, y llevas un billete de esa denominación, por mucho cartelito de "No aceptamos billetes de 500€" te lo tienen que aceptar, dado que importe de la compra y moneda de curso legal, coinciden. Una cosa es lo que uno quiere, lo que uno desearía, y otra, la legislación vigente.


¿te has leído el primer link que te han pasado? Según eso, no tienes razón. En el link pone que según la normativa europea no se puede pagar A NADIE con más de 50 monedas:

normativa 974/948 europea de 3 mayo de 1998 (Según la noticia) escribió:excepto la autoridad emisora y las personas expresamente por la legislación nacional del Estado miembro emisor, ninguna parte estará obligada a recibir mas de 50 monedas en cada pago


Además, la noticia es que el Ayuntamiento de Avila es el que, ateniéndose a dicha ley, rechaza ese pago. Por lo tanto, no es un particular
Darkoo escribió:
Equium escribió:No le está pagando a un particular, está pagando a una entidad. Es más, si tu tienes que realizar una compra por importe de 500 euros, y llevas un billete de esa denominación, por mucho cartelito de "No aceptamos billetes de 500€" te lo tienen que aceptar, dado que importe de la compra y moneda de curso legal, coinciden. Una cosa es lo que uno quiere, lo que uno desearía, y otra, la legislación vigente.


¿te has leído el primer link que te han pasado? Según eso, no tienes razón. En el link pone que según la normativa europea no se puede pagar A NADIE con más de 50 monedas:

normativa 974/948 europea de 3 mayo de 1998 (Según la noticia) escribió:excepto la autoridad emisora y las personas expresamente por la legislación nacional del Estado miembro emisor, ninguna parte estará obligada a recibir mas de 50 monedas en cada pago


Mira, esto está comenzando ya a ser doloso.

"¿Existe un límite máximo de monedas que se pueden aceptar en un pago?

Sí, la normativa comunitaria y la Orden Ministerial de acuñación de las monedas euro españolas establecen en cincuenta unidades el límite máximo de monedas que un particular está obligado a aceptar en un pago individual. Este tope de cincuenta monedas por pago no afecta a las cajas públicas, que están obligadas a aceptar monedas sin limitación."

Fuente: Banco de España http://www.bde.es/faqs/billetes.htm#enlace8

Así que eso de ninguna parte creo que es insostenible...
Equium escribió:
Darkoo escribió:
Equium escribió:No le está pagando a un particular, está pagando a una entidad. Es más, si tu tienes que realizar una compra por importe de 500 euros, y llevas un billete de esa denominación, por mucho cartelito de "No aceptamos billetes de 500€" te lo tienen que aceptar, dado que importe de la compra y moneda de curso legal, coinciden. Una cosa es lo que uno quiere, lo que uno desearía, y otra, la legislación vigente.


¿te has leído el primer link que te han pasado? Según eso, no tienes razón. En el link pone que según la normativa europea no se puede pagar A NADIE con más de 50 monedas:

normativa 974/948 europea de 3 mayo de 1998 (Según la noticia) escribió:excepto la autoridad emisora y las personas expresamente por la legislación nacional del Estado miembro emisor, ninguna parte estará obligada a recibir mas de 50 monedas en cada pago


Mira, esto está comenzando ya a ser doloso.

"¿Existe un límite máximo de monedas que se pueden aceptar en un pago?

Sí, la normativa comunitaria y la Orden Ministerial de acuñación de las monedas euro españolas establecen en cincuenta unidades el límite máximo de monedas que un particular está obligado a aceptar en un pago individual. Este tope de cincuenta monedas por pago no afecta a las cajas públicas, que están obligadas a aceptar monedas sin limitación."

Fuente: Banco de España http://www.bde.es/faqs/billetes.htm#enlace8

Así que eso de ninguna parte creo que es insostenible...


En lugar de rollos, hay que irse a la fuente, artículo 11 del Reglamento 974/98 del Consejo.
Artículo 11
A partir del 1 de enero de 2002 los Estados miembros participantes acuñarán monedas denominadas en euro o en cent que se ajusten a las denominaciones y especificaciones técnicas que el Consejo podrá establecer de conformidad con lo dispuesto en la segunda frase del apartado 2 del artículo 105 A del Tratado. Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 15, estas serán las únicas monedas de curso legal en todos estos Estados miembros. Excepto la autoridad emisora y las personas expresamente designadas por la legislación nacional del Estado miembro emisor, ninguna parte estará obligada a aceptar más de cincuenta monedas en cada pago.

Pues resulta que lo que sale de aquí es que una empresa no tiene porqué hacerlo. Y el Banco de España está hablando de cajas públicas en esa aclaración: una caja pública no es una empresa, pues una empresa es un particular. No hay que confundir particular con consumidor: el segundo sí es opuesto a profesional o empresario, pero el primero lo es frente a la Administración, con lo que se engloba cualquier persona física o jurídica que no tenga carávcter de público.

Y ahora veamos el concepto de cajas públicas. Si seguimos buscando en el Banco de España, encontramos este enlace
http://www.bde.es/clientebanca/faqs/pro ... tm#enlace9
¿Hay limitaciones para el pago o el cobro en efectivo en una entidad bancaria? Ocultar respuesta En los pagos, sólo existe una limitación general: la entidad no tiene por qué admitir más de 50 monedas. No hay límite para el número de billetes. Además, si una entidad sustituye a una caja pública (por ejemplo, al cobrar recibos del ayuntamiento o tributos de Hacienda) tampoco hay límite para el número de monedas.

Por tanto, salvo el Banco de España, ningún banco o caja tiene que porqué admitir más de 50 monedas o billetes en un pago salvo que esté sustituyendo a una caja pública, que muy bien ejemplifica: en el pago de una tasa o un impuesto. Luego deja claro, de forma indirecta, que cajas públicas son las de órganos, organismos o entes públicos. Que, por cierto, ese ayuntamiento sí debería haberle cogido el dinero al rompehuevos que fue con el dinero en moneditas.

Hace mucho que no escribo en EOL, aunque a veces sigo echando un vistacillo por aquí. Pero no he podido evitarlo porque me ha parecido alucinante que alguien haya entrado aquí acusando a todo el mundo de no tener ni puta idea sin tenerla él. Y luego sigue erre que erre, todo necio, sin contrastar lo que dice, basándose en su interpretación y en sus reales huevos. Y todavía dice que lo demás es doloso...
Lo que yo no entiendo es como gente viene contestando de malas formas, y encima sin tener claro el tema va y empieza a atacar a otros diciendo que hablan sin tener ni idea ¬_¬.
Como ya han dicho más arriba, una empresa es un particular, así que por mucha moneda de curso legal que sea ya han dejado claro que la normativa permite rechazar un pago con más de 50 monedas a un particular. Así que lo primero habría que intentar ser algo más gentil en las contestaciones, y si se contesta de malas formas al menos hablar con el cien por cien de conocimiento de causa.
Equium escribió:
eTc_84 escribió:En España me suena que no se puede hacer eso, si no que está limitado a un máximo de 50 monedas un pago, si no no tienen porqué aceptártelo.

Por lo que veo es a nivel europeo:
http://www.20minutos.es/noticia/116336/ ... /protesta/


Siempre sale alguien que sin tener ni puta idea, habla. Si alguien te llega con monedas de curso legal, se las tienes que aceptar. Otra cosa, es que le hagas un ingreso en firme de la cantidad, pero las monedas de curso legal se las tienes que aceptar, ahora, que si no lo haces, el tío puede directamente, dirigirse al juzgado de guardia para denunciar la situación.


Eso mismo pienso yo. Yo trabajo en un banco y muchas veces me han pagado con más de cincuenta monedas de todo tipo. Lo que sería recomendable es que las trajeran en los blisters de monedas para facilitar el contaje.
Equium escribió:
Darkoo escribió:
Equium escribió:No le está pagando a un particular, está pagando a una entidad. Es más, si tu tienes que realizar una compra por importe de 500 euros, y llevas un billete de esa denominación, por mucho cartelito de "No aceptamos billetes de 500€" te lo tienen que aceptar, dado que importe de la compra y moneda de curso legal, coinciden. Una cosa es lo que uno quiere, lo que uno desearía, y otra, la legislación vigente.


¿te has leído el primer link que te han pasado? Según eso, no tienes razón. En el link pone que según la normativa europea no se puede pagar A NADIE con más de 50 monedas:

normativa 974/948 europea de 3 mayo de 1998 (Según la noticia) escribió:excepto la autoridad emisora y las personas expresamente por la legislación nacional del Estado miembro emisor, ninguna parte estará obligada a recibir mas de 50 monedas en cada pago


Mira, esto está comenzando ya a ser doloso.

"¿Existe un límite máximo de monedas que se pueden aceptar en un pago?

Sí, la normativa comunitaria y la Orden Ministerial de acuñación de las monedas euro españolas establecen en cincuenta unidades el límite máximo de monedas que un particular está obligado a aceptar en un pago individual. Este tope de cincuenta monedas por pago no afecta a las cajas públicas, que están obligadas a aceptar monedas sin limitación."

Fuente: Banco de España http://www.bde.es/faqs/billetes.htm#enlace8

Así que eso de ninguna parte creo que es insostenible...

no se porque remarcas lo de las cajas publicas, porque aqui se esta hablando de una compañia electrica.
Segun lo que pone esa ley, el legislador lo que quiere decir es que ningun particular (empresa, persona privada o cualquier tipo de persona fisica o juridica) tiene porque aceptar mas de 50 monedas de curso legal como forma de pago. Solo las entidades publicas, o aquellos intermediarios financieros actuando como intermediario de operaciones publicas tienen que aceptar cualquier cantidad. En este caso estamos hablando de una empresa privada y un usuario particular, por lo que si no quieren no tienen porque aceptar ese metodo de pago. Es como si por ejemplo un local no admite cheques como forma de pago, aunque sean legales.
pechelin está baneado por "Clon para saltarse un baneo"
Con la mano en el corazón, ES LA PRIMERA VEZ EN MI VIDA QUE ESCUCHO LO DE LAS 50 MONEDAS.

Nunca he sido muy amigo de esas formas de protestar porque si adelantases algo... tira, ¿pero salir en un medio de comunicación?, si ya... la gente tiene la mentalidad de que si sale en la TV van a cambiar las cosas y eso solo pasa con Dejuana Chaos. Sí sí, muy injusto pero como no pagues, vete a luez y verás si no te manda que pagues.
Equium escribió:Así que eso de ninguna parte creo que es insostenible...



Date por contestado por Amílcar.

P.D.: Amílcar, por cierto, me alegro de verte por aquí.
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