si trabajaste 9 o 12 dias ese contrato esta mal hecho
el periodo de prueba aplicable es, por orden:
- el que especifique el contrato. si no lo hay...
- el que especifique el convenio conectivo de la empresa para la que trabajas (cliente)
- el que especifique el convenio colectivo de la ETT
- el que especifique el convenio colectivo del sector de la empresa y provincia donde se celebró el contrato
- el que especifique el estatuto de los trabajadores (segun duracion de contrato, modalidad, etc).
en principio raro es que en cualquier caso haya un periodo de prueba de menos de 15 dias. durante el periodo de prueba ninguna de las partes debe preavisar nada.
mira si coincide la fecha de inicio de la actividad, o fecha de celebracion del contrato, con la que realmente empezaste y con la que le consta a la SS (te habran enviado un SMS al movil. y sino, puedes pedirles la vida laboral). y lo mismo con la fecha de conclusion.