Voy a intentar aclarártelo.
Si el nacimiento se ha producido en el 2021: 16 semanas para el padre, de las cuales las 6 primeras son obligatorias y a jornada completa, desde el mismo momento del nacimiento; las otras 10, son voluntarias, a utilizar siempre y cuando el bebé no haya cumplido los doce meses.
Las semanas voluntarias, pueden fraccionarse en períodos múltiplos de siete días, pudiendo disfrutarse a jornada completa o parcial, previo acuerdo con la empresa. Cada fracción 'descolgada', genera la obligación de un nuevo certificado de empresa y una nueva solicitud para la prestación.
Las semanas obligatorias, serán coincidentes entre ambas empresas, puesto que son irrenunciables. Las semanas voluntarias no tengo tan claro que puedan ser independientes entre las empresas. El precio del día de prestación, viene determinado por la base de cotización de contingencias comunes anterior al hecho causante (si es jornada completa, la del mes anterior; si es a jornada parcial, la media de los tres meses anteriores). La prestación en sí, NO llevará retención de IRPF y sí de Seguridad Social.
Saludos.