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seiyaburgos escribió:Pues partiendo de la base que las dos primeras son mentira pues uno se puede dar cuenta de la fiabilidad y de las intenciones del artículo.
seiyaburgos escribió:Pues partiendo de la base que las dos primeras son mentira pues uno se puede dar cuenta de la fiabilidad y de las intenciones del artículo.
jorcoval escribió:Las dos ultimas me parece perfecto (pero qué es "terrorismo"?)
Las dos primeras seiyaburgos dice que son falsas (y lo de no publicar imágenes de policías que puedan menoscabar su seguridad o de familiares me parece bien... pero qué es " menoscabar su seguridad"?
Hicks-81 escribió:seiyaburgos escribió:Pues partiendo de la base que las dos primeras son mentira pues uno se puede dar cuenta de la fiabilidad y de las intenciones del artículo.
Podrias explicarlas. A mi me parecen, tal y como esta redactado, muy ambiguas. La primera me parece atentar contra la libertad de expresión, la segúnda, la comprendo... pero todos sabemos que huele a cubrirse las espaldas por abusos de autoridad puntuales más que a protegerlos de energumenos radicales (que siendo policia comprendo que no es de buen gusto que ciertas personas te tengan identificado y sepan donde vives).
Por lo demás, estoy de acuerdo en los temas de terrorismo, hackeo, pornografia (aunque en el asunto de los ex- quizas carcel me parezca muy exagerado... aunque seguramente aunque lo contemple nunca se llegue a aplicar esa pena) y que conste que los ex- despechados que van repartiendo fotos de su anterior pareja me parecen unos cretinos de la peor calaña.
seiyaburgos escribió:Luego el segundo punto omite (no se si intencionadamente o no), que las sanciones podrán ser en el caso que se haga el llamamiento a manifestaciones cuando estas sean coactivas o deriben en disturbios o alteraciones de la seguridad ciudadana. Pero hay que vender que no te van a dejar manifestarte cuando eso es mentira, el que quiera hacerlo puede y va a poder hacerlo sin problemas. Otra cosa es que alguno a estas alturas no tenga claro lo que es una manifestación.
dani_el escribió:Por ley mordaza se entiende tanto la ley que dices como las reformas que se han hecho del codigo penal. Y de hecho la de difusion o convocacion a manifestacion ilegal, hasta donde yo se, si que esta entre estas, por lo que podrias ir a la carcel por hacer esa cosa en internet.
El "deriven" me da un poco de miedo.
Veamos, entiendo que el "vamos a la manifestación X a liarla. Traed bates y molotovs" esté penado.
Pero con ese "deriven" me estás diciendo que si yo convoco una manifestación y alguien empieza a liarla y acaba en disturbios (que yo como convocante no he incitado) también se me puede caer el pelo?
seiyaburgos escribió:Hicks-81 escribió:seiyaburgos escribió:Pues partiendo de la base que las dos primeras son mentira pues uno se puede dar cuenta de la fiabilidad y de las intenciones del artículo.
Podrias explicarlas. A mi me parecen, tal y como esta redactado, muy ambiguas. La primera me parece atentar contra la libertad de expresión, la segúnda, la comprendo... pero todos sabemos que huele a cubrirse las espaldas por abusos de autoridad puntuales más que a protegerlos de energumenos radicales (que siendo policia comprendo que no es de buen gusto que ciertas personas te tengan identificado y sepan donde vives).
Por lo demás, estoy de acuerdo en los temas de terrorismo, hackeo, pornografia (aunque en el asunto de los ex- quizas carcel me parezca muy exagerado... aunque seguramente aunque lo contemple nunca se llegue a aplicar esa pena) y que conste que los ex- despechados que van repartiendo fotos de su anterior pareja me parecen unos cretinos de la peor calaña.
Hola.
Son mas errores de forma que otra cosa, para empezar, las dos primeras se refieren a la reforma de la Ley Orgánica 1/92 de protección de la Seguridad Ciudadana, la conocida popularmente como la Ley mordaza, la cual regula infracciones administrativas, no infracciones penales y una pena administrativa no puede imponer penas privativas de libertad, solo económicas.
Esto no tendría demasiada importancia si el artículo no se llamara "Podrías ir a la cárcel si haces estas seis cosas en Internet., pero dice bastante de las intenciones y la falta de rigor del artículo.
Luego el segundo punto omite (no se si intencionadamente o no), que las sanciones podrán ser en el caso que se haga el llamamiento a manifestaciones cuando estas sean coactivas o deriben en disturbios o alteraciones de la seguridad ciudadana. Pero hay que vender que no te van a dejar manifestarte cuando eso es mentira, el que quiera hacerlo puede y va a poder hacerlo sin problemas. Otra cosa es que alguno a estas alturas no tenga claro lo que es una manifestación.
Luego el quinto punto matizar que creo que lo de las venganzas ya estaba integrado en las infracciones contra el derecho al honor y la propia imagen, solo que se han agravado las penas con la reforma del código penal, lo cual no me parece mal.
La distribución o difusión pública, a través de cualquier medio, de mensajes o consignas que inciten a la comisión de alguno de los delitos de alteración del orden público
del artículo 557 bis del Código Penal, o que sirvan para reforzar la decisión de llevarlos a cabo, será castigado con una pena de multa de tres a doce meses o prisión de tres meses a
un año
seiyaburgos escribió:
Pues no lo se como se aplicará esto y como dices puede ser un poco peliagudo, si bien es cierto por ejemplo que en un concierto o evento sus organizadores son responsables de que la cosa se desarrolle sin incidentes y de poner las medidas de seguridad necesarias, un mero convocante no se puede responsabilizar si luego hay problemas.
jorcoval escribió:seiyaburgos escribió:
Pues no lo se como se aplicará esto y como dices puede ser un poco peliagudo, si bien es cierto por ejemplo que en un concierto o evento sus organizadores son responsables de que la cosa se desarrolle sin incidentes y de poner las medidas de seguridad necesarias, un mero convocante no se puede responsabilizar si luego hay problemas.
Sí, lo del concierto y el convocante así lo entendería también.
Gracias
dani_el escribió:jorcoval escribió:seiyaburgos escribió:
Pues no lo se como se aplicará esto y como dices puede ser un poco peliagudo, si bien es cierto por ejemplo que en un concierto o evento sus organizadores son responsables de que la cosa se desarrolle sin incidentes y de poner las medidas de seguridad necesarias, un mero convocante no se puede responsabilizar si luego hay problemas.
Sí, lo del concierto y el convocante así lo entendería también.
Gracias
El problema es que tal y como esta planteada ahora mismo si yo hago retweet de la convocatoria o simplemente escribo "Vamos al concierto!!", ya puedo ser un delincuente si este resulta que tiene disturbios.