¿Por ley cuando te tienen que decir tu horario laboral?

Pues en mi empresa tienen la fea costumbre de darte el horario de la semana siguiente cuando le dan la gana... Estamos a jueves y no se que días trabajo la semana que viene, pero es normal en mi empresa ya que la mayoría de las veces te lo ponen el sábado, domingo o incluso esa misma semana que te tienes que acercar el mismo lunes de esa semana para ver si trabajas ese mismo día...

El problema de esta vez que es la semana que viene no puedo ir a trabajar y no me han dado vacaciones pero tampoco han puesto el calendario de esa semana con lo cual no puedo mirar si puedo hacer cambios de turnos con los compañeros... ya que me veo que son capaces de poner el horario el sábado cuando yo mañana viernes por la noche me voy de viaje...

¿Por ley cual es el mínimo de días que te pueden decir tu horario? Es que dudo que sea tan corto como me pasa a mí, ya que casi nunca puedo planear cosas porque prácticamente hasta dos días antes de empezar la semana no me se el horario...

Si falto esa semana y nadie hace mis turnos me sancionaran, pero tampoco me han sabido decir como será la sanción por faltar con mala suerte 5 días... y tampoco me están dando la oportunidad de tener mi horario y el de mis compañeros para ver si puedo realizar cambios de turnos... ¿Algún consejo?
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Que cambies de curro, aunque la ley diga otra cosa, creo que ambos sabemos lo que haran contigo cuando les reclames que te den los horarios con mayor antelacion...
Buenas

Pues no me hagas demasiado caso, pero estoy casi seguro que han de dartelo con al menos 3 meses de antelación.
todo depende del convenio de esa empresa, pero vamos segun nos cuentas los negritos que recogian algodon estaban mejor tratados que tu, pirate de ese curro
Tio pregúntalo. Pero los horarios tienen que decirlo minimo con un MES DE ANTERIORIDAD. Sino menudo cachondeo.
Yo he trabajado en una gasolinera y estábamos en las mismas que tú. Había algún domingo que teníamos que llamar al encargado porque se les olvidaba poner el horario. Pero vamos, eso de que tiene que ser con un mes o meses de anterioridad... :S Lo veo muy exagerado. Yo creo que con que lo pongan una o dos semanitas antes ya vale.
Gracias por las respuestas.

He encontrado mi convenio y pone que me tienen que poner el horario como muy tarde el miércoles de la semana anterior... Lo que pasa es que no encuentro que derechos me da a mi si ellos no han cumplido con el convenio...

Entre hoy y mañana me leo el convenio y sobre las faltas leves y graves a ver que pasa, pero por ahora pone que no se puede faltar al trabajo sin justificación o sin previo aviso y yo avise hace 1 mes que esa semana no podía asistir al trabajo y pedí vacaciones, pero no me las dan porque esa semana es denominada según el convenio de "semana de mayor productividad" ya que son fiestas en mi ciudad... y no le dan vacaciones a nadie... pero vamos, yo avisar he avisado y me van a poner un horario que saben que no se va a hacer... vamos, que no les pillan por sorpresa...

Imagino que le puedo denunciar por no cumplir el convenio, pero no me apetece, ya que a pesar del problema este estoy a gusto con la empresa ya que gracias a que ellos tardan en poner el horario yo lo puedo modificar a mi gusto si un día me pilla mal trabajar o hacer lo de dos días en uno solo... y pocos trabajos me permiten esa flexibilidad en el trabajo... el problema lo he tenido por pillarme el problema del horario en las fiestas de mi ciudad, ya que los demás cambios y vacaciones no ha habido problema...

Pues nada, a ver que pasa mañana y como salgo de esta para que no me penalicen con faltas graves xD
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pues facil, dices que te has puesto malo y pides cita en tu ambulatorio, con el colapso que hay en la sanidad publica, te daran cita para la semana siguiente. A la semana siguiente vas, te hacen el parte y lo entregas en la empresa.

Todo legal.
Yo no tengo ni idea del tiempo de antelación. Es verdad que cuando yo hacía los horarios de la semana, casi siempre lo hacía el fin de semana, pero más que nada porque no pensaba en hacerlos antes. Desde el año pasado lo arreglé de otra manera, como los horarios son sólo de 6 trabajadores les dije que los hiciesen entre ellos y los pusiesen como les diera la gana sabiendo el horario que había que cubrir, pero que todos estuviesen de acuerdo con esos turnos.
Así me he quitado el problema de tener que estar casi en el fin de semana y que no supiesen sus turnos, y lo mas importante, no ver las malas caras de "a ese le has dado libre el domingo y a mi el martes".
Si te lees el convenio, al principio o al final debería venir un artículo donde ponga a quién hay que acudir en caso de conflictos.

Si no lo pone, no te quedaría otra que demandar para obligar a la empresa a cumplir el convenio.

En cuanto a no aparecer por el curro durante cinco días sin justificación, sin ver el convenio apuesto un brazo a que automáticamente significa despido disciplinario procedente por falta muy grave.

En cuanto a cogerte una baja falsa, ahí ya estamos hablando de fraude ante la Seguridad Social.
Butters escribió:Si te lees el convenio, al principio o al final debería venir un artículo donde ponga a quién hay que acudir en caso de conflictos.

Si no lo pone, no te quedaría otra que demandar para obligar a la empresa a cumplir el convenio.

En cuanto a no aparecer por el curro durante cinco días sin justificación, sin ver el convenio apuesto un brazo a que automáticamente significa despido disciplinario procedente por falta muy grave.

En cuanto a cogerte una baja falsa, ahí ya estamos hablando de fraude ante la Seguridad Social.


Si, me acabo de leer todas las faltas y 3 o más días de estar ausente en el trabajo es falta muy grabe con suspensión de empleo de 16 a 90 días o despido procedente... Pero las sanciones prescriben...

"Las faltas muy graves se harán cumplir como máximo a los seis meses de su imposición, siendo el plazo de tres meses para las graves. De no ser así prescribirá su cumplimiento.

En todo caso, las faltas prescribirán a los 10, 20 y 60 días según que su calificación sea de leve, grave ó muy grave respectivamente, desde que la empresa tuvo conocimiento de las mismas o a los 6 meses de haberse cometido."

Esos párrafos no los entiendo... Si yo cometo la falta muy grave mañana y la empresa se entera ese mismo día... ¿me prescribe la falta a los 60 días o a los 6 meses? Es decir, si la empresa se entera tiene 60 días para sancionarme y si no se entera tiene 6 meses para enterarse y sancionarme... ¿Es eso?

A ver si tengo suerte y tengo mañana el horario puesto y el de mis compañeros y hay suerte y puedo realizar algún cambio de turno para que la sanción sea leve o solo grave y evitar la muy grave xD
Ese párrafo es un poco absurdo, ya que limita el poder de acción de la empresa en función de si se ha enterado o no. ¿Y cómo demuestra un trabajador que la empresa se ha enterado?

Lo que dice es que tiene 10, 20 ó 60 días desde su conocimiento para sancionarte y, en todo caso, las faltas prescriben a los seis meses.

En el caso de no presentarte a trabajar, es de suponer que la empresa SÍ que se entera, por lo que tendría dos meses para aplicarte la sanción. Lo más normal sería que te entregasen un escrito donde diga que has incumplido X artículos del convenio, cometiendo falta muy grave, y que la sanción será XXX (Si es despido, pues te lo explicarían en la misma carta de despido).

En este caso, tendrías 20 días para reclamar ese despido.

Otra cosa que te puede pasar es que te den de baja voluntaria por abandono de puesto de trabajo, con lo que además de no cobrar indemnización, te quedarías sin derecho a pedir el paro. De todas formas, se les tiene que ocurrir sobre la marcha enviarte un burofax al tercer día de falta al trabajo para reclamar que te presentes para que les salga bien.
La empresa está obligada a cumplir lo pactado en el convenio, si no se cumple denuncia, la falta al trabajo sin justificar (enfermedad o similar, no vale un viaje) durante 3 días es causa de despido procedente.
Mir74 escribió:La empresa está obligada a cumplir lo pactado en el convenio, si no se cumple denuncia, la falta al trabajo sin justificar (enfermedad o similar, no vale un viaje) durante 3 días es causa de despido procedente.


Ya me han puesto el horario y trabajo 5 días...

Pues nada a esperar acontecimientos.
13 respuestas