Estos desgraciados, porque ya carecen de otro adjetivo almenos para mi, presentaron una enmienda conjunta ayer para modificar la ley de propiedad intelectual, para el que no lo supiera, hasta ahora (ley Sinde) era requerida una autorización judicial para cerrar la web en caso de que esta infringiera dichos derechos.
Pues bien, double hit combo en la ENMIENDA NÚM. 32 del BOE publicado en el día de ayer, 19 de septiembre del 2018, páginas 28 y 29, e aquí el poder hacer lo que les salga de los cojones:
" La ejecución de la medida de colaboración dirigida al prestador de servicios, con independencia de cuál sea su naturaleza,
no requerirá la autorización judicial prevista en el artículo 122 bis de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa."
BOE:
http://www.congreso.es/public_oficiales ... A-21-2.PDF@[erick] quizás esto os interese
tengo mis dudas respecto a esto, puesto que hace un tiempo vi como cerraban diferentes webs sin necesidad de una autorización judicial, pero vaya, con esto quieren asegurarse, se ve, sobre el papel que puedan hacer lo que les de la gana
cada vez esta mas claro que la justicia española sobra para ciertos temas, como por ejemplo estos
demasiadas cortinas de humo entre trabajos de final de carrera, cadaveres exhumados y rita la cantaora como decia mi madre, como para darse cuenta de algo asi supongo