Estáis mezclando conceptos.
Una cosa es un contrato en prácticas, para el cual es condición indispensable el tener el título correspondiente, y otra cosa es una beca para hacer prácticas en una empresa a cambio de un número de créditos.
El becario no tiene ningún tipo de relación laboral oficial con la empresa, es decir, ni cotiza en la Seguridad Social por él, ni tiene obligación de remunerarle el trabajo. La finalidad de estas becas es que el que acceda a ellas aprenda lo que es el trabajo relacionado con sus estudios. Es decir, tienen una función formativa más que laboral. Otra cosa es que luego en las empresas se aprovechen para que los becarios saquen el trabajo. Las que son un poco más decentes pagan por los servicios prestados, y las que no, pues ni las gracias.
El contrato en prácticas es una relación laboral en toda regla, al igual que lo puede ser un contrato temporal o indefinido. La diferencia está en que se exige que el trabajador tenga el título necesario para la categoría en la que es contratado, y el beneficio para la empresa está en que el primer año le pagará el 60% de lo que marque su convenio, y el 75% el segundo año. Pero para lo demás es todo igual, es decir, se cotiza a la SS y se tributa a Hacienda.