pregunta sobre constar en un contrato de alquiler...

Saludos! Pues el caso es que mi pareja y yo vamos a meternos en un pisito de alquiler y tenemos unas dudillas. En principio el contrato va a nombre de mi pareja y el tema es si conviene que yo aparezca en el contrato. Sobretodo la duda viene por el tema de si hay algún tipo de subvención. Yo por ahora no estoy con situación laboral estable y el paro se acabo hace tiempo. Si podéis darme algún consejillo.
la otra pregunta va en referencia al tiempo del contrato de alquiler, hemos leído que es por un periodo de un año... Actualmente no eran 3 años minimo por ley?

gracias!
El tiempo del contrato es lo que establezcáis, yo por ejemplo he estado de alquiler un par de años y se firmo primero un año y luego otro, no he oido nunca lo de tres años por ley.
En cuanto a temas de subvenciones creo que solo miran donde está empadronado la persona que la solicita, si está con alguien que ya cobra alguna ayuda, etc.
muchas gracias por tu respuesta, pues no se porque pensaba que antes los contratos se hacian de 5 años, y algo escuche recientemente que se harian de 3 años o algo asi, en fin indagare un poco sobre esto pero almenos veo que es normal lo de contrato por año, lo comentaremos con la inmobiliaria ya que un año nos parece poco tiempo y no nos gustaria que el arrendador pueda sacarnos en ese tiempo.
No es exactamente asi. Segun la ley de arrendamientos urbanos los contratos de alquiler tienen una vigencia de un año prorrogables hasta un minimo de 5 años, lo que viene a significar que, si el arrendatario quiere, mientras pague, el alquiler durará como minimo 5 años y el propietario no podrá hacer nada; salvo que necesite la vivienda porque no tiene donde carse muerto.

En cuanto a lo que dices de titularidad, cuando yo me fui a vivir con mi novia lo pusimos solo a su nombre porque yo tambien estaba en paro, como tu, y por cuestiones prácticas fiscales era mejor asi ya que ella podria beneficiarse del 100% de la reduccion fiscal por alquiler (si hay dos titulares solo es el 50 y al no cotizar yo pues nos beneficiaba hacerlo asi).

Fuera de ese posible beneficio no le veo ventaja. Eso si, yo preguntaria a un experto si conoces a alguno, porque yo te hablo desde mi experiencia personal, que puede ser muy diferente a la tuya.

Saludos!!!!

Edito: ha cambiado, efectivamente ahora no son cinco años, son tres:

DE LA DURACIÓN DEL CONTRATO
Artículo 9 Plazo mínimo
1. La duración del arrendamiento será libremente pactada por las partes. Si ésta fuera inferior a tres años, llegado el día del vencimiento del contrato, éste se prorrogará obligatoriamente por plazos anuales hasta que el arrendamiento alcance una duración mínima de tres años, salvo que el arrendatario manifieste al arrendador, con treinta días de antelación como mínimo a la fecha de terminación del contrato o de cualquiera de las prórrogas, su voluntad de no renovarlo.
El plazo comenzará a contarse desde la fecha del contrato o desde la puesta del inmueble a disposición del arrendatario si ésta fuere posterior. Corresponderá al arrendatario la prueba de la fecha de la puesta a disposición.
2. Se entenderán celebrados por un año los arrendamientos para los que no se haya estipulado plazo de duración o éste sea indeterminado, sin perjuicio del derecho de prórroga anual para el arrendatario, en los términos resultantes del apartado anterior
muchisimas gracias por la info! genial!
Iba a decir lo que Al'Lan, si esta solo tu novia podra desgravarse el 100% del alquiler, de otra manera seria solo el 50%.

Un saludo.
Bueno por ahora tuvimos respuestas y no puedo figurar en contrato por no tener ingresos... asi que de una tacada ya sabemos el que. Mañana vamos a firmar y ya tenemos lavadora, frigorifico, barbacoa y piscina (para 3 adultos) XD en fin nos hace mucha ilusion. Yo por ahora vendiendo cositas que no utilizo voi sacando unos dineros y pillando algun trabajillo esporadico.

Confio en que vaya mejor este 2014.
Me alegro tío, enhorabuena por vuestro pequeño gran paso [oki]

Y sí, a ver si empieza a remontar esto porque tela... ya vamos camino de muchos añitos...
Normalmente por contrato te suelen comprometer a un 1 año prorrogable, pero yo desde luego no sabía nada de que hubiera una ley, porque yo he visto ofertas desde alquiler sin compromiso de un mes para otro, hasta otros de 6 meses de permanencia, 1 años, 2...

Y sobre lo de ponerte a ti en el contrato, únicamente es útil en el caso en el que os pidan unos ingresos mínimos y uno de los dos no llegue, pero no es vuestro caso.

Ni siquiera para el tema de la desgravación, ya que se desgrava quien paga el alquiler, no quien figura en el mismo.
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