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Kenji_Rage escribió:1) Lo que me han quitado de paro, ¿me lo vuelven a dar? ¿aunque lo cobre mas tarde, en Abril?
2) ¿Alguna penalización?
suskie escribió:
Te han sancionado por no renovar la demanda. Si es la primera vez lo que harán es que te descuentan el equivalente a 30 dias de prestación.
Ahora el dia 10 de marzo cobrarás el período del 1 al 13 de febrero (un poquito menos de la mitad de un mes normal), el cobro queda interrumpido del 14 de febrero al 13 de marzo, y el dia 10 de abril cobrarás del 14 de marzo al 30 de abril (un poco más de la mitad) El resto de meses ya cobrarás normalmente pero el importe de esos 30 dias no te lo van a devolver excepto que presentes unas alegaciones donde justifiques que no renovastes las demanda porque estabas de baja médica (presentando la baja del médico de cabecera) o bien por ingreso hospitalario (con el correspondiente certificado). El resto de alegaciones (no lo sabia, se me olvidó, me robaron la cartera con la demanda, se me quemó el piso, tengo depresión, el perro se comió la demanda, etc) se desestiman.
De todas maneras, has de presentar unas alegaciones para que te reactiven el desempleo cuando haya pasado un mes, ya que sinó deben esperar que pase el plazo de un mes para presentar las alegaciones antes de reanudarte la prestación de oficio, lo que conllevaria de que en abril no cobrarias nada.