Problema con liquidación en en ETT.

Buenas noches!
A ver si me podes echar una mano....pues no estoy muy puesto en el tema de legislación en los despidos en periodo de prueba.

Llevaba mes y medio trabajando en una consultora como operador de red, y perdieron el proyecto el 28 de octubre. En consecuencia, nos despidieron a todos los que estabamos en periodo de prueba, y aun a día 10 de noviembre no he recibido ni mi nomina del mes de octubre ni la liquidacion de la parte proporcional de las vacaciones no disfrutadas ni la parte proporcional de la paga extra de diciembre.

He reclamado ya 2 veces en persona en sus oficinas, pero dicen que aun no tienen lista la liquidacion. ¿Puedo emprender acciones legales contra ellos? ¿De cuanto es el plazo para pagarme dicha liquidación?

A ver si hay alguien mas puesto en el tema que yo, pues ando bastante pardo con el tema...

Muchisimas gracias
En principio, por Ett se cobra el 10 de cada mes salvo que caiga en finde y eso dependerá de cadauna, mayormente pagan despues el dia 10.
Por ley el ingreso de la nomina debe hacerse antes del dia 5 del mes siguiente.

El tema es que se trata de una liquidación por fin de contrato, por lo que queria saber los plazos legales.


Gracias de todas formas.
No hay un plazo legal estricto.

Para el pago de las nóminas mensuales y las pagas extras, en su caso, se estará a lo que indique cada convenio colectivo en particular. Unos dirán que en los primeros cinco días del mes, otros dirán que en los primeros siete días, y otros no dirán nada.

Si el convenio no dice nada, se estará al Estatuto de Trabajadores, que únicamente dice que el pago de las nóminas será documentado y puntual. A todo lo más, se puede entender que te han de pagar antes del siguiente devengo, es decir, dentro del mes siguiente al que corresponda la nómina en cuestión.

Para los finiquitos, en teoría, deberían tenerlos listos el mismo día en que se solucione el contrato, a no ser que sea materialmente imposible como, por ejemplo, si el trabajador se va de un día para otro.

De todas formas, lo que puedes hacer desde el día siguiente al del fin del contrato hasta pasados doce meses es irte a la oficina de la Unidad de Mediación, Arbitraje y Conciliación de tu provincia e interponer demanda de cantidades contra la empresa.

Si te están diciendo que aún no tienen la liquidación calculada, yo les daría un pequeño margen para hacerlo, siempre de buenas, y en el momento en que vea de verdad que no tienen mucha intención de darse prisa, entonces ya sí que iría a la UMAC.

Si les das mucha prisa, o si vas de malas maneras, puedes encontrarte con que digan que, ahora por impaciente, no te pagamos y esperamos a que reclames... vamos, la típica putada de ventanilla de poner tu reclamación otra vez debajo del montoncito de reclamaciones.
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