Problema despido contrato fin de obra estando de baja,ayuda!

Buenas, me acaba de llegar un burofax de despido por fin de obra,o más bien reducción de plantilla.
Os cuento el tema:
Estoy por contrata con contrato de fin de obra y servicio en una empresa desde hace 2 años y 4 meses.Se iba a cerrar la empresa pero gente iba a quedar hasta diciembre desmontando.

Yo desde hace mes y medio estoy de baja porque estuve 2 meses aguantando con dolores y rigidez en la espalda hasta calambres en las piernas y ya no podía más.Me dieron la baja tonto de mí por la seguridad social (tenía que haber ido a la mutua porque el daño lo más seguro venga de carga en el trabajo),teniendo de momento en este tiempo de análisis confirmado una hernia en la zona lumbar de la espalda y una posible espondilitis anquilosante, que lo tengo en estudio(enfermedad reumática).No puedo prácticamente doblar la espalda y con pinchazos.

Bueno pues me despiden hoy estando de baja por reducción de 3 personas de la contrata a 2,que cachondo esto porque yo era el único que se iba a quedar antes de la baja,porque los otros 2 son unos putos vagos y yo siempre me he comido todo el curro.

Bueno pues tengo varias preguntas a ver si me podeis ayudar:
-¿me pueden echar realmente estando de baja por fin de obra?creo que si
-¿finiquito de fin de contrato serian 8 dias por año que es lo que pone en contrato verdad?
-No me han preavisado ningun día,hoy burofax,hoy despedido¿me corresponde que me paguen 15 dias por el no preaviso?Creo que sí.
-¿dónde y que papeles tengo que llevar para cobrar el paro por la Seguridad Social al estar de baja?¿Se cobra lo mismo que estando por el paro?Ya que me lo van quitando del paro imagino será igual no?

Creo que no me dejo nada.Os agradezco toda ayuda posible.Saludos!
Igual te respondo una gilipollez, pero creo que si estas de baja cuando te han despedido, puedes seguir cobrando la baja de la SS y despues cuando te den el alta ya puedes tirar el paro. Me suena que es así pero no estoy seguro.

Sobre el resto ni idea.

Saludos
Si estuviera de baja por la mutua de la empresa através de ella se cobraría,pero al estar por la SS cobro a través de la SS pero "tirando" realmente de mi tiempo de paro,lo único que me paga la SS.
Eso ya lo miré,error mío por no ir a la mutua primero cuando esto puede venir del esfuerzo del trabajo pero bueno,luego me podrían haber derivado a la SS al ser por hernia o enfermedad...
No te pueden despedir estando de baja, denunciales, cojete un abogado que te cobrara el 10% de lo que saques y que el lo lleve todo, si llevas 2 años a 45dias al año echa cuentas de lo que te pagan, mas indenmizacion y pagos de tramites, amos que sacaras unos 13000€, yo saque 6500€ por estar un año.

Pero que te lo lleve un abogado por dios y que sea laboralista
HEAVEN escribió:Si estuviera de baja por la mutua de la empresa através de ella se cobraría,pero al estar por la SS cobro a través de la SS pero "tirando" realmente de mi tiempo de paro,lo único que me paga la SS.
Eso ya lo miré,error mío por no ir a la mutua primero cuando esto puede venir del esfuerzo del trabajo pero bueno,luego me podrían haber derivado a la SS al ser por hernia o enfermedad...


No estoy seguro pero creo que estas de baja, o sea empleado, hasta que te den el alta. En ese momento el despido sera efectivo.
No vas a perder tiempo del paro.

_Despido por reduccion de plantilla, aunque tengas contrato fin de obra, es despido improcedente, o sea 45 dias...
_Un despido improcedente puede ser inmediatamente efectivo. Lo que tambien pueden hacer es mandarte de vacaciones hasta la mitad de lo que te corresponde. Realmente estarias en el paro despues de ese tiempo.
_Los papeles, sobre todo para cobrar la prestacion, te la dan cuando firmas el finiquito... Si recurres el despido es como si siguieras en plantilla...
he llamado al seguro de casa que tiene asesoría judicial y me han dicho que sí pueden despedir estando de baja,pero que el despido parece objetivo por lo de reduccion de plantilla por cierre de empresa y no serian 8 dias por año como pone en contrato si no 20 días.
Vaya lío,a la información más fiable que he podido acceder ha sido esa,aunque hay gente como vosotros que dice no me pueden echar de baja... :-? :-?
Gracias por vuestra ayuda,sigo eschuchando :)
Si te pueden despedir estando de baja, lo que pasa es que no pueden despedirte por el hecho de estar de baja, sino por otra razon justificada.

Si tu contrato es un contrato de obra y servicio y dicha obra u servicio ha finalizado, el finiquito que te corresponde asciende a 8 dias de salario por año trabajado, y no hay necesidad de preaviso.

Si es por una causa diferente y se declara el despido improcedente, la empresa te tendra que readmitir de nuevo o bien pagarte los 45 dias de salario por año trabajado.

Ahora bien, si no me equivoco, te tienen que dar un preaviso de 15 dias antes del despido, que, si no te lo han dado, convierte el despido en nulo (aunke lo tiene que determinar el juez) que no es lo mismo que improcedente. El nulo no genera efectos, mientras que el improcedente si.

Y eso es todo lo que recuerdo de mis clases de derecho laboral en la facultad. Puede ke me equivoque pero creo estar en lo cierto.
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