¿Radar movil en poblado?

Hola, conocía esta página desde hacía tiempo y soy lector asiduo, pero nunca se me planteo una cuestión en la que necesitara tanto el consejo de la gente!

El caso es que supuestamente, en mi pueblo (entre 27 y 32 mil habitantes, muchos impuestos y mucha presencia policial, local como mosso d'escuadra), me hicieron una "foto" desde un radar movil (un laguna blanco) a las 12 y media de la noche.

El problema o problemón, es que creo que podia llegar a duplicar el límite, ya que este era 30 y yo iba a unos 60... si, triste pero cierto, era una calle con bastante visibilidad y con poco tráfico... también decir que soy novel desde hace un par o 3 de meses...


Puede ser? es decir, yo estoy convencido (casi que por el miedo) a que fue foto, pero tmbién pudo ser un reflejo en un capó de una luz del coche de atrás o no se... que puede pasarme?

Gracias y si, eso me pasa por ir rápido y bla bla bla, mas charla que la que me he metido yo a mi mismo no puedo recibir así que ahora me queda esperar..
Puede ser perfectamente, a la pregunta de que te puede pasar, pues miralo tu mismo.

Imagen
haber también hay en poblado. donde les de por ponerse.

No es exclusivo de autovias y carreteras.
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Por poder, puede haberlo perfectamente, los he visto alguna vez.

Ahora te queda esperar a ver si llega la multa [+risas]
No estoy seguro. Según tengo entendido en lo que serían calles no podrían ponerse.

El mayor problema es que hay carreteras que nosotros nos pensamos que son calles por estar en la ciudad, y ahí si se pueden poner con el radar sin problemas.

Ojo, hablo sin estar seguro al 100%.
Pueden ponerse en calles.
Si ningun problema.
daniel_5 escribió:Puede ser perfectamente, a la pregunta de que te puede pasar, pues miralo tu mismo.

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Pero esto ya no sirve ¿no?

Ahora el límite está 1km/h por encima de lo permitido. Creo que lo aprobaron no hace demasiado.
sanches escribió:Pero esto ya no sirve ¿no?

Ahora el límite está 1km/h por encima de lo permitido. Creo que lo aprobaron no hace demasiado.


Se ha explicado mil veces y seguis asi???? claro que sirve esto, el margen de error de las maquinas tienen que aplicarlo sino los recursos se ganarian a mil.
konac escribió:
sanches escribió:Pero esto ya no sirve ¿no?

Ahora el límite está 1km/h por encima de lo permitido. Creo que lo aprobaron no hace demasiado.


Se ha explicado mil veces y seguis asi???? claro que sirve esto, el margen de error de las maquinas tienen que aplicarlo sino los recursos se ganarian a mil.


Chico, yo digo lo que veo. En las noticias salió que habían aprobado que se multara a partir de 121km/h en autopista, ya que los radares que tenemos son super precisos y eficientes...

Por poner una fuente cualquiera de la que me salen al poner en google 121km/h...

Multas a partir de 121km/h

Aunque pone que es a partir de la próxima primavera.-..
Y además deberíais saber que en Cataluña y Pais Vasco son otros límites ;) inferiores a los que la DGT aplica :P
Uf... voy a investigar, a ver si descubro algo, si me podéis echar una mano un poco más os lo agradeceré doblemente!


Gracias!
os estais confundiendo, el baremo actual es el que ha puesto daniel_5

Pero yo os pongo el baremo que viene en el proyecto de ley de seguridad vial, que aun no esta en vigor. El proyecto de ley implica multas desde el km/h 1 que te pases, sin margen de ningun tipo. de echo los radares están calibrados en nuestro favor desde siempre (o desde hace muchos años). dan menos de a lo que realmente se va. Vamos que ya llevan el margen de error de fabrica, lo que ocurre es que antes te daban ademas los 10km/h de cortesia, que es lo que ahora van a quitar.

Imagen

este baremo es una captura del proyecto de ley.

que dice eso, multas en cuanto te pases 1km/h sin margen de error ni nada.

aqui el enlace al proyecto de ley, que ha sido aprobado por el congreso, pero aun no es ley

http://www.libertaddigital.com/fotos/no ... rafico.pdf

buscando los baremos he encontrado esta pagina donde analizan este proyecto que sera una realidad en breve:
http://www.motorpasion.com/seguridad/an ... ridad-vial
a mi lo que me jode es que en MAdrid tambien aplican los limites que les sale de los cojones cuando la DGT solo contempla a Cataluña y Pais Vascos( Comunidades Vascongadas XD) para ese tipo
jas1 escribió:os estais confundiendo, el baremo actual es el que ha puesto daniel_5



y en catalunya cambia algo?
Kickoff escribió:
jas1 escribió:os estais confundiendo, el baremo actual es el que ha puesto daniel_5



y en catalunya cambia algo?


en cataluña se aplica el baremo tal y como es en la legislacion de los puntos:
NOTA IMPORTANTE: En País Vasco (Ertzaintza) y Cataluña (Mossos) se aplica un baremo distinto (aplicación según normativa carnet por puntos).


Normativa según carnet por puntos:
- Exceso de velocidad entre 21 y 30 km/h: - 2 puntos
autopista, más de 141 km/h, carretera, más de 111 km/h y ciudad más de 71km/h.

- Exceso de velocidad entre 31 y 40 km/h: - 3 puntos
autopista, más de 151 km/h, carretera, más de 121 km/h y ciudad más de 81km/h

- Exceso de velocidad en más de 40 km/h: - 4 puntos (siempre que no suponga, además, un exceso de más del 50%)
autopista, más de 161 km/h, carretera, más de 131 km/h

- Exceso de velocidad en más del 50% límite autorizado: - 6 puntos (siempre que suponga, superar en al menos 30km/h dicho límite)
autopista 181 km/h, carretera 136 km/h y ciudad 81 km/h


Es decir cambia los requisitos para peder puntos.

http://www.infocoches.com/art/informe-t ... -9615.html
Entonces, suponiendo que iba entre 60 y 65, en una via de máximo 30 en poblado, que me tienen que quitar, 400 napos y 4 puntos o 140 € y 2 puntos?
a ver, dejaos de chorradas.

la DGT aplica unos baremos, los cuales son VALIDOS solo para España menos Cataluña y pais Vasco los cuales pueden establecer sus baremos, tanto de sancion como de radar, es decir, en Cataluña dicen que si vas a 81 te crujen da igual que el radar tenga un X% de error, ya que no se contempla, o pueden decir que los radares se equivocan en un 200%, y las multas igual, no se donde estara, pero mirate el baremo de tu ciudad o CA, aun asi, en los moviles sino te paran raro que te multen, ya que creo aunque no con seguridad, que te tienen que hacer constar la multa y la infraccion al instante, como saltarse un semaforo
Kickoff escribió:Entonces, suponiendo que iba entre 60 y 65, en una via de máximo 30 en poblado, que me tienen que quitar, 400 napos y 4 puntos o 140 € y 2 puntos?



pues si ibas a 65 en un tramo de 30 estas superando el doble del maximo permitido y ademas superas en mas de 30 por tanto te podrian aplicar hasta el ultimo el ultimo supuesto

- Exceso de velocidad en más del 50% límite autorizado: - 6 puntos (siempre que suponga, superar en al menos 30km/h dicho límite)
autopista 181 km/h, carretera 136 km/h y ciudad 81 km/h


De todas formas yo es que no he encontrado el baremo para Cataluña y puede ser que este equivocado, pero segun la fuente que he citado antes podria ser asi.

Mira a ver si lo encuentras, es que España para algunas cosas es la hostia, con lo facil que seria normas iguales en estos casos para todo el mundo.
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jas1 escribió:
Kickoff escribió:
jas1 escribió:os estais confundiendo, el baremo actual es el que ha puesto daniel_5



y en catalunya cambia algo?


en cataluña se aplica el baremo tal y como es en la legislacion de los puntos:
NOTA IMPORTANTE: En País Vasco (Ertzaintza) y Cataluña (Mossos) se aplica un baremo distinto (aplicación según normativa carnet por puntos).


Normativa según carnet por puntos:
- Exceso de velocidad entre 21 y 30 km/h: - 2 puntos
autopista, más de 141 km/h, carretera, más de 111 km/h y ciudad más de 71km/h.

- Exceso de velocidad entre 31 y 40 km/h: - 3 puntos
autopista, más de 151 km/h, carretera, más de 121 km/h y ciudad más de 81km/h

- Exceso de velocidad en más de 40 km/h: - 4 puntos (siempre que no suponga, además, un exceso de más del 50%)
autopista, más de 161 km/h, carretera, más de 131 km/h

- Exceso de velocidad en más del 50% límite autorizado: - 6 puntos (siempre que suponga, superar en al menos 30km/h dicho límite)
autopista 181 km/h, carretera 136 km/h y ciudad 81 km/h


Es decir cambia los requisitos para peder puntos.

http://www.infocoches.com/art/informe-t ... -9615.html




Yo no sabia esto de cataluña me regia por el del principio, esto quien lo ha puesto aqui, servei catala de transit?, los mossos? la generalitat?, pq no tenemos el de +151 en autopista yo iba siempre a 145-150 pensando que solo era multa, jeje
Thierry Henry escribió:


Yo no sabia esto de cataluña me regia por el del principio, esto quien lo ha puesto aqui, servei catala de transit?, los mossos? la generalitat?, pq no tenemos el de +151 en autopista yo iba siempre a 145-150 pensando que solo era multa, jeje


Pues sinceramnete no se, supongo que sera la generalitat, tampoco estoy seguro que sea veridico lo que he puesto.

La fuente de donde lo he sacado parece fiable, lo que no he encontrado es ningun texto legal que lo confirme, solo se que el baremo no se aplica ni en el Pais Vasco ni en Cataluña, bueno en realidad no es que no se aplique es que ellos pueden cambiar cosas, habra cosas en las que si coincidan.

Y segun la fuente que cito pues en Cataluña al parecer en esto de la retirada de puntos en vez de seguir el baremo siguen la ley a rajatabla.

NOTA IMPORTANTE: En País Vasco (Ertzaintza) y Cataluña (Mossos) se aplica un baremo distinto (aplicación según normativa carnet por puntos).


la normativa de los puntos se puede mirar en el punto 6 y 12 del anexo II de la ley del carnet por puntos, y coincide con lo que la pagina esta dice.

la ley de puntos podeis verla aqui:
http://www.lexureditorial.com/boe/0507/12458.htm

A falta de un texto legal que lo confirme, no sabría decir si es cierto o no. Aunque tiene pinta que si.

yo desconozco la legislacion autonomica y no se ni buscarla, ya que no tengo ni idea de donde buscar, ni como se llamaria el texto ni nada.
En País Vasco (Ertzaintza) y Cataluña (Mossos) se aplica un baremo distinto en el margen de error permitido.
DGT, un diez por ciento sobre la velocidad permitida; País Vasco, 5 km/h hasta 100 y 6 km/h a partir de 100 km/h; Cataluña, 4 km/h hasta 100 y un 4 por ciento a partir de 100 km/h.

ahi lo teneis

http://blog.autocaravanasdelsol.com/tabla-de-sanciones-y-multas-por-exceso-de-velocidad-dgt/
rhipone escribió:En País Vasco (Ertzaintza) y Cataluña (Mossos) se aplica un baremo distinto en el margen de error permitido.
DGT, un diez por ciento sobre la velocidad permitida; País Vasco, 5 km/h hasta 100 y 6 km/h a partir de 100 km/h; Cataluña, 4 km/h hasta 100 y un 4 por ciento a partir de 100 km/h.

ahi lo teneis

http://blog.autocaravanasdelsol.com/tabla-de-sanciones-y-multas-por-exceso-de-velocidad-dgt/


no, eso es aplicable a partir del 2010, es decir el baremo que viene en le proyecto de ley nuevo tampoco se aplica a Cataluña y Pais Vasco y ellos seguiran lo que pone en esa web:

*NOTA IMPORTANTE:
En País Vasco (Ertzaintza) y Cataluña (Mossos) se aplica un baremo distinto en el margen de error permitido.
DGT, un diez por ciento sobre la velocidad permitida; País Vasco, 5 km/h hasta 100 y 6 km/h a partir de 100 km/h; Cataluña, 4 km/h hasta 100 y un 4 por ciento a partir de 100 km/h.


pero si te fijas veras que el baremo actual esta mas abajo y de Cataluña y Pais Vasco dice esto:

NOTA IMPORTANTE: En País Vasco (Ertzaintza) y Cataluña (Mossos) se aplica un baremo distinto (aplicación según normativa carnet por puntos).


y eso significa esto:
Normativa según carnet por puntos:
- Exceso de velocidad entre 21 y 30 km/h: - 2 puntos
autopista, más de 141 km/h, carretera, más de 111 km/h y ciudad más de 71km/h.

- Exceso de velocidad entre 31 y 40 km/h: - 3 puntos
autopista, más de 151 km/h, carretera, más de 121 km/h y ciudad más de 81km/h

- Exceso de velocidad en más de 40 km/h: - 4 puntos (siempre que no suponga, además, un exceso de más del 50%)
autopista, más de 161 km/h, carretera, más de 131 km/h

- Exceso de velocidad en más del 50% límite autorizado: - 6 puntos (siempre que suponga, superar en al menos 30km/h dicho límite)
autopista 181 km/h, carretera 136 km/h y ciudad 81 km/h
Entonces a mi se me aplicaría alguna de estas dos "normas" no?

- Exceso de velocidad entre 21 y 30 km/h: - 2 puntos
autopista, más de 141 km/h, carretera, más de 111 km/h y ciudad más de 71km/h.

- Exceso de velocidad entre 31 y 40 km/h: - 3 puntos
autopista, más de 151 km/h, carretera, más de 121 km/h y ciudad más de 81km/h
Hago el último up antes de dejar morir el hilo a ver si alguien me puede corroborar lo que he dicho en el post anterior
Yo precisamente dónde nunca he visto un radar móvil es por ciudad :O

Que tengas suerte.

Un saludo
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