La polémica en torno al denominado derecho al olvido tiene un
nuevo episodio en el Reino Unido. Reguladores del país han exigido al buscador que también debe eliminar los enlaces a noticias sobre el tema en las que se nombra a personas concretas, una situación complicada donde se produce un
efecto Streisand de difícil solución.
Actualmente, las peticiones sobre el
derecho al olvido permiten a los residentes de la UE el borrado de sus datos en el buscador en el caso de que no sea información “relevante”. Es justamente aquí donde se produce el problema a la hora de decidir qué tiene interés público y dónde empieza y acaba el derecho al olvido.
Muchos enlaces son de artículos sobre el derecho al olvido, pero se da la circunstancia de que son noticias que hacen referencia a una persona en concreto que tuvo éxito con la petición de ser eliminada del buscador. Al pedir el borrado de esa nueva información se vuelven a crear nuevos artículos, en un efecto de bucle. Para Google estos resultados son de gran importancia e interés público y no los ha eliminado, mientras que para los reguladores socavan el derecho a ser olvidados ya que vuelven a incidir en la información de la persona.
Esta es la razón por la que el comisionado en el Reino Unido ha dado a Google 35 días para eliminar también los resultados de esta índole. Según los reguladores:
Entendemos que los enlaces que están siendo eliminados como consecuencia de los fallos judiciales son algo que los periódicos quieren contar y también entendemos que la gente debe ser capaz de encontrar estas historias a través de motores de búsqueda como Google. Sin embargo para ello no necesitan que la identidad del denunciante original sea revelada en la búsqueda.
Por tanto, de la respuesta de Google se dará un nuevo paso en cuanto a los límites del derecho al olvido, un fallo que ayudará a establecer hasta qué punto los motores de búsqueda deberán adherirse a las peticiones del público a la hora de eliminar los resultados.