No creo que haya ningún plazo legar para responder; de hecho, no creo ni que exista la obligación de hacerlo.
Por otro lado, siempre que se mande algo certificado a una empresa o una entidad pública, es recomendable añadir un acuse de recibo para que al menos sepas quién ha recibido esa carta.
Y, como comenta el compañero, si necesitas demostrar el contenido, lo ideal es el burofax.