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Drimcas escribió:VozdeLosMuertos escribió:Sin embago, esos vídeos privados y domésticos son susceptibles de convertirse en públicos cuando se cuelgan en Youtube, por ejemplo ¿no? No puede ir por ahí la cosa?
La cosa es que si yo quiero grabar un vídeo de mi ruta y dejarlo para mi, no debería hablar problema. Pero en cuanto se lo enseñe a alguien, si aparecen datos personales, ya se estaría vulnerando la LOPD. De todas formas, no entiendo por qué "multan" antes de saber para qué se van a usar los vídeos...
MaxVB escribió: artículo 2 de la propia Ley de Protección de Datos, que en su apartado 2 reza:
“2. El régimen de protección de los datos de carácter personal que se establece en la presente Ley Orgánica no será de aplicación:
a) A los ficheros mantenidos por personas físicas en el ejercicio de actividades exclusivamente personales o domésticas.”
Nazgul Zero escribió:MaxVB escribió: artículo 2 de la propia Ley de Protección de Datos, que en su apartado 2 reza:
“2. El régimen de protección de los datos de carácter personal que se establece en la presente Ley Orgánica no será de aplicación:
a) A los ficheros mantenidos por personas físicas en el ejercicio de actividades exclusivamente personales o domésticas.”
Eso está muy bien, pero como se ve en el vídeo del link del primer post si te paran y te ponen una multa, te la comes. Le vas a decir al Guardia Civil, no señor agente, es que usted no tiene ni idea de la LOPD y sus salvedades, revíselo usted. Te acabas comiendo nada, 1.500 eurazos de nada e igual hasta te quitan la GoPro o lo que sea. Qué maravilla de día como te toque.
Por eso no sé qué solución tiene esto. Supongo que habría que alzar la voz asociaciones de moteros para al menos hacerse oír y que se aclare el asunto para que la Guardia Civil deje de imponer multas por esto.
kokosone escribió:Robertounocero escribió:kokosone escribió:Ultimamente se la cogen mucho con papel de fumar para estas cosas.
Antes trabajaba en un supermercado, y en la zona de cajas habia un monitor donde se veian las camaras de seguridad, para que la cajera vigilase por ahí (como si no tuviera ya suficiente tarea). Pues al final hubo que quitar los monitores por la lay de protección de datos, no sea que algun cliente pudiese ver por el monitor a otra persona que esta en el mismo supermercado, y que la va a ver de todas maneras ya que los dos están en un puto supermercado xD
Y donde trabajo ahora nos han dado para firmar una hoja de que aceptamos las grabaciones de seguridad como prueba se que hemos cometido una falta grave si así sucede, que parece algo lógico, si te pillan robando y te tienen grabado que sirva como prueba, pues no, ahora el trabajador tiene que haber dado su permiso, si no la grabación no vale.
Espero que si entra a robar alguien por la noche y reviente la caja fuerte no necesiten tener su autorización para usar la grabación por que sino ya alucino xD
Las empresas de seguridad privada se frotan las manos con ese asunto las cámaras de seguridad las tiene que manejar o visionar personal de seguridad no una cajera de supermercado.
Perr los monitores que no están en la zona abierta a los clientes si que se pueden tener, aun que no se tenga personal de seguridad contratado, el problema te lo pueden crear cuando es visible por parte de otros clientes, que me parece una tontería que alguien se queje de que le vean otros clientes cuando va al supermercado.
Yugox escribió:Eso no importa, lo que importa es el fin de esa camara, si es para prevenir que os roben tienen que ser un vigilante de seguridad. Eso es lo que pone la ley
La nueva ley regula en el artículo 42, los Servicios de videovigilancia, con este contenido:
1. Los servicios de videovigilancia consisten en el ejercicio de la vigilancia a través de sistemas de cámaras o videocámaras, fijas o móviles, capaces de captar y grabar imágenes y sonidos, incluido cualquier medio técnico o sistema que permita los mismos tratamientos que éstas.
Cuando la finalidad de estos servicios sea prevenir infracciones y evitar daños a las personas o bienes objeto de protección o impedir accesos no autorizados, serán prestados necesariamente por vigilantes de seguridad o, en su caso, por guardas rurales.
No tendrán la consideración de servicio de videovigilancia la utilización de cámaras o videocámaras cuyo objeto principal sea la comprobación del estado de instalaciones o bienes, el control de accesos a aparcamientos y garajes, o las actividades que se desarrollan desde los centros de control y otros puntos, zonas o áreas de las autopistas de peaje. Estas funciones podrán realizarse por personal distinto del de seguridad privada.
ARRIKITOWN escribió:A parte del afán recaudatorio, creo que el hecho de poder grabar a la propia GC haciendo alguna cosa como ésta:
Drimcas escribió:ARRIKITOWN escribió:A parte del afán recaudatorio, creo que el hecho de poder grabar a la propia GC haciendo alguna cosa como ésta:
No pasa nada por grabar a un Guardia o Policía haciendo eso, les está permitido utilizar, mientras conducen, transmisiones o un teléfono móvil siempre que sea en el ejercicio de sus funciones.
Yugox escribió:Eso no importa, lo que importa es el fin de esa camara, si es para prevenir que os roben tienen que ser un vigilante de seguridad. Eso es lo que pone la ley
La nueva ley regula en el artículo 42, los Servicios de videovigilancia, con este contenido:
1. Los servicios de videovigilancia consisten en el ejercicio de la vigilancia a través de sistemas de cámaras o videocámaras, fijas o móviles, capaces de captar y grabar imágenes y sonidos, incluido cualquier medio técnico o sistema que permita los mismos tratamientos que éstas.
Cuando la finalidad de estos servicios sea prevenir infracciones y evitar daños a las personas o bienes objeto de protección o impedir accesos no autorizados, serán prestados necesariamente por vigilantes de seguridad o, en su caso, por guardas rurales.
No tendrán la consideración de servicio de videovigilancia la utilización de cámaras o videocámaras cuyo objeto principal sea la comprobación del estado de instalaciones o bienes, el control de accesos a aparcamientos y garajes, o las actividades que se desarrollan desde los centros de control y otros puntos, zonas o áreas de las autopistas de peaje. Estas funciones podrán realizarse por personal distinto del de seguridad privada.
nachomacho93 escribió:Se ve que esto perjudica al estado por poder grabar controles, radares
amchacon escribió:nachomacho93 escribió:Se ve que esto perjudica al estado por poder grabar controles, radares
Eso se puede hacer de todas formas con el movil. Y es hasta más efectivo porque lo puedes transmitir en directo.
No creo que vaya por ahí la cosa.
nachomacho93 escribió:amchacon escribió:nachomacho93 escribió:Se ve que esto perjudica al estado por poder grabar controles, radares
Eso se puede hacer de todas formas con el movil. Y es hasta más efectivo porque lo puedes transmitir en directo.
No creo que vaya por ahí la cosa.
Acuerdate del caso del radar movil de pontevedra y el whatsapp, aunque no es solo eso a lo que me refiero...
amchacon escribió:Eso fue por otra cosa, pasaron datos confidenciales de los agentes.
Aunque creo que se debería ilegalizar lo de pasar controles por whatsapp, pero eso es otro tema.