se puede cobrar paro si...

Hola,
Es muy posible que me "hechen" de la empresa en la que estoy trabajando por un fin de obra. En este caso creo que merecería cobrar unos 3 meses de paro. En el periodo en el que cobre el paro pasaría algo si hiciese algún viaje de tipo ir a estudiar al extranjero un par de meses y luego volver? mientras estar cobrando el paro?

un saludo
mientras no t den de alta en ningun trabajo... seguiras cobrando el paro, pero en el momento q trabajes t dan de baja automaticamente
saulotmalo escribió:Hola,
Es muy posible que me "hechen"



sin h.....
saulotmalo escribió:Hola,
Es muy posible que me "hechen" de la empresa en la que estoy trabajando por un fin de obra. En este caso creo que merecería cobrar unos 3 meses de paro. En el periodo en el que cobre el paro pasaría algo si hiciese algún viaje de tipo ir a estudiar al extranjero un par de meses y luego volver? mientras estar cobrando el paro?

un saludo

Y con razón [poraki]
Mientras vayas a fichar cuando te toque no tienen porqué quitarte la prestación... así que irte fuera unos meses pues no, porque sino ha cambiado todos los meses hay que fichar...
mmm desde cuando hay que fichar? El con paro me refiero el dinero que te dan si te hechan del trabajo cada mes. No el dinero de enfermedad y tal.

explicadme un poco más lo de la ficha esa
Una cosa es cobrar el paro otra la indemnización, parte de vacaciones no disfrutas, etc. que te correspondan.

Según el tipo contrato, antigüedad, etc. tendrás derecho a un finiquito, eso te lo tiene que pagar la empresa y tú luego haces lo que quieras.

Si tuvieras también derecho a prestación por desempleo (a cobrar paro) deberias inscribirte como demandante de empleo y presentar la documentación que hace falta para que te paguen.... entonces si tienes que fichar en el inem o como se llame en tu ciudad todos los meses, sino lo haces dejarian de pagarte.
vaya pues que putada... en fin, no pasa nada intentaré sobrevivir con el dinero que me quede y listo xDD

gracias por las respuestas
Si tienes un contrato por obra y servicio, cuando se te acabe el curro no tienes derecho a finiquito. La prestación del paro si, pero finiquito por parte de la empresa..... ni borracho.
Aqui en Catalunya se sella el paro cada 3 meses, en otras comunidades no se si será igual.
Lo único k ties que hacer es renovar el paro,si ties un viaje en mente yo creo que te devería dar tiempo de sobra, pues yo pille el paro el 4 de febrero y tuve la primera renovacion el 05 de mayo asin que o muxo  viajas o si k te debería dar tiempo... Se te puede complicar si te llaman para hacer algun curso desos "ocupacionales" que suelen hacer, pero si cuando te das de alta hablas con ellos (yo les explique que estaba haciendo un curso y que no me convenia que me llamaran para otro) pos en principio no creo que te pongan problema alguno :)
Dark_Warlord escribió:Si tienes un contrato por obra y servicio, cuando se te acabe el curro no tienes derecho a finiquito. La prestación del paro si, pero finiquito por parte de la empresa..... ni borracho.



pues en mi empresa casi todos los contratos son por obra o servicio y en cuanto finaliza la obra en la nómina me viene el finiquito... quizás dependa del convenio pero no me hagas mucho caso que no es lo mio
Finiquito siempre cobras, que es la parte proporcional de las vacaciones y de las pagas extra que te corresponde, lo que no se cobra es la INDEMNIZACION POR DESPIDO :)
a ver yo estoy seguro de que mi jefe me pagará eso... la parte proporcional de las pagas extras y las vacaciones, pero lo que me interesaba era el pago para financiarme un curso de idiomas... en fin si no puede ser no puede ser intentaré buscarme un trabajo a media jornada, aunque los 3 primeros meses no podré :(
vas cobrar el finiquito, vas corar el paro, ties tres meses para renovarlo (3 meses que no te tienen k ver el pelo), cual es el problema? viaja hombre y disfruta mientras puedassss

Carpe Diem!!!!
A mi me ha pasado más o menos lo mismo. Presenté los papeles para cobrar el paro en Abril y a finales me fuí a México de viaje. Se puede hacer. El problema es que para estar cobrando tienes que estar dado de alta en la búsqueda activa de empleo, así que recibes ofertas y tienes que contestarlas, si te vas una semana no creo que te lleguen muchas, pero tres meses... Y si deniegas creo que 3 se te retira la prestación
doctor_who escribió:Finiquito siempre cobras, que es la parte proporcional de las vacaciones y de las pagas extra que te corresponde, lo que no se cobra es la INDEMNIZACION POR DESPIDO :)


ésto es siempre, yo tengo contrato indefinido, y creo ke en el caso de despido, me tendríam ke pagar antiguedad, o ya no es de aplicacion?

saludos!
En caso de despido (no final de contrato, ni si te vas tú), tienes derecho a cobrar el finiquito + una indemnizacion de .... creo que va entre 15 a 45 dias por año trabajado eso si varia segun convenio, respetando siempre el minimo que es lo que marca el convenio colectivo de los trabajadores
En andalucia se ficha cada tres meses. Aparte creo que puedes fichar via internet con un certificad digital que te emiten en la misma oficina
19 respuestas