¿Se puede modificar software libre y venderlo? licencia GPL GNU

He de decir que me he leído las normas de la GPL GNU pero como hay tantas y a veces no viene tan claro pues me he decidido posterlo aquí para ver si alguien me puede despejar la duda.

La cuestión es modificar un software libre, añadiéndole funcionalidades y un diseño nuevo para luego implementarlo (cobrando por ello y por el valor añadido en el software libre) en instituciones privadas para uso privado, no público.

Gracias.
Que yo sepa, sí, pero la modificación debe de tener la misma licencia y por tanto debes publicar el código fuente.
Pero si publico el código fuente, entonces ya no podré vender el valor añadido del software.

Muchos sitios webs, tanto de instituciones privadas como públicas, están hechos a partir de software libre. Pongamos el caso de la Escuela Técnica Superior de Ingeniería de Telecomunicación de Málaga, su página web está hecha sobre joomla, software libre. Entonces, ¿tienen que publicar el código fuente de su sitio? Si les pido éste, ¿están obligados a proporcionármelo?

Otro caso, es que no se puede cobrar por hacer páginas web hechas con software libre, porque una vez hechas las modificaciones oportunas para adaptarlo al negocio en cuestión, la página sigue siendo software libre y su código fuente debe ser publicado sin ánimo de lucro. Otra cosa es que se cobre por tu implementación (subirla por ftp a un hosting) y/o su administración. ¿Es así?

Gracias por responder.
Si lo que estas insinuando es que deben de dar las contraseñas para acceder a su BD.. ¿no seria más fácil que se la pidieses?
Por otra parte si trabajas con joomla podrás hacer una web similar a la que ellos si te lo propones, no veo la necesidad de pedirles nada. Tampoco tienen porque hacerlo... ya que si no recuerdo mal joomla era un framework/cms
Creo que hay una cosa que no has entendido bien en cuanto al software libre.

Tú puedes vender software libre, indiferentemente que lo uses para una empresa pública o privada. Lo único que tienes que hacer es propocionar el código fuente, lo cual no te quita el derecho a ganar dinero con ese software, ya sea una mejora o lo que sea.

El caso de la página web es el mismo, tu puedes hacer páginas web con software libre y cobrar por ello. Lo que es de ser caradura es aprovecharse del software libre y luego no liberar el código, pero al menos las licencias en este sentido nos ayudan.
Pero en el caso de las paginas web, esta enfocada a un negocio, podrias pedirles el codigo de un modulo que hayan añadido, pero no podrias pedirles por el diseño ya que eso es privado de la propia empresa y ha pagado exclusivamente por ese diseño.

Por lo menos yo lo veo asi, son 2 cosas diferentes. Una cosa es que tu te bajes el Joomla y lo modifiques funcionalmente, añadiendole nuevas funcionalidades, de las que si que tienes que liberar el codigo, porque para eso has usado un sistema GPL y por lo tanto estas OBLIGADO a liberar el codigo, otra cosa es que lo modifiques esteticamente, eso es trabajo de un diseñador y no de Joomla por lo tanto, el diseño no estas obligado a liberarlo.
sodark escribió:Pero en el caso de las paginas web, esta enfocada a un negocio, podrias pedirles el codigo de un modulo que hayan añadido, pero no podrias pedirles por el diseño ya que eso es privado de la propia empresa y ha pagado exclusivamente por ese diseño.

Por lo menos yo lo veo asi, son 2 cosas diferentes. Una cosa es que tu te bajes el Joomla y lo modifiques funcionalmente, añadiendole nuevas funcionalidades, de las que si que tienes que liberar el codigo, porque para eso has usado un sistema GPL y por lo tanto estas OBLIGADO a liberar el codigo, otra cosa es que lo modifiques esteticamente, eso es trabajo de un diseñador y no de Joomla por lo tanto, el diseño no estas obligado a liberarlo.


Eso es lo que rondaba por la cabeza, si el diseño también se consideraba parte del software libre y por tanto se debiera liberar. Es lo más lógico desde luego, ¿pero realmente esto es así? me he leído la documentación de la licencia GPL GNU pero no viene explicada esa diferencia ni nada.

Otro punto, que no me queda claro, es qué sentido tiene vender software libre, porque estás obligado a publicar el código fuente y por lo tanto el software ya lo tienes sin pagar a nadie, no tiene sentido vender, exceptuando el caso de la página web que hay que hacerla y tal, pero por ejemplo pongamos un software editor textarea WYSIWYG .

Gracias!
sacry escribió:Pero si publico el código fuente, entonces ya no podré vender el valor añadido del software.

Muchos sitios webs, tanto de instituciones privadas como públicas, están hechos a partir de software libre. Pongamos el caso de la Escuela Técnica Superior de Ingeniería de Telecomunicación de Málaga, su página web está hecha sobre joomla, software libre. Entonces, ¿tienen que publicar el código fuente de su sitio? Si les pido éste, ¿están obligados a proporcionármelo?

Otro caso, es que no se puede cobrar por hacer páginas web hechas con software libre, porque una vez hechas las modificaciones oportunas para adaptarlo al negocio en cuestión, la página sigue siendo software libre y su código fuente debe ser publicado sin ánimo de lucro. Otra cosa es que se cobre por tu implementación (subirla por ftp a un hosting) y/o su administración. ¿Es así?

Gracias por responder.


Con el software libre (al menos con licencia GPL) hay dos situaciones distintas: que seas usuario o distribuidor.

La obligación que tienes es que si eres distribuidor debes proporcionar el código fuente bajo la misma licencia que el código original, pero si eres simplemente usuario no tienes que publicar nada. Además siendo distribuidor estás obligado a dar el código fuente a las mismas personas a las que entregas el resto del producto, pero esto no implica que tengas que hacerlo público para el resto de gente. Es decir, que si creas un desarrollo basado en software libre para un cliente sólo estás obligado a entregar el código fuente a ese cliente.

Otra cosa es que se pueda considerar "éticamente correcto" el contribuir los cambios o mejoras que hagas al código de vuelta al proyecto original (o incluso publicarlo para que otros se puedan beneficiar igual que tú lo hiciste del código original) pero esto no es un requerimiento de la licencia.

En el ejemplo que pones de la universidad ellos están usando el software, no tienen obligación de darte el código fuente ya que no lo están distribuyendo a nadie bajo ninguna licencia y por tanto no se les aplican las restricciones de la GPL (o la licencia que sea, si es similar), que a fin de cuentas es una licencia sobre el derecho de copia.
@kornshell Muy bien explicado, más claro que el agua. Gracias!
Un pequeño detalle: Hay version 1, 2 y 3 de la GNU GPL, aparte de otras derivadas como las LGPL y las AGPL.

De que GPL estamos hablando?

http://www.gnu.org/licenses/licenses.html
lo que te dice @kornshell es correcto, ademas te voy puntualizar algo.

Tu solo estas obligado a dar el codigo fuente si lo que vendes es software, si lo que estas ofreciendo es un servicio no tienes porque entregar tampoco nada, todo depende del contrato/acuerdo que llegues con el cliente o de que es lo que te pidan. Y un servicio puede ser fácilmente montar y mantener una página web, donde el dueño de la información es el cliente y el dueño del programa es el prestador del servicio, como he dicho antes todo depende de lo que te pidan o lo que tu ofrezcas al cliente.

En cambio si lo que vendo es un programa que hace X, que lo distribuyo a los clientes y que este utiliza parte de software libre estoy obligado a liberarlo, dependiendo de lo vírica que sea la licencia tendre que entregar más o menos, por ejemplo veetle entregó parte de su modificación de VLC porque usaban cierto codec, pero no el programa completo con la pena (para mi XD) de que no nos podemos montar un sistema p2p de video con vlc en casa :D Esto les ocurrió porque ellos distribuyen el plugin que se tiene que instalar en tu ordenador para poder ver sus videos y esa es la parte liberada, no el resto.
Aqui hablaban algo de ello
http://comments.gmane.org/gmane.law.gpl ... legal/2023

También con los firmwares de los routes pasa lo mismo, cuando distribuyes algo tienes que liberarlo si usa software bajo GPL.

Tienes mas información sobre casos o incluso consultas en http://gpl-violations.org/ que son listas de correo basicamente xD
Además siendo distribuidor estás obligado a dar el código fuente a las mismas personas a las que entregas el resto del producto, pero esto no implica que tengas que hacerlo público para el resto de gente. Es decir, que si creas un desarrollo basado en software libre para un cliente sólo estás obligado a entregar el código fuente a ese cliente.

De todas formas si lo hace por el dinero esto tampoco le sirve ya que los que compren el programa tienen libertad para distribuirlo gratuitamente.

Puedes cobrar, sí, pero también lo pueden compilar gratuita y legalmente.

Todo depende de la licencia que sea.
dark_hunter escribió:
Además siendo distribuidor estás obligado a dar el código fuente a las mismas personas a las que entregas el resto del producto, pero esto no implica que tengas que hacerlo público para el resto de gente. Es decir, que si creas un desarrollo basado en software libre para un cliente sólo estás obligado a entregar el código fuente a ese cliente.

De todas formas si lo hace por el dinero esto tampoco le sirve ya que los que compren el programa tienen libertad para distribuirlo gratuitamente.

Puedes cobrar, sí, pero también lo pueden compilar gratuita y legalmente.

Todo depende de la licencia que sea.


Cierto. Si tu objetivo es desarrollar un software y rentabilizarlo únicamente a base de ventas (el modelo típico) las licencias libres no te favorecen especialmente, tendrías que hacer algo como MySQL donde el grueso del producto es libre pero hay módulos extra propietarios.

Por otra parte sí puedes vender desarrollos a medida basados en software libre donde cada cliente puede tener necesidades diferentes y no va a estar especialmente interesado en publicar el producto después de haber pagado por él, aunque lleva más trabajo que desarrollar una vez y luego hacer copias. Al final estás más cerca de estar ofreciendo un servicio que un producto.
Pues yo tengo una dudilla en este tema. Si Mac OX esta basado en BSD, que tiene licencia Bsd (de dominio publico), entonces como es que no ofrece el codigo y como a logrado apple cambiar su licencia a privativa?

Saludos
castanha escribió:Pues yo tengo una dudilla en este tema. Si Mac OX esta basado en BSD, que tiene licencia Bsd (de dominio publico), entonces como es que no ofrece el codigo y como a logrado apple cambiar su licencia a privativa?

Saludos


Porque la licencia de BSD permite el uso del código fuente en software no libre.

De todas formas, estoy leyendo que el nucleo de Macos X está liberado bajo Apple Public Source License, http://kernel.macosforge.org/
nu_kru escribió:
castanha escribió:Pues yo tengo una dudilla en este tema. Si Mac OX esta basado en BSD, que tiene licencia Bsd (de dominio publico), entonces como es que no ofrece el codigo y como a logrado apple cambiar su licencia a privativa?

Saludos


Porque la licencia de BSD permite el uso del código fuente en software no libre.

De todas formas, estoy leyendo que el nucleo de Macos X está liberado bajo Apple Public Source License, http://kernel.macosforge.org/


Pues eso a lo que me refiero. Si el núcleo de mac, esta (o estaba) basado en bsd, este debe heredar su licencia, no? entonces como es que apple tiene puesta su propia licencia?? es que se puede cambia la licencia de una "distro"?

Para los que no lo sepáis, apple cerro el código fuente de mac a raíz de unas copias chinas que aparecieron de sus ordenadores. Los chinacos creaban clones de mac y les instalaban mac ox modificando, aprovechando que era un SO abierto (o eso cuenta la leyenda [carcajad] ). Esto lo sabia yo antes de enterarme de que mac esta basado en bsd, y con este hilo me han surgido las dudas.

Saludos
leyendas chinas? has parado a leer mi mensaje? el código del kernel está disponible.

ea, buscar un poco no cuesta nada
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Básicamente especifican que si se realiza dicha redistribución debe conservarse la advertencia de copyright, la lista de condiciones y la negación de la garantía. Sin embargo, esta "advertencia" de licencia original BSD no impide que un software derivado pueda acogerse a otro tipo de licencia (incluso propietaria).
nu_kru escribió:leyendas chinas? has parado a leer mi mensaje? el código del kernel está disponible.

ea, buscar un poco no cuesta nada

[code]


Tranquilo amijo, solo es un foro donde he preguntado por preguntar. No me va la vida en saber lo que comentas ni en encontrar el código fuente del kernel de un SO. Si me lo hubiera propuesto, lo hubiera buscado. Pero como ya te he dicho, solo preguntaba por conversar algo, que para eso existen los foros. Aun así, gracias por la info.

Saludos
nu_kru escribió:Sin embargo, esta "advertencia" de licencia original BSD no impide que un software derivado pueda acogerse a otro tipo de licencia (incluso propietaria).


Exacto. La licencia BSD no es "copyleft", lo cual es una putada, o una bendicion, segun en que lado estes.
Si tu liberas un programa con licencia BSD, yo puedo cogerlo, modificarlo como quiera, y lanzar el JanPrograma, con solo binario, y la JanLicense que me de la gana. Y tu no podras rechistar.

Es algo que algunos le critican a la GPL, y a mi me parece que es uno de sus mejores puntos: "tu te aprovechas de mi trabajo, perfecto, pero a cambio, que los demas se aprovechen del tuyo, todos ganamos".
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