Volvéis a tener bastantes cacaos mentales.
Las vacaciones SIEMPRE se cogen de común acuerdo entre el empresario y el trabajador.
En el único caso que no es así, es cuando la empresa cierra sus puertas por vacaciones, ya sea en agosto, en invierno, la Semana Santa, o el Puente de las fiestas del pueblo.
Si la empresa cierra unos días para TODOS los trabajadores, puede contar esos días como vacaciones del personal, siempre que lo haya notificado con dos meses de antelación, o sea el uso y costumbre consolidado.
Otra cosa es que a la empresa le interese que tus últimos días de contrato los cojas como vacaciones, es pasta que se ahorra, y un trabajador desmotivado fuera de las tareas diarias.
visjoner escribió:He pensado en irme del curro este año, de aquí a unos meses, y he pensado en pillarme mis últimos 15 días de vacaciones y de paso decir q después de esos 15 días no voy a volver, q me hagan la cuenta.
Si lo que quieres hacer es dejar la empresa después de las vacaciones, es lo que tienes que hacer. Les entregas una carta de baja voluntaria quince días antes de acabarlas y ya está.
Si las vacaciones ya las estás disfrutando, no te pueden hacer ir a trabajar.
Es decir, si el acuerdo de vacaciones es previo a la baja voluntaria, y está firmado, ya no se puede cambiar por una de las dos partes.