¿Se pueden pedir los 15 días para irte del curro durante las vacaciones?

He pensado en irme del curro este año, de aquí a unos meses, y he pensado en pillarme mis últimos 15 días de vacaciones y de paso decir q después de esos 15 días no voy a volver, q me hagan la cuenta.
¿Eso es posible o hay q estar currando in situ los 15 días antes de irte?
Tu a lo que estas obligado es a avisar con 15 dias. Avisa con un mes de antelacion y les dices que los ultimos 15 dias te los coges por las vacaciones y listo.

Un saludo
Pero si disfrutas de las vaciones no las cobras en el finiquito.
centipado escribió:Pero si disfrutas de las vaciones no las cobras en el finiquito.


Tranquilo, que si no quieren pagarselas le obligaran a cogerselas, porque por ley no se remuneran.
centipado escribió:Pero si disfrutas de las vaciones no las cobras en el finiquito.


prefiero disfrutarlas... ¿no las cobras igualmente, sea en el finiquito o en la nómina?
pechelin está baneado por "Clon para saltarse un baneo"
Es lo que hacen muchos establecimientos, se conocen todas las trampas legales y, una de ellas es eso.

¿Te corresponden 15 días de vacaciones?, pues nada, acabas 15 días antes el contrato.

100% legal. [toctoc]


¡Ah!, y las vacaciones son OBLIGATORIAS, eso que si no las disfrutas te las pagan eso es una trampa ilegal. Eso me faltaba. Una cosa es que te las paguen, pero te pagan 15 días de jornadas, NO que cobras menos por disfrutar de vacaciones. Tu sueldo es el que tienes siempre con vacaciones, el no cogerse vacaciones ya es una ilegalidad, si te pagan las vacaciones es como si hicieses jornadas. Así que menos confundir a la peña.
pechelin escribió:Es lo que hacen muchos establecimientos, se conocen todas las trampas legales y, una de ellas es eso.

¿Te corresponden 15 días de vacaciones?, pues nada, acabas 15 días antes el contrato.

100% legal. [toctoc]


¡Ah!, y las vacaciones son OBLIGATORIAS, eso que si no las disfrutas te las pagan eso es una trampa ilegal. Eso me faltaba. Una cosa es que te las paguen, pero te pagan 15 días de jornadas, NO que cobras menos por disfrutar de vacaciones. Tu sueldo es el que tienes siempre con vacaciones, el no cogerse vacaciones ya es una ilegalidad, si te pagan las vacaciones es como si hicieses jornadas. Así que menos confundir a la peña.



¿Confundir de qué? Si te vas en Enero por ejemplo, y tus vacaciones de ese año aún no las has disfrutado (si normalmente las coges en junio), te las pagan en el finiquito lo que te corresponda.
Volvéis a tener bastantes cacaos mentales.

Las vacaciones SIEMPRE se cogen de común acuerdo entre el empresario y el trabajador.

En el único caso que no es así, es cuando la empresa cierra sus puertas por vacaciones, ya sea en agosto, en invierno, la Semana Santa, o el Puente de las fiestas del pueblo.

Si la empresa cierra unos días para TODOS los trabajadores, puede contar esos días como vacaciones del personal, siempre que lo haya notificado con dos meses de antelación, o sea el uso y costumbre consolidado.

Otra cosa es que a la empresa le interese que tus últimos días de contrato los cojas como vacaciones, es pasta que se ahorra, y un trabajador desmotivado fuera de las tareas diarias.

visjoner escribió:He pensado en irme del curro este año, de aquí a unos meses, y he pensado en pillarme mis últimos 15 días de vacaciones y de paso decir q después de esos 15 días no voy a volver, q me hagan la cuenta.


Si lo que quieres hacer es dejar la empresa después de las vacaciones, es lo que tienes que hacer. Les entregas una carta de baja voluntaria quince días antes de acabarlas y ya está.
Si las vacaciones ya las estás disfrutando, no te pueden hacer ir a trabajar.

Es decir, si el acuerdo de vacaciones es previo a la baja voluntaria, y está firmado, ya no se puede cambiar por una de las dos partes.
Butters escribió:...


muchas gracias!! [beer]
8 respuestas