Sentencia respalda el derecho a la copia de seguridad de videojuegos

Juanele nos ha avisado de una interesante noticia publicada en Iblnews, la cual se hace eco de una reciente sentencia que declara legal las copias de seguridad de videojuegos, algo que desde aquí siempre hemos defendido con la ley en la mano, aunque algunos individuos y empresas se empeñen en afirmar lo contrario. El caso se remonta al año 99, en el que la Guardia Civil intervino en una tienda de alquiler y venta de videojuegos tras una denuncia de la ADESE (Asociación Española de Empresas de Software de Entretenimiento), encontrando 37 copias de juegos.

La acusación solicitaba 2 años de prisión por este hecho, pero la jueza del Juzgado Penal 4 de Barcelona no ha encontrado ningún indicio de que fueran copias ilegales ni que se comercializase con ellas, siendo válida la argumentación del acusado de que eran copias de respaldo de sus juegos originales. La jueza además recrimina en la sentencia que se actúe de oficio en casos como este, en los que la denuncia debe ser presentada por los poseedores del copyright supuestamente violado. Podéis leer la sentencia completa en la web del Bufet Almeida.
Osea q segun la sentencia quitaran los sistemas anticopia? o q?
¿Si la copia de seguridad es legal quitarán el canon? Je v_V
Si es que además, por el derecho de copia pagamos un canon, señores....
Parece que eso sólo será válido en España.

De todas formas, supongo que también implicaría la legalización de los modchips, porque si no, a ver cómo te haces la copia.
Digo yo, vamos...
en realidad lo mas logico existiendo el derecho a copia privada es que haya un canon para retribuir a los dueños del copyright precisamente por ese derecho a copia privada.

canon impuesto por hacienda, claro, y retribuido exactamente segun el volumen de medios vendido, no por una sociedad general de apestosos estafadores para que reparta el dinero entre sus 4 afiliados. [jaja][jaja][jaja]

existiendo un derecho a copia privada y un canon que le retribuye a los autores la existencia de esas copias privadas, lo que esta de mas, es la proteccion anticopia.

el problema es que el canon y el derecho a copia privada, estan en españa, y la industria y consorcios, estan en USA, y es bastante poco probable que lleguen a un acuerdo en el que la industria, esencialmente americana, pierda "posibles beneficios"...no olvidemos que a ellos les encanta hablar de "lo que hubieran vendido si las copias que andan por ahi hubieran sido originales legitimamente comprados" [tomaaa]

en resumen, que vamos a seguir en la tipica situacion de dualidad/ zona gris, y mas ahora que una sentencia apoya la existencia de la copia privada con objetivo de copia de seguridad y desautoriza el ejercicio de actuacion de oficio en estos asuntos a las autoridades policiales.

resumiendo, que estamos como estabamos.

Saludos.
Escrito originalmente por Zhul

De todas formas, supongo que también implicaría la legalización de los modchips, porque si no, a ver cómo te haces la copia.
Digo yo, vamos...


Es que ni siquiera tendrían que hacer falta esos modchips. La copia privada es un derecho recogido en la Ley de Propiedad Intelectual y el Código Penal por lo que debería ser ilegal implementar medidas para impedir la utilización de esas copias.

Eso sí, aún escucharás a gente equiparar la copia privada con la piratería.
Si la copia de seguridad es un derecho legítimo no hay que pagar ningun canon ni impuesto a nadie, ni a hacienda ni a ninguna asociación de chorizos.
Sin novedad entonces... pasa lo mismo con el soft??? Esq como me entren a la tienda la liamos!
Escrito originalmente por MatoR
Es que ni siquiera tendrían que hacer falta esos modchips

El problema, como dice GXY, es que las empresas fabricantes de hardware y por extensión de protecciones anticopia son americanas y japonesas, y esa sentencia dudo que tenga ningún tipo de vigencia más allá de nuestras fronteras.
Ahora mismo, y en el marco legal que plantea España, la utilización de modchips es casi imperativa para poder ejercer el derecho que concede dicha sentencia.

De todos modos, me da que no va a cambiar absolutamente nada. Eso sí, la sentencia sienta un precendente, y al menos es coherente con el panorama actual, lo cual no es decir poco.
Hola a todos.

Quería intervenir para deciros que no debéis confundir la "copia de seguridad" con la "copia privada" (la SGAE está empeñada en suscitar esa confusión y no debemos seguirles el juego).

Una cosa es la "copia de seguridad" (que es la que se hace del original por su usuario legítimo) y otra cosa es la "copia privada" (que es toda aquella copia que se hace para consumo privado, sin fin lucrativo y sin propósito del ulterior difusión).

Tan distinta es la copia privada y la copia de seguridad que la primera está prohibida para los programas de ordenador mientras que la segunda está permitida para los mismos (y además no devenga canon). Es decir, la copia privada de los programas de ordenador no devenga canon porque la copia privada está, directamente, prohibida. Solo se permite la copia de seguridad que es cosa bien distinta.

En lo que respecta a los programas de ordenador hacer algunas precisiones sobre lo que le ley dice al respecto:

La "copia de seguridad" de software (esto es aquella copia que hace el usuario legítimo del programa) no es delito ni es un ilícito civil. No es delito (ni falta) por carecer el copista de ánimo de lucro y no es un ilícito civil porque la Ley de la Propiedad Intelectual permite la copia de seguridad para los programas de ordenador.

Distinto es cuando hablamos de la "copia privada" de los programas de ordenador. Sigue sin ser delito (y tampoco falta) por carecer de ánimo de lucro el copista, pero sí es un ilícito civil porque la Ley de la Propiedad Intelectual no permite la copia privada para los programas de ordenador. La copia privada de programas de ordenador podría dar lugar a las acciones civiles legalmente previstas.
A mi lo que mas me llama la atencion de la noticia es que la juez sugiera a las fuerzas del orden no actuar de oficio sino hacerlo como respuesta a una demanda por parte del propietario del copyright que presuntamente se esta vulnerando.

Realmente es lo ideal, especialmente para los que tenemos copias de juegos japoneses que nunca llegaran aqui aunque tb tiene su parte de ciencia ficcion ya q no va a estar todas las empresas contratado detectives itinerantes por toda la geografia espanyola buscando a ver quien les quita el pan de los dientes.

En fin, curioso y, en general, una noticia positiva ^^
Señoras y Señores a eso se le llama JURISPRUDENCIA XD

El q sepa lo q es y algun dia le haga falta q tire de ella... :D

Saludos!


P.D. Ya era hora de q una sentencia, nos diera la razon a los usuarios :D
Escrito originalmente por Belmont
Señoras y Señores a eso se le llama JURISPRUDENCIA XD

El q sepa lo q es y algun dia le haga falta q tire de ella... :D

Saludos!


P.D. Ya era hora de q una sentencia, nos diera la razon a los usuarios :D


Creo recordad q para q una sentencia cree Jurisprudencia tienen q haber fallado los jueces tres veces en esa direccion.
Aver si empieza a haber mas jueces de este tipo... ;) Solo lo digo porque parece que a otros los mangonean....
Escrito originalmente por DBB
Una cosa es la "copia de seguridad" (que es la que se hace del original por su usuario legítimo) y otra cosa es la "copia privada" (que es toda aquella copia que se hace para consumo privado, sin fin lucrativo y sin propósito del ulterior difusión).

Veamos, ya que tienes pinta de abogado o de estudiante de derecho ;-)

La copia privada la puede tener alguien que no sea el usuario legítimo? Es decir compro un cd de música y lo regalo a toda mi familia.
Escrito originalmente por DBB
Hola a todos.

Quería intervenir para deciros que no debéis confundir la "copia de seguridad" con la "copia privada" (la SGAE está empeñada en suscitar esa confusión y no debemos seguirles el juego).

Una cosa es la "copia de seguridad" (que es la que se hace del original por su usuario legítimo) y otra cosa es la "copia privada" (que es toda aquella copia que se hace para consumo privado, sin fin lucrativo y sin propósito del ulterior difusión).

Tan distinta es la copia privada y la copia de seguridad que la primera está prohibida para los programas de ordenador mientras que la segunda está permitida para los mismos (y además no devenga canon). Es decir, la copia privada de los programas de ordenador no devenga canon porque la copia privada está, directamente, prohibida. Solo se permite la copia de seguridad que es cosa bien distinta.

En lo que respecta a los programas de ordenador hacer algunas precisiones sobre lo que le ley dice al respecto:

La "copia de seguridad" de software (esto es aquella copia que hace el usuario legítimo del programa) no es delito ni es un ilícito civil. No es delito (ni falta) por carecer el copista de ánimo de lucro y no es un ilícito civil porque la Ley de la Propiedad Intelectual permite la copia de seguridad para los programas de ordenador.

Distinto es cuando hablamos de la "copia privada" de los programas de ordenador. Sigue sin ser delito (y tampoco falta) por carecer de ánimo de lucro el copista, pero sí es un ilícito civil porque la Ley de la Propiedad Intelectual no permite la copia privada para los programas de ordenador. La copia privada de programas de ordenador podría dar lugar a las acciones civiles legalmente previstas.


ahi la has dao!! [tadoramo] [tadoramo]
Escrito originalmente por Zhul
El problema, como dice GXY, es que las empresas fabricantes de hardware y por extensión de protecciones anticopia son americanas y japonesas, y esa sentencia dudo que tenga ningún tipo de vigencia más allá de nuestras fronteras.
Ahora mismo, y en el marco legal que plantea España, la utilización de modchips es casi imperativa para poder ejercer el derecho que concede dicha sentencia.
Y? No les obligan a algunas empresas a homologar sus productos, pues que a Sony, M$, Nintendo y cía les hagan lo mismo. Nadie tiene porque pagar >10$ por ponerle un chip a su consola y además perder la garantía de la misma.
pero si hacer copias de seguridad ya era legal ¿no? siempre y cuando tuvieses el disco original .......... por eso de llama COPIA DE SEGURIDAD. aunque yo creo que 1 de cada 100 hace eso. tol mundo se alquila un juego y se hace su copia de seguridad, por si se le jode en esos 2 dias que lo va a tener xddddd
scrito originalmente por Zhul
El problema, como dice GXY, es que las empresas fabricantes de hardware y por extensión de protecciones anticopia son americanas y japonesas, y esa sentencia dudo que tenga ningún tipo de vigencia más allá de nuestras fronteras.
Ahora mismo, y en el marco legal que plantea España, la utilización de modchips es casi imperativa para poder ejercer el derecho que concede dicha sentencia.

Y? No les obligan a algunas empresas a homologar sus productos, pues que a Sony, M$, Nintendo y cía les hagan lo mismo. Nadie tiene porque pagar >10$ por ponerle un chip a su consola y además perder la garantía de la misma.


ya, pero como son tan cojonudos seguramente tendríamos que pagar esa homologación y estaríamos en las mismas, pagando más por jugar con copias aunque, eso sí, la garantía no la perderíamos.
Hola a todos.

Quería intervenir para deciros que no debéis confundir la "copia de seguridad" con la "copia privada" (la SGAE está empeñada en suscitar esa confusión y no debemos seguirles el juego).

Una cosa es la "copia de seguridad" (que es la que se hace del original por su usuario legítimo) y otra cosa es la "copia privada" (que es toda aquella copia que se hace para consumo privado, sin fin lucrativo y sin propósito del ulterior difusión).

Tan distinta es la copia privada y la copia de seguridad que la primera está prohibida para los programas de ordenador mientras que la segunda está permitida para los mismos (y además no devenga canon). Es decir, la copia privada de los programas de ordenador no devenga canon porque la copia privada está, directamente, prohibida. Solo se permite la copia de seguridad que es cosa bien distinta.

En lo que respecta a los programas de ordenador hacer algunas precisiones sobre lo que le ley dice al respecto:

La "copia de seguridad" de software (esto es aquella copia que hace el usuario legítimo del programa) no es delito ni es un ilícito civil. No es delito (ni falta) por carecer el copista de ánimo de lucro y no es un ilícito civil porque la Ley de la Propiedad Intelectual permite la copia de seguridad para los programas de ordenador.

Distinto es cuando hablamos de la "copia privada" de los programas de ordenador. Sigue sin ser delito (y tampoco falta) por carecer de ánimo de lucro el copista, pero sí es un ilícito civil porque la Ley de la Propiedad Intelectual no permite la copia privada para los programas de ordenador. La copia privada de programas de ordenador podría dar lugar a las acciones civiles legalmente previstas.


Totalmente de acuerdo. Además, la copia privada, según la ley, permite realizarla o descargarla de Internet sin tener el original.

Si es que a estos de la SGAE cawento
les interesa que los mass media no informen correctamente de la realidad en derechos del consumidor y en derechos de la propiedad o intelectual.
Que aclaren de una puta vez para que es realmente el canón y no sigan manipulando a la opinión publica, que digan que el canón existe para que TODOS podamos descargar de Internet lo que queramos (menos software), siempre sin animo de lucro y de forma privada, y no para cubrir las "perdidas" que según ellos les genera la piratería.

QUE LA COPIA PRIVADA NO ES LO MISMO QUE LA COPIA DE SEGURIDAD, PARA LA QUE SI NECESITAMOS EL ORIGINAL.

Venga, un salu2 a todos [oki]
NetVicious, soy abogado.

Efectivamente la copia privada no exige que tengas el original. Esta es la copia de seguridad que es cosa distinta.
Escrito originalmente por DBB
Efectivamente la copia privada no exige que tengas el original. Esta es la copia de seguridad que es cosa distinta.

La cuestión es que si es copia privada, alguien de tu círculo tiene que tener el original....
No, los únicos requisitos que pone la Ley de la Propiedad Intelectual es que la copia sea "para uso privado, sin fin lucrativo y sin propósito de ulterior difusión".
Según eso, si alguien se baja un cd de Internet y se lo graba se podría tratar como Copia Privada.

Vamos es lógica transitiva :p
Exacto. Eso también es una copia privada.

En el libro "El Derecho de Autor en Internet" (entre otros) de Ignacio Garrote se da una definición de copia privada. Dice el Sr. Garrote: "nos encontramos con la cuestión más relevante, es decir, determinar el régimen jurídico de lo que generalmente se conoce como copia privada digital, esto es, las distintas reproducciones que los usuarios hacen cuando reciben una obra en formato digital vía Internet".

Más adelante y dentro del mismo epígrafe añade este autor: "Lo que ahora nos planteamos es si cuando un usuario ha recibido una obra a través de Internet, puede reproducirla fuera de línea para su uso privado al amparo del art. 31.2 de la LPI. En principio, y acudiendo a una interpretación literal del precepto esto es así, siempre que la obra se encuentre divulgada (y toda obra que se pone en Internet se ha divulgado), sea para uso privado del copista y la reproducción no sea objeto de una utilización colectiva ni lucrativa, es decir, que queden dentro de la esfera del propio usuario y sus allegados más próximos".

NOTA: El artículo 31.2 es aquel en el que se establece el derecho a la copia privada.
Bienvenido a esta comunidad David, y enhorabuena por todo el trabajo que estás haciendo ;)
Escrito originalmente por NetVicious
Y? No les obligan a algunas empresas a homologar sus productos, pues que a Sony, M$, Nintendo y cía les hagan lo mismo. Nadie tiene porque pagar >10$ por ponerle un chip a su consola y además perder la garantía de la misma.

Si se diese el caso, lo más seguro es que las compañías implicadas se retirasen directamente del mercado español, que no tiene ni el volúmen ni la importancia necesarias para tenerlo en cuenta ni para justificar un gasto semejante.

Recordemos que hace tiempo Microsoft (creo que fue) andaba amenazando con retirar Xbox del mercado australiano al promulgarse una ley que legalizaba los modchips.
Solo una cosa leer la web de este hombre [tadoramo] [tadoramo] [tadoramo] [tadoramo] [tadoramo] [tadoramo] [tadoramo] [tadoramo] [tadoramo] [tadoramo] [tadoramo] [tadoramo] [tadoramo] [tadoramo] [tadoramo] [tadoramo] [tadoramo] [tadoramo] [tadoramo] [tadoramo] [tadoramo] [tadoramo] http://filmica.com/david_bravo/

SImplemente genial y este trocito de uno de sus textos:

"si todo este sueño no existiera yo ahora estaría cantando "papichulo" mientras veo "Salsa Rosa" y mi máximo líder intelectual sería Pocholo."

Eres un makina
Escrito originalmente por Belmont
Señoras y Señores a eso se le llama JURISPRUDENCIA XD

El q sepa lo q es y algun dia le haga falta q tire de ella... :D

Saludos!


P.D. Ya era hora de q una sentencia, nos diera la razon a los usuarios :D


En los paises anglosajones, puede. Pero siento decirte que, en España, una ÚNICA sentencia NO sienta jurisprudencia
jajaja, muchas gracias hizant, desde luego así da gusto
interesante interesante
Me preguntaba si hay alguna sentencia que determine si es legal o no, bajarse temas de música para escucherlos en tu ordenador

O si han declarado a alguien culpable por haberse bajado temas de música (sin lucrarse por ello vendiendo CDs del mismo)

Ya que al fin y al cabo lo que diga la SGAE o lo que diga un usuario no vale de nada.
PAL, lo que diga un usuario y lo que diga la SGAE está claro que no vale de nada de cara a un juicio. Pero lo que diga la ley si que vale (de hecho vale mucho más que las sentencias).

En cuanto a las sentencias que pides decirte que por suerte en España no han sido muy dados a poner denuncias de este tipo por lo que tampoco puede existir mucha jurisprudencia a ese respecto. Aunque alguna hay.

La denuncia más parecida que se ha dado en España a las que se ponen en EEUU fue una en la que se denunciaba a una familia de Barcelona por bajarse tres películas.... y el juez archivó el expediente sin ni siquiera ir a juicio. http://www.kriptopolis.com/more.php?id=107_0_1_4_M20

Hace poco salió una sentencia que fue muy comentada en la que se condenaba a un joven por poseer unos 5000 compactos que el juez dedujo que se usaban para su posterior venta. En esa sentencia el juez confirmó que esas grabaciones, si hubiesen sido sin ánimo de lucro no habrían sido ilícitas.

Aquí te dejo una página del Bufet Almeida donde recopilan unas cuantas sentencias de interés: http://www.bufetalmeida.com/sentencias/sentencias.html

Saludos a todos.
Pero la posibilidad de copia privada (salvo la de software PC) se va ha eliminar sino se ha hecho ya.
http://www.kriptopolis.com/more.php?id=111_0_1_0_M7

Como está el tema?
Por fin un rayo de luz al final del tunel. Ya era hora de que le empiecen a parar los pies a esta gentuza.
La copia privada de software está prohibida actualmente. Lo que se pretende hacer (y lo harán, para eso están bombardeando mediáticamente con este tema) es ampliar la protección legal que tienen los programas de ordenador al resto de las obras.

La industria en España lo tiene claro: mientras convence a los ciudadanos de que no tienen el derecho a la copia privada (y les confunde con el concepto "copia de seguridad") ya se va encargando de eliminarla. Así, cuando ya SI sea ilegal la descarga de la red: ¿quién protestará porque le hayan arrebatado un derecho que no saben que tienen?
Parece cosa de otro planeta..... un juez con sentido comun y q saca una sentencia coherente.... ver para creer...

La desgracia es que aun hay cada imbecil con toga suelto.....
Buenas:

La sentencia dictada, según que colectivo la analice, será buena o no lo será, en todo caso a nosotros, usuarios de Internet sin ánimo de lucro, no beneficiaria si efectivamente sembrara jurisprudencia, cosa que no lo es, pero algo es algo.

La jurisprudencia no tiene por que ser mas de una sentencia, basta con que sea efectuada por alguno de los tribunales, no jueces, legitimante establecidos, tales como: ( Tribunal de Justicia de la Comunidad Europea, Tribunal Constitucional, Tribunal Supremo o Tribunal Superior de Justicia), cada uno en el ámbito de sus competencias.

Un saludo
se contradicen mas. la sentencia declara el derecho de copia privada, entonces porque tenemos que pagar un canon? Aunque me parece que muchos de aqui no pagamos canon alguno (sera porque tenemos montones de tarrinas de cds desde el verano :p :p )
O sera porque nos buscamos las mañas para no tener que pagarlo.

De todas formas esto demuestra que España es un pais de mediocres, que nos gusta que no lo den todo hecho, y en donde no tengamos que quebrarnos lo cascos. Y esto es así desde siempre, porque ejemplos en la historia hay de sobra.
Si te imponen un canon pues a la mayoria le da igual y sigue comprando cd's de la misma forma y ni se queja.
Y porque unos pocos estemos en contra, no significa que se nos vaya a hacer caso
A la mayoria le interesan mas los divorcios de Jesulin y compañia, que el que se nos aplique un canon abusivo [buaaj]
Lo dicho un pais de mediocres
Escrito originalmente por nu_kru
se contradicen mas. la sentencia declara el derecho de copia privada, entonces porque tenemos que pagar un canon? Aunque me parece que muchos de aqui no pagamos canon alguno (sera porque tenemos montones de tarrinas de cds desde el verano :p :p )
Se paga un canón justo por eso, por el dinero que pierden debido a las copias privadas.
ENTONCES SI EL DERECHO A COPIA LEGAL SE VE RECONOCIDO CON ESTA SETENCIA COMO ES POSIBLE QUE NO PUEDAS REPRO-
DUCIR ESTA EN TU CONSOLA ,SIN INSTALAR UN CHIP U OTRO
ARTILUGO, SERIA ENTONCES POSIBLE RECLAMAR ANTE LA ORGANIZACION DE CONSUMIDORES QUE NOS INSTALASEN UN
CHIP GRATIS EN LA CONSOLA O NOS ABONASEN LO QUE VALE
INSTALAR UNO, O NOS CAMBIARAN LAS CONSOLAS POR UNAS
QUE SE PUEDAN UTILIZAR LAS COPIAS LEGALES.
LA VERDAD ME GUSTARIA QUE ALGUIEN DE LA OCU O ALGUN EXPERTO LEGAL CONTESTARA A ESTA DUDA.
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