Si el que conduce no está metido en el seguro pasa algo?

Buenas tardes,

Soy el propietario del vehículo si bien nadie de los que van en el coche son el titular del seguro, si nos para la policía y nos piden los papeles, nos pasaría algo si nadie forma parte del seguro aunque yo sea el titular del vehículo?

Muchas gracias
Si lo que te preocupa es si otra persona puede conducir tu coche, la respuesta es sí, mientras se cumplan las condiciones que indique el contrato de seguro, y siempre que esa persona tenga carnet de conducir en vigor.

Quien tiene la obligación de asegurar el coche es el propietario. Si tú eres el dueño del coche y lo has asegurado, ya se cumple con la obligación. Los pasajeros sólo tienen la obligación de ponerse el cinturón de seguridad, y no ir "haciendo el cafre", pero no tienen por qué estar con nombre y apellidos en el seguro.

Ahora, hay una posibilidad: si por ejemplo viajas siempre con tu padre, tu padre podría asegurar el coche, y en ese caso, aunque el coche sea tuyo, tú quedas legalmente eximido de la obligación de asegurar el coche. Es decir lo que importa es que el coche esté asegurado, pero no es imprescindible que sea el propietario quien lo asegure, mientras alguien haya suscrito un seguro a terceros para ese coche.


Esto se regula en el artículo 2 del Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor
Quintiliano escribió:Si lo que te preocupa es si otra persona puede conducir tu coche, la respuesta es sí, mientras se cumplan las condiciones que indique el contrato de seguro, y siempre que esa persona tenga carnet de conducir en vigor.

Quien tiene la obligación de asegurar el coche es el propietario. Si tú eres el dueño del coche y lo has asegurado, ya se cumple con la obligación. Los pasajeros sólo tienen la obligación de ponerse el cinturón de seguridad, y no ir "haciendo el cafre", pero no tienen por qué estar con nombre y apellidos en el seguro.

Ahora, hay una posibilidad: si por ejemplo viajas siempre con tu padre, tu padre podría asegurar el coche, y en ese caso, aunque el coche sea tuyo, tú quedas legalmente eximido de la obligación de asegurar el coche. Es decir lo que importa es que el coche esté asegurado, pero no es imprescindible que sea el propietario quien lo asegure, mientras alguien haya suscrito un seguro a terceros para ese coche.


Esto se regula en el artículo 2 del Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor



Vale, es que el propietario soy yo pero no tengo carnet, lo conduciría otra persona que no esta en el seguro, ni el ni yo
skyrym escribió:Vale, es que el propietario soy yo pero no tengo carnet, lo conduciría otra persona que no esta en el seguro, ni el ni yo


Ningún problema. Sólo ten en cuenta que si el contrato de seguro establece que el conductor debe tener una experiencia de un mínimo de años, el conductor debe cumplir esa condición, y sinó, tendrías que comentarlo con la empresa de seguros y modificar el contrato para que le cubra expresamente, para evitar dudas.

Salu2
Generalmente hay condicionantes en el seguro que dicen que el conductor debe tener mas de X años de edad y mas de X el carnet...
si la otra persona lo va a conducir habitualmente, lo normal es ponerlo como conductor.

el problema no es tanto la policia, sino el comportamiento de la aseguradora en caso de accidente.
skyrym escribió:
Quintiliano escribió:Si lo que te preocupa es si otra persona puede conducir tu coche, la respuesta es sí, mientras se cumplan las condiciones que indique el contrato de seguro, y siempre que esa persona tenga carnet de conducir en vigor.

Quien tiene la obligación de asegurar el coche es el propietario. Si tú eres el dueño del coche y lo has asegurado, ya se cumple con la obligación. Los pasajeros sólo tienen la obligación de ponerse el cinturón de seguridad, y no ir "haciendo el cafre", pero no tienen por qué estar con nombre y apellidos en el seguro.

Ahora, hay una posibilidad: si por ejemplo viajas siempre con tu padre, tu padre podría asegurar el coche, y en ese caso, aunque el coche sea tuyo, tú quedas legalmente eximido de la obligación de asegurar el coche. Es decir lo que importa es que el coche esté asegurado, pero no es imprescindible que sea el propietario quien lo asegure, mientras alguien haya suscrito un seguro a terceros para ese coche.


Esto se regula en el artículo 2 del Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor



Vale, es que el propietario soy yo pero no tengo carnet, lo conduciría otra persona que no esta en el seguro, ni el ni yo

Los seguros tienen 3 partes en cuanto a las personas relacionadas con el vehículo y el seguro.
1- Propietario del vehículo.
2- Tomador del seguro.
3- Conductor del vehículo.

Y en esas 3 partes, pueden ser diferentes personas.
En mi caso por ejemplo, la propietaria legal del vehículo es mi madre, tomador del seguro (quién firma la póliza) soy yo, y conductor del vehículo también soy yo. Lo fundamental es que el conductor del vehículo sea quién lo conduce, el resto... da un poco igual. Y lo que les va a importar a las compañías aseguradoras es quién conduce el vehículo en cuanto a la edad y antigüedad del carnet de conducir.
Si esa persona que lo va a conducir de manera habitual no aparece en la póliza como conductor sí que podéis tener un problema. Si es una ocasión puntual, no pasaría nada. Por ejemplo, hay veces que por tema de movilidad (mi amigo es discapacitado) conduzco yo su coche para poder aparcarlo mientras él espera. En ese caso, no habría problema.
Las compañías hoy día suelen ponerse picajosas sobre todo si tomador y conductor son personas diferentes.
Yo no conozco de ninguna que ponga pegas, excepto a la hora de asegurar un ciclomotor, donde casi el 100% exige que propietario/tomador/conductor sean la misma persona (y además no aceptan conductores adicionales). Pero con coches/motos, sin problemas.
Si el coche está asegurado y conduce un crío de 18 años sin estar en el seguro y hay un siniestro lo va a cubrir la aseguradora sí o sí..., lo que pasa que como no les interesa te dicen que no puede por si acaso [looco]


Antes que os echéis al cuello, no lo digo por decir.., lo digo por experiencia.., trabajé 5 años en seguros y nos comimos varios siniestros de esos
Si pero luego el seguro puede reclamarle esos gastos al conductor judicialmente [sati]
Normalmente hay cláusulas en el contrato especificando que tipo de conductores pueden conducir o cuáles no. Normalmente el punto de corte suelen ser 25 años y más de X de Canet. Yo tengo 29 años, 6 años de carnet y conduzco coches en los que no aparezco en la póliza
Torres escribió:Si el coche está asegurado y conduce un crío de 18 años sin estar en el seguro y hay un siniestro lo va a cubrir la aseguradora sí o sí..., lo que pasa que como no les interesa te dicen que no puede por si acaso [looco]


Antes que os echéis al cuello, no lo digo por decir.., lo digo por experiencia.., trabajé 5 años en seguros y nos comimos varios siniestros de esos


lo cubre en el sentido de pagar al afectado no culpable lo que toque (reparaciones del vehiculo o de inmuebles o muebles afectados, gastos medicos, indemnizaciones, etc). pero luego al tenedor del seguro culpable lo canean como no esta en los escritos.

lo hacen hasta no siendo culpable si derivan gastos y teniendo el accidente el tomador, no lo van a hacer con culpabilidad y conduciendo "cualquier tolai".... le pueden meter al tenedor un palo del que no se levanta en la vida como no sea tocandole una loteria bien gorda.

de hecho por eso existe la figura del tenedor del seguro como entidad diferenciada del propietario y del conductor, porque es posible que sea uno o el otro (o en casos excepcionales, un tercero) y poder cubrir cualquier casuistica, esa entidad existe para distinguir "quien se hace cargo de responsabilidades en caso de problemas" (siniestro, etc), y la compañia de seguros, en seguros suscritos por particulares, dificilmente va a suscribir un seguro en donde el tomador no sea o el conductor o el propietario. generalmente lo primero.

a @skyrym . Tu eres el propietario del vehiculo. lo logico si no lo vas a conducir tu, es que el que lo vaya a conducir sea el tomador del seguro, es el tomador del seguro el que afronta responsabilidades frente a la aseguradora en caso de sucesos y el conductor frente a otras autoridades en determinadas circunstancias (frente a la policia y trafico en caso de infracciones de trafico, por ejemplo). la aseguradora ante un caso de que el propietario de un vehiculo no es el tomador y conductor le importa tres cojones, les da igual. el tema seria que tu fueras tomador sin ser conductor, que aparte de no suponer ninguna ventaja probablemente la compañia no aperturaria el seguro. aun asi, pueden darse casos. por ejemplo en vehiculos de empresa, pero suelen ser circunstancias especificas.

si tu pregunta es si tu puedes ser propietario y otra persona ser conductor y tomador del seguro, la respuesta es obviamente si.

si la pregunta es si tu puedes ser propietario y tomador del seguro, y otra persona conductor... la respuesta es si con matices. no supone ventajas operativas (a ti como tomador no te van a aplicar bonificaciones y en consecuencia bajar el precio porque no abra partes alguien que no seas tu), y la compañia probablemente no lo va a querer suscribir. el caso mas habitual de esto es "padre propietario del vehiculo e hijo conductor". en ese caso la compañia lo que va a querer es que el hijo sea el tomador (mas ventajoso para la compañia y las atribuciones de responsabilidad son directas). lo que muchas familias suelen hacer es que el padre sea el tomador (para aplicar las bonificaciones), y las compañias en ciertas condiciones lo admiten y en otras no, pero siempre especificando el conductor habitual en el que esas condiciones se van a dar y si en caso de parte el conductor es otro entonces NO se haran cargo (lo harán frente a terceros pero luego frente al tomador, tomaran medidas). otra opcion es que el hijo sea el tomador y el padre sea el "pagador", bien directamente especificando a la compañia los datos de pago o bien dando el dinero al hijo, pero ahi quien afronta responsabilidades frente a la aseguradora, que es el tomador, es el hijo, el conductor, que es la operativa normal que la compañia va a querer siempre aplicar, la responsabilidad directa.

pero si la pregunta es si tu puedes ser propietario y tomador y que conduzca el vehiculo otra persona que no esta especificada en la poliza como conductor, la respuesta es: como uso habitual, no. no porque la policia lo vaya a inmovilizar. si la persona tiene carnet y el seguro está en regla se le va a permitir circular, y como uso ocasional es viable. pero en caso de accidente quien va a tomar la responsabilidad? una persona que no conduce por los actos de una persona que no esta ni especificada en la poliza? como le digo al compañero torres, si, la compañia va a pagar lo que toque que se tenga que pagar pero luego va a coger al tomador de ese seguro y va a arder troya porque le va a querer sacar los higados en vida. y esa es la situacion en la que no te debes meter y la compañia no se va a querer meter, no porque le importes una mierda tu, el conductor o la otra parte, sino porque le costará un monton de dinero en caso de problemas y ese dinero se lo va a querer cobrar al tomador, con o sin juzgados de por medio.
GXY escribió:
Torres escribió:Si el coche está asegurado y conduce un crío de 18 años sin estar en el seguro y hay un siniestro lo va a cubrir la aseguradora sí o sí..., lo que pasa que como no les interesa te dicen que no puede por si acaso [looco]


Antes que os echéis al cuello, no lo digo por decir.., lo digo por experiencia.., trabajé 5 años en seguros y nos comimos varios siniestros de esos


lo cubre en el sentido de pagar al afectado no culpable lo que toque (reparaciones del vehiculo o de inmuebles o muebles afectados, gastos medicos, indemnizaciones, etc). pero luego al tenedor del seguro culpable lo canean como no esta en los escritos.

lo hacen hasta no siendo culpable si derivan gastos y teniendo el accidente el tomador, no lo van a hacer con culpabilidad y conduciendo "cualquier tolai".... le pueden meter al tenedor un palo del que no se levanta en la vida como no sea tocandole una loteria bien gorda.


Pero eso lo dices por decir o conoces casos??? Porque yo en 5 años y con muchos siniestros de estos no tuvimos a ninguna aseguradora que fuese a por el cliente..., supongo que a la hora de la verdad el juez da la razón al tomador del seguro y a la aseguradora no le interesa ir a juicio
he puesto un ejemplo de gravedad extrema, pero si, conozco casos de que una entidad frente a un siniestro producido por un conductor no especificado en la poliza, lo que hizo fue resolver el contrato no renovandolo (a posteriori de afrontar lo que correspondiera a consecuencia del suceso, claro).

para decirlo mas claro que con tecnicismos la gente se pierde: persona A es propietario, tomador y conductor. persona B que no esta especificada por ninguna parte conduce el vehiculo (con permiso de A, no es un robo), tiene un accidente leve en el cual la persona A no consta y se pasa parte.

compañia de seguros afronta lo que corresponda y seguidamente, le manda a A una carta diciendole que no le renueva la poliza y resuelve el contrato, dejando a A sin seguro, el cual te recuerdo que es obligatorio, retirando bonificaciones (lo cual va a BBDD de las compañias de seguros, con lo cual vayas a la que vayas todas te lo aplican) y resultando en tener que aperturar seguro con otra compañia, en peores condiciones.

dicho sea de paso, este caso que conozco es risas porque el accidente ocurrio un 31/12 a las 21hrs y se pasó parte el 4/01, y la carta en cuestion se recibió el 8/01 (por correo ordinario, nada de certificado que pueda tener fechas comprometedoras) con fecha 28/12 en la carta. con dos cojones y el delorean de doc brown, y si, eso lo hizo una compañia de seguros. pelayo para ser mas exactos.

a esa clase de consecuencias me refiero. y puede ser tan sencillo como que "A" y "B" sean colegas, compañeros de trabajo or whatever, salgan del trabajo y, por ejemplo, vayan en el coche al hospital porque a "A" se le ha caido una caja en el pie y esta dolorido y le pide a "B" que conduzca el coche hasta el hospital. este caso que digo es mas leve todavia porque "A" va en el vehiculo y hay una causa justificada que le impide la conduccion (ojo, porque por ejemplo salir perjudicado de un almuerzo copioso, juerga, boda or whatever NO es causa justificada para la compañia como para que un tercero no especificado conduzca el vehiculo)

las compañias de seguros son muy muy picajosas, y cuando les toca pagar dinero, buscan compensacion siempre en la persona que se haya atribuido responsabilidad (tomador del seguro). si es de otra compañia mejor, y si es el cliente, pues al cliente.
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