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katxan escribió:Veamos, el finiquito no es otra cosa que el dinero cotizado hasta el momento en que te das de baja de la empresa (o, en tu caso, en el momento que coges una excedencia). Es decir, un finiquito no es otra cosa que el dinero que ya has ganado . Tus vacaciones de verano las vas generando a lo largo de todo el año (cada x días trabajados genera uno de vacaciones, siempre con un mínimo de 30 al año). Lo mismo con el tema de paga de transporte u otros pluses que podais tener, como antigüedad, bolsa de beneficios y cosas así.
Es decir, si tú te vas ahora, bien definitivamente o con una excedencia, la empresa te paga el finiquito, que no es otra cosa que lo que ya has ganado. Las vacaciones que tengas acumuladas, como evidentemente no las vas a coger, te las pagan, y lo mismo con la parte proporcional de los pluses que puedas tener. Eso y no otra cosa es el finiquito, así que la respuesta es sí, te corresponde (aunque estando a primeros de marzo presumiblemente no será muy abultado).
Respecto a la otra pregunta, si vuelves es exactamente en las mismas condiciones que te fuiste, es decir, conservando categoría salarial, antigüedad (aunque lógicamente no te cuenta el año o años que estés de excedencia), tipo de contrato, etc. Lo único que no tienes garantizado es que el puesto de trabajo sea exactamente el mismo que dejaste, pero sí que tiene que ser uno acorde a tu categoría (especialista, oficial de primera o como sea que esteis clasificados). Vamos, que no te pueden poner a fregar suelos pero sí cualquier otra cosa que hagan tus compañeros de la misma categoría. No sé si me explico, pero si tienes alguna otra duda, pregunta.
Otra posible salida es que tú puedes negociar directamente con la empresa cualquier tipo de condiciones y proponerles lo que te de la gana. Si acepta, pues cojonudo, aunque por lo general no les gusta pero nada de nada que sus empleados se vayan a otras empresas (lo que me parece bastante lógico, pues se quiera o no, seguramente han realizado una inversión en formación de esa persona, por pequeña que haya podido ser). Eso sí, ya no se trataría de una excedencia, sino de un acuerdo personal entre la empresa y tú.
Este tipo de acuerdos rara vez se llevan a cabo, y suelen proponerlos generalmente las empresas en tiempos de cambios o de crisis, pocas veces parten del empleado y en este segundo caso, normalmente son rechazados, ya que las empresas prefieren utilizar en estos casos las vías de las excedencias, que ya están perfectamente reguladas y que no admiten ningún cambio.
La verdad es que este tipo de situaciones suelen ser bastante jodidas, porque una decisión en uno u otro sentido te puede cambiar totalmente la vida en un instante, y hasta que no se lleva a cabo no se sabe si se ha elegido bien o se ha cometido una cagada. El que no arriesga no gana contra más vale pájaro en mano que ciento volando. Suerte en cualquier caso.
luis7/14 escribió:Ole katxan. me lo has resuelto todo a la perfeccion,muchas gracias por todo y piensate en ser enlace sindical tendrias futuro