Buenas,
Llevo trabajando en una Corporación de Derecho Púbico (ojo, no es una Administración Pública) desde hace unos dos años y medio, a tiempo completo, en horario de mañanas..
El caso es que con el tema del COVID19, la Junta de Andalucía está como loca buscando personal que sustituya o complemente a sus trabajadores y solicita cubrir plazas de forma urgentísima (publicadas en el BOJA para echar la admisión con un plazo de 24 horas, imaginaos), de funcionario interino, por una duración de 3-6 meses, en todas las provincias de Andalucía, sin saber la jornada laboral (parcial o completa)
El caso es que ya han salido varias de estas y me he apuntado a una, por ver como va el tema. La necesidad es tan urgente que no se valoran a los candidatos, sino sólo por orden de llegada si cumplen con la titulación mínima y no están apartados de la función pública.
Se que los trabajadores públicos tienen una serie de limitaciones para estar pluriempleados (dos trabajos al mismo tiempo), conforme a la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.
Dado que en mi puesto actual, podría desarrollarlo en horario de tarde (aunque solicite una reducción de jornada) para compatibilizarlo con el de funcionario interino, he leído que hay que solicitar autorización a la administración para que permita dicha compatibilidad, siempre y cuando no haya conflicto de intereses entre ambos puestos de trabajo. El no hacerlo se considera sanción grave.
¿Es correcto?, ¿afecta por igual al funcionario interino que al de carrera?, ¿alguien ha estado en dicha situación?