Sobre los 400€ de ZP

Para que ZP me premie con los famosos 400€ tengo que cumplir la jornada laboral de 8 horas o con 6 horas también lo puedo cobrar? Yo trabajo 6 horas.
Ah, pero esperas que fuera en serio con ese tema? Entonces es que directamente ha comprado el voto... xD

P.D.: Es sólo un comentario jocoso, sin ninguna implicación política, porque a mi la política me la sopla.
Si te han retenido 400€ te daran los 400...pero en la nomina de Junio te darian 200€, y luego 33€ or mes hasta llegar a los 400€ :D

Imagino ke si te han retenido en el año 300€ pues te irian dando hata los 300...
Si no te retienen en nomina mas de 200 euros no veras nada en la nomina de Junio.
Pues va a ser que no voy a ver ni un duro X-D

Gracias tios
vengamy está baneado por "Clon de usuario expulsado"
novax escribió:Si no te retienen en nomina mas de 200 euros no veras nada en la nomina de Junio.


Eso no es cierto. En la nomina de Junio te quitaran toda la retención del IRPF hasta llegar a los 200 euros, es decir si te retienen 50 euros te descontarán esos 50 euros, si te retienen 300 euros te descontarán 200 euros.

En las nóminas de los siguientes 6 meses del año te descontarán de la retención la parte proporcional de los otros 200 euros.

Si finalizado el año no has cubierto con los descuentos de la retención los 400 euros entonces lo que te falte te lo descontarán de la declaración de Hacienda del año.

En definitiva, de un modo u otro todos los asalariados deben ver esos 400 euros.
Lo veo un poco lioso. ¿Lo podrías explicar mejor? Perdona.
Una duda que tengo sobre este tema de los 400 €.
Si trabajas todo el año te devuelven 400 Euros y si tienes un contrato de 8 meses la parte proporcional?? O no tiene nada que ver y te dan los 400 aunque trabajes solo unos meses??
vengamy está baneado por "Clon de usuario expulsado"
Mebsajerodepa escribió:Lo veo un poco lioso. ¿Lo podrías explicar mejor? Perdona.


A ver es sencillo, no nos van a dar nada simplemente nos van a reducir la retención en la nómina hasta un máximo de 400 euros. Esta reducción se practicará en dos tramos de 200 euros máximo cada uno.

El primero en junio:
- Si tu retención del IRPF es superior a 200 euros te descontarán 200 euros. Es decir si te retienen 300 euros restale 200.
- Si tu retención es inferior a 200 euros te descontarán todo.

El segundo de junio a final de año con el mismo baremo simplemente que los 200 euros restantes se reparten entre las seis nóminas de dichos meses. Es decir si cada mes te retienen 50 euros, por decir algo, te descontarán el porcentaje equivalente hasta llegar a esos 200 euros. En este caso serían unos 33 euros.

Si una vez llegado final de año los descuentos practicados a dichas retenciones no llegan a 400 euros podrás ver una rebaja equivalente a lo que te falta en la declaración de Hacienda ya sea devolviéndote dinero o descontándotelo del dinero que tienes que pagar al fisco.

Si aún no te queda claro plantéame dudas concretas para ayudarte mejor.
vengamy escribió:El segundo de junio a final de año con el mismo baremo simplemente que los 200 euros restantes se reparten entre las seis nóminas de dichos meses. Es decir si cada mes te retienen 50 euros, por decir algo, te descontarán el porcentaje equivalente hasta llegar a esos 200 euros. En este caso serían unos 33 euros.


Siento repetirme. Pero y si te retienen por ejemplo 200 al mes pero solo trabajas hasta octubre, que pasa?? Solo te devuelven la parte proporcional a los meses trabajados o te devuelven los 400 igualmente??
Y el año que viene se inventarán algo para sangrartelos de nuevo [+risas]
vengamy está baneado por "Clon de usuario expulsado"
strumer escribió:Siento repetirme. Pero y si te retienen por ejemplo 200 al mes pero solo trabajas hasta octubre, que pasa?? Solo te devuelven la parte proporcional a los meses trabajados o te devuelven los 400 igualmente??


Si te retienen 200 euros al mes supongo que será así:

En Junio te descuentan toda la retención y en los meses siguientes hasta octubre la parte proporcional de los 200 euros restantes. Siempre es la parte proporcional, Hacienda no va a ir caso por caso viendo la situación de cada uno.

Lo que falte ya se refleja en la declaración de Hacienda del año que viene. Esta es la parte más peliaguda se supone, que lo que no termines de recibir de los 400 euros este año se contabilizarán a la hora de hacer la declaración del año que viene. Y si no hago declaración? Evidentemente te quedas sin la pasta.
vengamy escribió:
strumer escribió:Siento repetirme. Pero y si te retienen por ejemplo 200 al mes pero solo trabajas hasta octubre, que pasa?? Solo te devuelven la parte proporcional a los meses trabajados o te devuelven los 400 igualmente??


Si te retienen 200 euros al mes supongo que será así:

En Junio te descuentan toda la retención y en los meses siguientes hasta octubre la parte proporcional de los 200 euros restantes. Siempre es la parte proporcional, Hacienda no va a ir caso por caso viendo la situación de cada uno.

Lo que falte ya se refleja en la declaración de Hacienda del año que viene. Esta es la parte más peliaguda se supone, que lo que no termines de recibir de los 400 euros este año se contabilizarán a la hora de hacer la declaración del año que viene. Y si no hago declaración? Evidentemente te quedas sin la pasta.


Ok, gracias. Mas o menos es como imaginaba.
Marcó eso en negrita porque sólo de pensar en los 1.800 Eur que tengo que pagar según el borrador que me enviaron, me empieza a doler todo.
imagino que en recursos humanos sabrán todo esto no ? a ver si ahora me pagan la nomina y me sigo cotizando lo mismo ese mes...
y es aplicable aun habiendo recibido 420€ del IRPF?

:-?
Una pregunta: el 2007 estuve todo el año currando, con un sueldo de 820 € limpios al mes (me retenian un 4% de irpf).
Este año toy en el paro, y ya he cobrado los 4 meses de subsidio.

¿merece la pena pedir el borrador por si sale algo a devolver?
osea que el año que viene me quitaran esos 400 por haber dejado de pagarlo.

vamos que no me dan nada. me lo dan ahora para quitarmelos en la proxima declaracion.
Y si tienes un sueldo fijo todo el año apalabrado con la empresa, en el que no influye lo que te retengan para cobrarlo? Te los devuelven o se queda la empresa con ellos?
no me he leido el hilo, pero hago un cortar y pegar de un mail que me ha llegado del sindicato:

LA PAGA DE 400 EUROS

EL Consejo de Ministros ha aprobado el viernes 18 de Abril, el Decreto- Ley de medidas fiscales que incluye entre otras medidas referente a los 400 euros.


El Real Decreto –Ley publicado en el B.O.E de 22 de Abril y Real Decreto de desarrollo de la norma se publicará previsiblemente a mediados de mayo, con entrada en vigor de 1 de Junio.



En relación a esta medida interesa destacar los siguientes aspectos:



a) No tiene incidencia alguna en la campaña de la renta del 2007.

b) Tiene el carácter de deducción de la cuota liquida del impuesto solo para aquellos que perciben rentas del trabajo o actividades económicas. ( incluido pensionistas )

c) El abono de los 400 euros se efectuara mediante un ajuste de retenciones del trabajo soportadas en 2008 o de pagos fraccionados de actividades realizadas en 2008 por lo que solo afecta a aquellos que tengan saldo suficiente al efecto. En ningún caso tiene el carácter de impuesto negativo.



La recuperación se efectuara de la siguiente forma:







1) Trabajadores:



Nomina mes de junio: (Es la nomina que cobra en julio) deducción de 200 euros como Máximo en las retenciones soportadas.

Nomina de Julio a Diciembre: La recuperación del resto hasta llegar a los 400 euros.

( se efectuara vía bajada del tipo de retención que ahora, a los exclusivos efectos de tener en cuenta este ajuste, admite hasta dos decimales.)



Hay que tener en cuenta las siguientes exclusiones:



PRIMERO: Aquellos trabajadores que no tengan retenciones superiores a los 400 euros en el año, el importe máximo solo se extiende hasta la cantidad retenida.



SEGUNDO: Aquellos que en la nomina del mes de junio no alcance los 200 euros, solo podrán recuperar en ese mes el importe máximo que le correspondiese retener en la mensualidad, y el resto hasta los 400 euros repartidos en las nominas del periodo de julio a diciembre.

TERCERO: También se recogen dentro de la medida a los pensionistas.





ESPERAMOS QUE ESTA INFORMACION OS SIRVA DE AYUDA
Patfer escribió:Y si tienes un sueldo fijo todo el año apalabrado con la empresa, en el que no influye lo que te retengan para cobrarlo? Te los devuelven o se queda la empresa con ellos?


No se en que sector trabajas pero la mayoria tienen un suledo fijo todos los meses (quitando pagas etc...), ademas que saldrá en tu contrato. No le des la vuelta a las cosas, nadie negocia un salario diciendo... yo quiero cotizar 1000 euros al mes a la SS con una retencion del 16% de IRPF, todo el mundo dice, yo quiero ganar limpios 1300 euros, es la empresa la que luego ajusta la base de cotizacion, prestaciones etc... Si tu cada nomina cotizas 300 euros de IRPF pues eso en esta nomina no te los quitan y listo, y los cobraras. No se si me explico. Tu cuando negociaste ese sueldo fijo todos los meses dijiste:
yo quiero fijo al mes 1200 venda lo que venda (por ejemplo estoy suponiendo que eres comercial)
Si la empresa acepta pues hará sus cuentas para que en tu nomina todo cuadre y despues de descontarte todos los impuestos etc... se te quede en 1200 euros.
La diferencia en este mes de Junio y sucesivos es que la empresa en vez de darle al estado esos 300 euros por ejemplo que tu cotizas de IRPF le va a dar 100 al estado y 200 a ti.
Coge una nomina que tengas a mano y mira lo que cobras "bruto" y como te van restando impuestos y aportaciones.

Un saludo
P.D. Creo que la parte donde comento lo de que la empresa da al estado es mas o menos asi, pero vamos, que no soy yo de la rama de economicas y empresariales para saber esto.
(mensaje borrado)
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