Acabo de mirar el contrato y pone esto:
"A pagar por mensualidades anticipadas y con revision ANUAL"
Y en otra clausula pone:
"Actualizacion de la renta: La renta se actualizara, por el arrendador o por el arrendatario, durante los cinco primeros años de duracion del contrato, en la fecha que se cumpla cada año de vigencia de este, aplicando a la renta correspondiente que se viniera pagando en el momento de la actualziacion la variacion porcentual experimentada por el Indice General del Sistema de Indice de Precios al Consumo fijado por el Instituto Nacional de Alava, en un periodo de doce meses inmediatamente anteriores a la fecha de cada actualizacion, tomando como mes de referencia para la primera actualizacion el que corresponda al ultimo indice que estuviera publicado en la fecha de celebracion del contrato y en las sucesivas el que coreresponda al ultimo aplicado. Se tomara siempre como base para cada cuatliacion la renta acumulada por las anteriores actualizaciones.
La actualizacion sera notificada, por la parte interesada a la otra, por escrito, siendo valida la notificacion efectuada por nota en el recibio de la mensualidad del pago precedente."
En el contrato esta estipulado claramente, asi que o el ilegal o tienen toda la razon. Pero respecto a pagarles los 3 meses anteriores, el ultimo parrafo lo contradice, no? Estos temas legales son muy farragosos >_<