Muy buenas
A ver si alguien por aquí conoce del tema.
Si se está cobrando el subsidio por agotamiento de prestación (ese de 426€ que podemos cobrar cuando se nos termina el paro) y encuentro trabajo, en la declaración de la renta (a realizar el próximo año) se debe incluir ese ingreso como rendimiento de trabajo? Entiendo que el paro como tal sí, lo que no encuentro información es sí el subsidio cuenta.
Entiendo que si los rendimientos por trabajo (sin contar el subsidio) no superan los 22000€ no es obligatorio declarar (1 pagador). Ahora, si el subsidio cuenta como rendimiento (o pagador) y supera los 1500€, entonces es obligatorio declarar si el total es superior a 12000€.
En resumen, si el subisidio cuenta es obligatorio declarar (+12000€), si no cuenta, entiendo que no (-22000€). Pero claro, la gran duda es: el subsidio cuenta como rendimiento por trabajo?
Un saludo y muchas gracias
hecluro