Suspensión de empleo y sueldo

Buenas, vengo del trabajo y me surgió una duda que es algo que ya ha pasado en varias ocasiones y la verdad no sé si es legal.

Durante estos años algún compañero que otro ha sido sancionado de empleo y sueldo (yo por ahora no) y me resulta curioso que los han sancionado un viernes, sábado y domingo.

Es algo que no sé si es lógico o legal, si trabajamos nuestras 40 horas semanales de lunes a viernes, Como te pueden restar un sábado y un domingo?

Veo normal que te quiten el viernes, pues de lunes a jueves has hecho 32 horas de las 40 semanales, pero si ya has cumplido la jornada semanal no veo normal que te quiten el fin de semana cuando tú realmente no trabajas esos días, por lo cual no te pueden suspender de empleo.

Y en un día festivo lo mismo, te pueden suspender de empleo y sueldo?
Igual que te pagan las vacaciones, que son tu descanso legal, te pagan los fines de semana, por lo mismo.

Si miras una nómina suelen venir los días por los que te pagan y son siempre 30. Ni 31 ni 28. Siempre pone 30.

Suspender de empleo y sueldo un fin de semana es una forma bastante cerda de quitarte un poco de tu sueldo, sin que dejes de trabajar tus horas.

Tengo la duda de si será legal hacerlo, pero imagino que vayan por ahí los tiros
En el convenio o en el contrato debe marcar las horas anuales a trabajar. Si por rotación son de más tocan horas de exceso. Supongo que será el caso y se ha restado de ahí. Si no, no no es legal ya que te están sancionando de sueldo pero no de empleo 2 días

En mi empresa buscan lo contrario (se suele trabajar con distintas rotaciones, cambiando la libranza), que la sanción quede entre medias de libranza y entre semana. Que el castigo no sea te regalo un puente que ni el de la constitución (sin cobrarlo eso sí)
Según Google depende del convenio, pero sí es legal. Se puede recurrir, eso sí.
@eXpineTe No es correcto, la nómina puede calcularse en meses (siempre 30) o en días (28,29,30 o 31)
La suspension de empleo y sueldo se cuenta en dias naturales. Eso si, la empresa ha hecho una cerdada, te descuentan el sueldo pero tu a seguir trabajando.

Yo hablaria con un abogado.
akiestoy escribió:@eXpineTe No es correcto, la nómina puede calcularse en meses (siempre 30) o en días (28,29,30 o 31)


Y esos días, a su vez, verse reflejados en la nómina en forma de horas. Mismamente es el caso con mis nóminas.
Habría que ver si esas sanciones se han producido como es debido. ¿Cómo se calificaron: falta muy grave, grave o leve?
7 respuestas