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eyetoy escribió:Trabaja en una zapatería de Barcelona, pero vaya lo veo exagerado lo que le han descontado. Por esos 9 días,
Haber que le dicen.
KindapearHD escribió:Si te sirve de algo, siendo funcionario interino en mi caso es así respecto a la baja por enfermedad común, que es la única que conozco personalmente:
- Cobras desde el primer día de baja, al menos es así en mi ayuntamiento, por convenio.
Si estás de baja y se te acaba el contrato, pasas a la mutua de turno y es:
-El 70% del sueldo durante los 6 primeros meses. El resto, 60%. A esos %, te pagarán en bruto X cantidad. Réstale impuestos.
Como digo, en mi caso, fue así.
Saludos.
GXY escribió:KindapearHD escribió:Si te sirve de algo, siendo funcionario interino en mi caso es así respecto a la baja por enfermedad común, que es la única que conozco personalmente:
- Cobras desde el primer día de baja, al menos es así en mi ayuntamiento, por convenio.
Si estás de baja y se te acaba el contrato, pasas a la mutua de turno y es:
-El 70% del sueldo durante los 6 primeros meses. El resto, 60%. A esos %, te pagarán en bruto X cantidad. Réstale impuestos.
Como digo, en mi caso, fue así.
Saludos.
los funcionarios su relacion laboral no esta regulada por estatuto de los trabajadores, sino por el TREBEP (estatuto basico del empleado publico), y sobre este, hay convenios por administracion/organismo y CCAA,
ojo. funcionarios "de carrera". el personal laboral aunque trabajen en los mismos organismos, no son funcionarios. esos estan bajo estatuto de los trabajadores mas sus correspondientes convenios sectoriales o de empresa.
en el caso de los funcionarios, si. practicamente todos cobran el 100% desde el dia 1 de baja... lo cual es paradojico porque es de los sectores con mas dias de baja por año (es decir, con mas "abstencionismo laboral").
lo cual me lleva a que las tecnicas "anti abstencionismo" en base a las cuales se realizan estos descuentos al salario, o se justifican despidos procedentes... no son realmente "lucha contra el abstencionismo" sino una excusa como cualquier otra para reducir los costes laborales y laminar los derechos de los trabajadores (en este caso, el derecho a "ponerse malo").
y por cierto, yo tambien en su momento cometi ese fallo... pero es un fallo y gordo.
si recibes un daño o tienes una merma fisiologica en el trabajo NUNCA OCULTES QUE OCURRIO EN EL TRABAJO Y QUE SE DEBE AL TRABAJO. la mayoria de las veces no conduce a ninguna diferencia igualmente porque las clasificaciones de enfermedad profesional son una puta broma en la mayoria de los casos y en muchos que no lo es, igualmente las mutuas hacen "su trabajo" de poner la duda para que se califique como "profesional" algo ocurrido durante la actividad laboral (por ejemplo dolores de espalda posturales, etc) para que pasen por enfermedad comun que se trae el trabajador de su vida diaria y no enfermedad profesional cuya responsabilidad corresponde al empleador.
pero ocultar que el problema proviene del trabajo, no beneficia en nada nunca al trabajador. y la mayoria de las veces tampoco exime de que te despidan igualmente.
ademas hay otra complicacion con esto que mucha gente desconoce o no obra adecuadamente. si tu cobertura de salud general es de la seguridad social / sistema publico, a donde tienes que ir cuando tienes un problema es a tu medico de cabecera, centro de salud u hospital publico... pero si el problema lo tienes mientras trabajas o a causa del trabajo, a donde tienes que ir NO es a tu centro de salud u hospital del servicio publico, sino al centro asistencial u hospital con convenio con la compañia aseguradora que tenga contrato con la empresa en la que trabajas (y que si no sabes cual te corresponde, la empresa te debe facilitar la informacion). ojo con los fallos con esto que no sera el primero que se tiene que comer una factura bien gorda por haber ido a donde no tocaba.
a_ndres_ escribió:aprovecho el hilo abierto
tengo a la abuela de la mujer en el Hospital ya al fin de su vida (cancer) y tenia que quedarme una noche yo a su cuidado; mirando el tema de pedir el día pone que por ser de segundo grado de afinidad se tiene derecho pero al ser familiar de mi pareja no me queda claro del todo
a_ndres_ escribió:aprovecho el hilo abierto
tengo a la abuela de la mujer en el Hospital ya al fin de su vida (cancer) y tenia que quedarme una noche yo a su cuidado; mirando el tema de pedir el día pone que por ser de segundo grado de afinidad se tiene derecho pero al ser familiar de mi pareja no me queda claro del todo