Tema herencias

Hola buenas,

Mi abuela falleció a principios de anyo, y mi padre ha heredado un dinero de la venta de un piso, de ese dinero nos quiere dar una parte a mi y mi hermano (10k Eur), yo no soy heredero directo ese es mi padre, sabéis si tendría que pagar yo impuestos de esa herencia?

Yo no tributo nada en Espana, mi sueldo está en Londres, en Spain solo tengo una cuenta de Openbank a la que pasamos dinero para gastar cuando vamos de viaje

alguien tiene idea?

Saludos


esto sirve para mi padre que es el que recibe la herencia y tributa por ella, pero qué pasa conmigo? para mí es un regalo de 10mil Eur... lo tengo que tritbutar?
@mglon seguramente te has que pagar impuestos por ello si, otra cosa sería que lo donase en vida, que no heredar....
mglon escribió:


esto sirve para mi padre que es el que recibe la herencia y tributa por ella, pero qué pasa conmigo? para mí es un regalo de 10mil Eur... lo tengo que tritbutar?


Sorry for your loss ;)

De la parte Española espera un poco a ver si viene alguien que esté bien puesto en estos temas ( @martuka_pzm ???)

De la parte Británica no tienes que hacer absolutamente nada, ya que lo que tú recibes se considera donación aquí (no herencia), y de las donaciones quien paga impuestos es el que dona. Como mucho, ten algo de papeleo a mano cuando vayas a traer el dinero, por si saltara algún control de anti-laundry....
Yo por esa cantidad " tan pequeña" no haria nada, que te meta una gran parte en esa cuenta de vacaciones en varias veces que vayais, y la otra en cash, nadie se va a molestar en investigar eso si lo haces asi.
Lo que la ley dice es que el que recibe una donación tiene que pagar por ella.

Si el dinero está en España tienes que tributar en España. Si están en otro país y tú no resides en España no (tendrás que mirar en cuál de los dos países tienes que tributar: aquel en que esté el dinero o aquel en el que seas residente fiscal).
@mglon
Como te dicen eso es una donación y tendrás que pagar, más o menos dependiendo de la comunidad autónoma, lo mejor…..al no ser mucho dinero que lo saque tu padre del banco y os lo de en efectivo, así no hay problemas, lo vais gastando poco a poco y ya está
La solución es sencilla: que te vaya ingresando en la cuenta de vez en cuando una cantidad en la que ponga cosas como regalo muebles, viaje, etc.

Otra opción que conocí a una chica a la que su tía le regaló 10.000€ (su herencia en vida) fue ingresando cantidades de unos 300-600€ mediante familiares y amigos distintos y en el concepto ponían: regalo boda. Tardó unos dos meses en hacerlo.

Y la tercera opción que se me ocurre es que te lo de en negro y vayas ingresado y gastando poco a poco.
Si tu padre ya pago impuestos lo mejor es que te lo de en efectivo-negro o te lo ingrese de a poco como regalo para que no tributen dos veces por el mismo dinero
Depende de la Comunidad Autónoma.
martuka_pzm escribió:Lo que la ley dice es que el que recibe una donación tiene que pagar por ella.

Si el dinero está en España tienes que tributar en España. Si están en otro país y tú no resides en España no (tendrás que mirar en cuál de los dos países tienes que tributar: aquel en que esté el dinero o aquel en el que seas residente fiscal).


pero, el que recibió la donaciøn es mi padre, y ya ha tributado por ella, lo mio si acaso es un regalo o "ayuda familiar" que me hace mi padre, no es distinto?
mglon escribió:
martuka_pzm escribió:Lo que la ley dice es que el que recibe una donación tiene que pagar por ella.

Si el dinero está en España tienes que tributar en España. Si están en otro país y tú no resides en España no (tendrás que mirar en cuál de los dos países tienes que tributar: aquel en que esté el dinero o aquel en el que seas residente fiscal).


pero, el que recibió la donaciøn es mi padre, y ya ha tributado por ella, lo mio si acaso es un regalo o "ayuda familiar" que me hace mi padre, no es distinto?


Lo que tu padre recibiría es una herencia, no una donación.
Tú recibirás la donación (llámalo regalo si quieres, pero es una donación).

La donación es dar algo de forma gratuita en vida.
La herencia es traspasar tu bienes una vez muerto.
Son dos cosas distintas como dices pero ambas sujetas a impuesto. Ejemplo tonto. Tu compras una casa y pagas IVA. Luego la vendes y el que la compra paga ITP.

En este caso igual. Tu padre paga impuesto sobre sucesiones y tú pagas impuesto sobre donaciones.
martuka_pzm escribió:
mglon escribió:
martuka_pzm escribió:Lo que la ley dice es que el que recibe una donación tiene que pagar por ella.

Si el dinero está en España tienes que tributar en España. Si están en otro país y tú no resides en España no (tendrás que mirar en cuál de los dos países tienes que tributar: aquel en que esté el dinero o aquel en el que seas residente fiscal).


pero, el que recibió la donaciøn es mi padre, y ya ha tributado por ella, lo mio si acaso es un regalo o "ayuda familiar" que me hace mi padre, no es distinto?


Lo que tu padre recibiría es una herencia, no una donación.
Tú recibirás la donación (llámalo regalo si quieres, pero es una donación).

La donación es dar algo de forma gratuita en vida.
La herencia es traspasar tu bienes una vez muerto.
Son dos cosas distintas como dices pero ambas sujetas a impuesto. Ejemplo tonto. Tu compras una casa y pagas IVA. Luego la vendes y el que la compra paga ITP.

En este caso igual. Tu padre paga impuesto sobre sucesiones y tú pagas impuesto sobre donaciones.


muchas gracias Martuka,

a) hay alguna calculadora online para ver cuanto podría ser ese impuesto de donaciones? (ya me han explicado los companeros multiples maneras de evitar pasar por este trámite, pero me gustaría saber cuanto costaria hacerlo por lo legal)

b) yo como he mencionado resido en Londres, y es más mi domicilio para ellos es UK, así que cual impuesto de donaciones se me aplicaria en teoria? porque tengo entendido que cambia segun comunidades autonomas...
¿Las donaciones se pagan desde donde reside el donante o desde donde reside el beneficiario?

¿No había CCAA que redujeron este impuesto al 1% cuando era de padres a hijos?
mglon escribió:
martuka_pzm escribió:
Lo que tu padre recibiría es una herencia, no una donación.
Tú recibirás la donación (llámalo regalo si quieres, pero es una donación).

La donación es dar algo de forma gratuita en vida.
La herencia es traspasar tu bienes una vez muerto.
Son dos cosas distintas como dices pero ambas sujetas a impuesto. Ejemplo tonto. Tu compras una casa y pagas IVA. Luego la vendes y el que la compra paga ITP.

En este caso igual. Tu padre paga impuesto sobre sucesiones y tú pagas impuesto sobre donaciones.


muchas gracias Martuka,

a) hay alguna calculadora online para ver cuanto podría ser ese impuesto de donaciones? (ya me han explicado los companeros multiples maneras de evitar pasar por este trámite, pero me gustaría saber cuanto costaria hacerlo por lo legal)

b) yo como he mencionado resido en Londres, y es más mi domicilio para ellos es UK, así que cual impuesto de donaciones se me aplicaria en teoria? porque tengo entendido que cambia segun comunidades autonomas...


Podrás optar por la normativa estatal o la relativa a la CCAA donde se hayan encontrado los bienes durante mayor número de días en los últimos 5 años.
Ejemplo: tú abuela vivía en Madrid y tu padre también. Así que la CCAA por la que podrías optar es Madrid.

Respecto a calculadoras pues la verdad es que no lo sé. Sería cuestión de buscar por Google y algo saldrá supongo.
Si te sirve de algo, a mi me acaban de donar una vivienda en vida mi madre, en la comunidad de Madrid y he pagado un 1% del valor de la vivienda y luego la plusvalía del ayuntamiento también bonificada por ser mi madre.

Yo creo que sí haces todo legal Tributaria tu padre por la herencia y luego tú por la donación. 10k lo haría en negro en billetes pequeños de números de serie no correlativos xd
16 respuestas