Tema laboral (Pagas extra y Vacaciones)

Buenos días eolianos. Hace un par de meses o así os escribí desesperado porque mi empresa no me contrataba y me liberaba de la ETT (me lo prometieron). Al fin se cumplió y desde el día 3 de Noviembre estoy contratado con contrato indefinido...

Tengo un par de dudas, aver si algun eoliano puesto en el tema me aclara.

Si entré el 3 de Nov., me corresponde paga extra ahora en Diciembre?. Segun RRHH si, pero nose si se hace el calculo con devengo semestral o anual. Segun el convenio:
Articulo 35. - Gratificaciones de verano y navidad

Se establecen dos pagas extraordinarias por importe cada una de ellas, de un mes de salario real, abonables los días 15 de los meses de Julio y Diciembre.

Las aludidas gratificaciones serán concedidas proporcionalmente al tiempo de permanencia en la empresa, prorrateándose cada una de ellas por semestres naturales.


La otra duda:
Cuando finalicé contrato con la ETT, no me pagaron ni finalización de contrato ni vacaciones ni pagas extra. En las nóminas ETT aparece prorrateado las pagas y la indemnización fin contrato. Vacaciones no. Así que lo he pedido, pero me dicen que estaba prorrateado y en las nominas como digo, no aparece ningun concepto de Vacaciones.

Un saludo y mil gracias!
s4lx1 escribió:Las aludidas gratificaciones serán concedidas proporcionalmente al tiempo de permanencia en la empresa, prorrateándose cada una de ellas por semestres naturales.[/spoiler]


Se cuentan por semestres, por tanto te corresponderá el equivalente a 2 meses. más o menos un 33% de la paga

s4lx1 escribió:Cuando finalicé contrato con la ETT, no me pagaron ni finalización de contrato ni vacaciones ni pagas extra. En las nóminas ETT aparece prorrateado las pagas y la indemnización fin contrato. Vacaciones no. Así que lo he pedido, pero me dicen que estaba prorrateado y en las nominas como digo, no aparece ningun concepto de Vacaciones.



Las ETT lo prorratean todo. Las vacaciones probablemente las habrás disfrutado. Compruébalo con el Certificado de Empresa. Aparece abajo del todo a la izquierda en una casilla que habla de vacaciones.
suskie escribió:
s4lx1 escribió:Las aludidas gratificaciones serán concedidas proporcionalmente al tiempo de permanencia en la empresa, prorrateándose cada una de ellas por semestres naturales.[/spoiler]


Se cuentan por semestres, por tanto te corresponderá el equivalente a 2 meses. más o menos un 33% de la paga

s4lx1 escribió:Cuando finalicé contrato con la ETT, no me pagaron ni finalización de contrato ni vacaciones ni pagas extra. En las nóminas ETT aparece prorrateado las pagas y la indemnización fin contrato. Vacaciones no. Así que lo he pedido, pero me dicen que estaba prorrateado y en las nominas como digo, no aparece ningun concepto de Vacaciones.



Las ETT lo prorratean todo. Las vacaciones probablemente las habrás disfrutado. Compruébalo con el Certificado de Empresa. Aparece abajo del todo a la izquierda en una casilla que habla de vacaciones.


Respondiendo a la negrita, existe otra posibilidad.

En ocasiones las pagas extras se calculan anualmente, es decir, la de "navidad 2014" por el año natural 2014, y la futura "verano 2015" por el año transcurrido desde el verano 2014 a verano 2015.

No se si me explico bien. El caso, si fuera asi, en esta paga de navidad, al llevar 2 meses, te corresponderian 2/12 o 1/6 de paga extra. Cobras menos que en el caso que dice el compañero, pero la ventaja es que estarías generando parte de la paga de "verano 2015" con estos 2 meses de 2014.

Espero haberme explicado bien.
Su convenio dice que las pagas extras se meritan semestralmente. A no ser que tengan convenio propio, deberia contarse como yo le dije.
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