Solo he buscado un poco, pero creo k son varios los campos en k se puede atacar en defensa legítima...y creo tb vale para quien se haya descargado si kiere 100 cuentas en su misma consola, pues en todo caso os banean acusandoos de fraude y eso hay k demostrarlo...
Son demasiados los campos en los que es denunciable y dando la brasa oportuna creo que podéis conseguir un desbaneo........no rogándoles k os debaneen a los de microsoft pa k se mofen en vuestra cara.....sino rogando retiren del mercado (con modo brasa on) a todas las utoridades competentes europeas XBOX 360 y, asimismo, y por las mismas circunstancias, veten la entrada en el mercado de xbox one. Asimismo, estaría bien k el k lo vaya a hacer 1º lo publique varias veces en los foros de servicio técnico de 360 y guarde pruebas antes de k os lo borren sin contestar (Capturas de pantalla y demases)...
..y es k recordad .......la mejor defensa siempre es un buen ataque.
Un poco de todo:
Centro Europeo del Consumidor: Defensa y protección del Consumidor en la Unión Europea
http://ec.europa.eu/spain/servicios/pun ... dex_es.htmRegla nº 1. Si no han pasado 2 años…garantía.
Ejemplo: No siempre resultan evidentes los defectos de los productos adquiridos….al pcpio funcionaba el live, ahora NO.
Regla nº 2: Recibe aquello por lo que pagaste: Si has comprado un artículo en la UE y resulta que no es o no funciona según lo anunciado, el vendedor debe repararlo o cambiarlo sin coste adicional alguno, o bien aceptar que lo devuelvas.
La nueva legislación de la UE ofrece más derechos al contratar servicios en el extranjero, por ejemplo:
• en compras por Internet…Para estos y otros tipos de servicios, tienes derecho a contratar a un proveedor que viva en otro país de la UE sin que pueda haber
• precios discriminatorios
• rechazo por parte del proveedor a ofrecerte su servicio simplemente porque vivas en otro país de la UE.
Sin embargo, el proveedor puede estar en su derecho de negarte la prestación de los servicios si tiene razones objetivas para hacerlo.
Ejemplo
Haz valer los nuevos derechos que te reconoce la legislación europea
Actualmente, muchas empresas y profesionales que ofrecen sus servicios en la UE discriminan a los clientes que viven en otro país europeo. Algunos probablemente continuarán actuando de este modo, incluso con la entrada en vigor de las nuevas normas de la UE.
Tus derechos no se respetan cuando una tienda en Internet no quiere venderte un producto, un supermercado se niega a darte la tarjeta de cliente o te ves obligado a pagar más para reservar tus vacaciones simplemente porque vives en otro país de la UE.
Para recibir asesoramiento sobre la forma de defender tus derechos en estas y parecidas situaciones, dirígete al Centro Europeo del Consumidor de tu país
Antes de ofrecer sus servicios, los comerciantes de la UE tienen la obligación de facilitar sus datos de contacto e información detallada sobre:
• las principales características del servicio y su precio
• las condiciones que aplican
• las autoridades competentes o los organismos profesionales responsables de supervisarlos.
Trato abusivo
Actualizado : 2/2013
Prácticas comerciales abusivas
Ver todo
Al comprar productos y servicios en cualquier lugar de la UE —ya sea en una web o una tienda de tu ciudad o a un comerciante de otro país—, la legislación europea te protege frente a prácticas comerciales desleales.
Al publicitar, vender o suministrar productos, las empresas deben darte información exacta y suficiente (infórmate de tus derechos a la información online) para que puedas decidir si compras o no con conocimiento de causa. De lo contrario, su actuación podría considerarse abusiva. Consulta la sección "Recursos" para saber qué medidas puedes tomar.
Prácticas engañosas y agresivas
Tienes protección frente a dos grandes tipos de prácticas comerciales desleales:
• prácticas engañosas, ya sea por acción (dar información falsa) o por omisión (ocultar información importante), y
• prácticas agresivas para forzarte a comprar.
La Lista Negra: prácticas comerciales prohibidas en todos los casos
Con la Lista Negra se puede saber fácilmente qué prácticas comerciales están prohibidas en cualquier circunstancia. Si aparece en la lista, la práctica se considera automáticamente prohibida.
Prácticas prohibidas más habituales:
Protección de consumidores vulnerables
Los vendedores no pueden recurrir a prácticas que se aprovechen de los consumidores vulnerables: niños, personas que padecen enfermedades o adicciones, etc. Así, por ejemplo, es ilegal presionar a los niños para que compren un producto o insistan para que se lo compren sus padres.
Puede haber otras prácticas que no figuren en la "Lista Negra" o no se correspondan con estos criterios, pero que tú consideres abusivas. Infórmate en tu organización nacional de consumidores o en la Red de Centros Europeos del Consumidor
Prácticas desleales de fijación de precios
La competencia desleal, también llamada comportamiento anticompetitivo, son las prácticas en teoría contrarias a los usos honestos en materia de industria y de comercio. Se refiere a todas aquellas actividades de dudosa honestidad (sin necesariamente cometer un delito de fraude) que puede realizar un fabricante o vendedor para aumentar su cuota de mercado, eliminar competencia, etc.
Algunas prácticas de competencia desleal son:
1. Dumping de precios: vender a un precio inferior al coste del producto.
2. Engaño: hacer creer a los compradores que el producto tiene un precio diferente al real.
3. Denigración: difundir información falsa sobre los productos de los competidores, o publicar comparativas no relevantes. Según el país la protección contra esta figura es mayor o menor. En Estados Unidos se permiten las comparativas en mayor medida que en Europa.
4. Confusión: buscar parecerse a un competidor para que el consumidor compre tus productos en vez de los del competidor. Es muy frecuente usar para ello marcas o diseños parecidos.
5. Dependencia económica: exigir condiciones leoninas al proveedor cuando se le compra casi toda su producción. Dado que el proveedor depende de estas ventas para la existencia de la empresa, tendría que aceptarlas.
6. Desviación de la clientela y explotación de la reputación ajena son otros tipos de actos de competencia desleal.
No todos los casos de me too o look alike se constituyen en casos de competencia desleal. Ya que la imitación del establecimiento, de las prestaciones mercantiles está permitida, salvo que se trate de imitación exacta y minuciosa.
Para efectos de que una conducta sea calificada como desleal se requiere que se cumplan ciertos ámbitos de aplicación, como son: el territorial, el objetivo y el subjetivo.
Carta al Parlamento Europeo y cualquier otra autoridad en distintas materias (son muchas):
XBOX 360 lleva a cabo prácticas de competencia desleal en el mercado europeo; y lo que es más grave, mediante aprovechamiento de las adicciones de sus usuarios y venta de productos con defectos encubiertos.
Esas prácticas de competencia desleal son las siguientes:
Vende productos defectuosos y con defectos encubiertos (XBOX 360) en los que, en la caja, anuncia que una función esencial de los mismos es en servicio online (xbox live), función de esencial que deja de prestar arbitrariamente y de manera confusa y sin dar explicaciones ni motivo razonable y sin existir causa de fuerza mayor, mediante lo que se denomina “baneo”. El baneo supone que, en el mejor de los casos (baneo de producto) tu producto se queda convertido en una auténtica caja de zapatos, pues pierde todas sus virtudes esenciales de comunicación, actualización, etc…
En el peor de los casos (baneo de perfil como comprador), además, roba elementos de tu propiedad comprados legalmente (delito) y se mete dentro de la esfera de derechos que afectan a la intimidad y privacidad de las personas, mediante destrozo de datos de carácter personal.
Realiza prácticas de competencia desleal para vender más consolas y superar a su competencia japonesa, aprovechándose de la adicción de sus usuarios a los que deja indefensos…¿cómo?...se dedica a poner juegos gratis y filtrar dicha información, para después justificar un “baneo” por bajarlos, obligando a esos usuarios adictos, o cuando menos con gran cantidad de productos que quedan iso facto inservibles a comprarse otra consola para poder utilizarlos. La dependencia es objetiva y obvia y no cabe mirar a otro lado teniendo en cuenta el sector de ocio actual que ocupan este tipo de plataformas, habiendo superado claramente a música, cine y lectura. Un usuario que se ha gastado más de 1.000 euros en productos para usar en esa plataforma se ve obligado a dejarlos sin uso…………o comprarse otra consola si quiere seguir utilizándolos., que es lo que hará normalmente.
Asimismo, si un usuario se equivoca de botón…tb es susceptible de baneo…si un usuario se tira un peo tb, etc…
Por todo lo anterior y más queráis ir añadiendo (que esto sólo sale buscando 15 minutos)…ruego retiren del mercado europeo la consola xbox360, por suponer un grave atentado contra los consumidores de la Unión al establecer clausulas contradictorias, abusivas y engañosas, aprovecharse de la adicción de las personas para vender más y realizar clara competencia desleal en su sector.
Asimismo, ruego verifiquen con los controles necesarios y, hasta entonces, veten la entrada en el mercado europeo de xbox one, que se entiende va a seguir por el mismo camino de practicas abusivas y desleales con mayor intromisión en la intimidad/`privacidad de las personas.
Asimismo, informo que las mismas clausulas de XBOX 360 van en contra de los derechos de los consumidores europeos, al establecer distintos productos a distinto precio (gold/juegos gratis) y banear o amenazar con banear en el caso de que tan sólo intentes hacer valer tus derechos como consumidor de la UE.
Posdata: Yo no estoy baneado a día de hoy, pero baje Rayman legends porke en todo internet salía k microsoft lo regalaba...