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cañadulce escribió:Buenas acabo de recibir la grata noticia en el dia de hoy en estar acreditado de obttener yo una minusvalia del 33 %
Me gustaria saber si este año debo de pagar el impuesto de ciruculacion o bien estaria exento.
Como debo de informarme a la misma vez si alguien tiene informacion
Muchas Gracias
"Artículo 93. Exenciones.
1. Estarán exentos del impuesto:
(...)
e) Los vehículos para personas de movilidad reducida a que se refiere el apartado A del anexo II del Reglamento General de Vehículos, aprobado por el Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre.
Asimismo,están exentos los vehículos matriculados a nombre de minusválidos para su uso exclusivo. Esta exención se aplicará en tanto se mantengan dichas circunstancias, tanto a los vehículos conducidos por personas con discapacidad como a los destinados a su transporte.
Las exenciones previstas en los dos párrafos anteriores no resultarán aplicables a los sujetos pasivos beneficiarios de ellas por más de un vehículo simultáneamente.
A efectos de lo dispuesto en este párrafo, se considerarán personas con minusvalía quienes tengan esta condición legal en grado igual o superior al 33 por ciento.
(...)
2. Para poder aplicar las exenciones a que se refieren los párrafos e) y g) del apartado 1 de este artículo, los interesados deberán instar su concesión indicando las características del vehículo, su matrícula y la causa del beneficio. Declarada la exención por la Administración municipal, se expedirá un documento que acredite su concesión.
En relación con la exención prevista en el segundo párrafo del párrafo e) del apartado 1 anterior, el interesado deberá aportar el certificado de la minusvalía emitido por el órgano competente y justificar el destino del vehículo ante el ayuntamiento de la imposición, en los términos que éste establezca en la correspondiente ordenanza fiscal"
cañadulce escribió:Gracias @Quintiliano por toda la informacion como otras tantas veces es de agradecer verte por el foro y ser ayudado-
Mañana ire sin falta ya que me acaba de llegar el Grado siendo un 33% lo cual tengo una tarjeta sobre el grado que me han otorgado de forma indifinida no revisable
Un saludo a todos!!
MatCimat escribió:cañadulce escribió:Gracias @Quintiliano por toda la informacion como otras tantas veces es de agradecer verte por el foro y ser ayudado-
Mañana ire sin falta ya que me acaba de llegar el Grado siendo un 33% lo cual tengo una tarjeta sobre el grado que me han otorgado de forma indifinida no revisable
Un saludo a todos!!
Y ojo con la declaracion de la renta, que si la discapacidad te la han concedido con fecha anterior al 31 diciembre 2018 puedes marcar la casilla correspondiente y ahorrarte y pellizco. Y si ya la has presentado, puedes pedir un recalculo para que te devuelvan la diferencia
Saludos
Mat