Trabajar desde casa para empresa en Andorra

Buenas chicos,

Tengo una duda de la que no encuentro mucha información. Tengo sobre la mesa una oferta de teletrabajo en una empresa de Andorra por 21000€ brutos (sé que no es mucho, pero ya es una mejora según lo que tengo actualmente).

La duda que tengo es que la abogada de esta empresa me ha comentado que ese sueldo me quedaría neto (y aquí es el problema, yo quiero continuar al menos un tiempo en España y tengo que tributar aquí), según me ha comentado la empresa pagará por mi contratación un 20% a la seguridad social Andorrana y yo tendría que correr con el pago de un 7% (que mirarían de que lo pagase la empresa), no sé hasta que punto estos valores son correctos, ya que mis conocimientos fiscales son reducidos como por la mayoría de los trabajadores seguramente.

Entiendo que ese 7% que pagaré a la seguridad social de Andorra lo podré imputar en la declaración cuando haga la renta en España? También el tema del IRPF según los tramos que he visto entraría en torno a un tipo a aplicar del 30%, esto exactamente como se tiene que desglosar?

Entiendo que quizás estoy haciendo preguntas tontas o muy simples, pero como digo no tengo el conocimiento exacto de las mismas y la información que encuentro es bastante mala. Prefiero declarar bien todo y que Hacienda me deje solo.

Un saludo y gracias anticipadas.
Cuando trabajas en remoto hay varias posibilidades:

- La empresa tiene sede en España y te paga a través de ahí. Es la mejor opción y la más sencilla para tí, te pagan como en un trabajo normal.
- Si la empresa te paga como trabajador de Andorra pero vives aquí, te tocará pagar impuestos en ambos lados. Es la peor opción.
- Una solución intermedia, que es la más común, es que te hagas autónomo y te paguen el salario como un servicio prestado. Pagarás los impuestos que pagaría un autónomo que recibe 21000€.
xcd1947 escribió:- Si la empresa te paga como trabajador de Andorra pero vives aquí, te tocará pagar impuestos en ambos lados. Es la peor opción.


Ojo, que el que se pague en los dos no significa que se pague doble. En este caso, españa tiene acuerdo para evitar la doble imposición con andorra (desde 2016).

La verdad no se como funcionara andorra con el tratado de doble imposición que tienen, pero en Gibraltar por ejemplo que no tiene tratado, pagas alli y luego en la renta te deduces lo que hayas pagado (no se si habra cambiado con el brext).
Internet Explorer escribió:Buenas chicos,

Tengo una duda de la que no encuentro mucha información. Tengo sobre la mesa una oferta de teletrabajo en una empresa de Andorra por 21000€ brutos (sé que no es mucho, pero ya es una mejora según lo que tengo actualmente).

La duda que tengo es que la abogada de esta empresa me ha comentado que ese sueldo me quedaría neto (y aquí es el problema, yo quiero continuar al menos un tiempo en España y tengo que tributar aquí), según me ha comentado la empresa pagará por mi contratación un 20% a la seguridad social Andorrana y yo tendría que correr con el pago de un 7% (que mirarían de que lo pagase la empresa), no sé hasta que punto estos valores son correctos, ya que mis conocimientos fiscales son reducidos como por la mayoría de los trabajadores seguramente.

Entiendo que ese 7% que pagaré a la seguridad social de Andorra lo podré imputar en la declaración cuando haga la renta en España? También el tema del IRPF según los tramos que he visto entraría en torno a un tipo a aplicar del 30%, esto exactamente como se tiene que desglosar?

Entiendo que quizás estoy haciendo preguntas tontas o muy simples, pero como digo no tengo el conocimiento exacto de las mismas y la información que encuentro es bastante mala. Prefiero declarar bien todo y que Hacienda me deje solo.

Un saludo y gracias anticipadas.


No sé de donde eres, pero igual te interesa mirar trabajo remoto en Barcelona o Madrid. Te quitas de líos y seguro que puedes cobrar un pellizco más, cotizando íntegro aquí (si no pretendes irte, si pretendes irte, lo que te salga más a cuenta a nivel económico, pero vamos... con 21K brutos en andorra, no vives)
3 respuestas