trabajar en supermercados dia

vereis, recientemente he pasado una seleccion para entrar a formar en el "maravilloso" equipo de la cadena de supermercados dia.
la cuestion es que tengo que hacer un cursillo de cinco dias no retribuido antes de entrar para coger experiencia, etc.
se supone que todas las que vamos al cursillo es porque pasamos al empleo inmediatamente y que nos buscan el dia mas proximo al domicilio para trabajar en el, pues resulta que segun iba avanzando el cursillo, cada vez nos hemos quedado mas a cara de cuadros:

-tenemos como maximo, un minuto para atender a un cliente y cobrarle, en ese tiempo, tiene que dar a lugar a pasar todos los productos de la compra sea cual sea el volumen, preguntarle si quiere bolsas, si quiere pagar en efectivo o con tarjeta dia o si quiere pagar con tarjeta de credito, si tiene cupones de descuento o vales personales, si quiere factura con iva o no.
-tambien nos cuentan el tiempo que tardamos en empezar con otro cliente.
_cada dia tenemos que apuntar la productividad de articulos por minuto, y todas las acciones que hemos hecho durante el dia, como por ejemplo si la caja nos ha cuadrado.
-acabamos nuestra jornada a una hora pero tardamos media hora mas en recoger, y no nos pagan ese rato.
-nos pueden cambiar el horario o dia de fiesta sin previo aviso.
-cada seis meses hay revision de sueldo, y te lo pueden subir cincuenta euros si has pasado los objetivos, pero si te pones mala un dia, te descuentan el 40% de esa retribucion, si faltas dos, otro cuarenta por ciento y si faltas otro dia mas, pues el veinte por ciento restante.
-no se puede consumir ningun producto que este en la tienda sea marca la que sea.
-te pueden inspeccionar el bolso cuando quieran.
-no te puedes negar ha hacer horas extras.
-tienes que sacarte el carnet de manipuladora, pero no te enseñan en el cursillo, tienes que estudiar en casa, ademas de que el cursillo se hace solamente en la capital de tu provincia y no corren con gastos de viaje, ni dietas.
-si haces varias cajas mal cuadradas, te pueden amonestar con dias en los cuales te suprimen el sueldo unos días o incluso echarte.


Y muchas mas cosas que podria contar que ahora mismo ya no me acuerdo, sin contar ya el monton de teclas que tienes que pulsar en la caja, estoy en el cuarto dia de cursillo y no avanzo, las cajas me salen estupendamente pero no consigo correr con la de cosas que tengo que acordarme de preguntar y hacer.Asi no me extraña que algunas cajeras tengan esa cara de amargada.
me gustaria que opinarais sobre este sistema de trabajo, porque yo lo veo un poco mal, pero hay quien piensa que no, que tampoco es tanto. no se...ahi teneis.
¿Tú no trabajabas en una perfumería o algo así?
Pues eso no puede ser peor que trabajar en DIA.
no, en la fabrica de perfumes me echaban el dia quince, solo era temporal,ojala fuera una tienda de perfumes, ya me gustaria.
Oooh
sistema de trabajo ke nadie cumple...
Nose en el Dia de aki.. las kajeras lo hacen to cn sus calmas...hacen unas colas tremendas..U_U son lo peor [toctoc] .

Saludos
Pero esto no se puede denunciar en algún sitio, joder, que abusones !
que va, encima te dicen que el sueldo que tenemos:869 euros brutos, podemos estar contentas ya que segun ellos nos pagan por encima de convenio, que el sueldo en realidad son 769 euros brutos al mes, y que 55 son de una tercera paga de beneficios dividida en los 12 meses del año y los otros 45 son de incentivo adicional.encima me han mandado a un dia que esta en el poligono y no te cambian si lo solicitas, cosa que veo mal, porque tengo un dia enfrente de mi casa.
te van a explotar como una campeona y a currar los sábados como mola XD
Yo estuve currando en un DIA durante un año y medio aproximadamente (justo desde que cambiaron de SPAR a DIA), aunque no era empleado de DIA, sino que teníamos alquilada la frutería del supermercado a esta cadena. Bueno, como comprendereis, en año y medio tuve multitud de conversaciones con las cajeras y solo puedo darte un consejo: mientras curras en DIA, vete buscándote otro tajo y pírate cuanto antes.

Por las gilipolleces del tiempo que tienes para atender a un cliente y demás ni te preocupes, al final tardarás lo que tengas que tardar, ni más ni menos, y si algún día te montan la bulla por lo que sea, tú no te cortes, dile de todo al encargado porque, de todos los sitios donde he trabajado, y mira que el comercio en general es un sector muy jodido para el currela, es sin duda el peor con diferencia, con encargados abusones, jornadas de trabajo maratonianas y un sueldo de mierda, eso por no hablar de que los DIA tienen una especie de magnetismo para atraer a todas las manguis, petardas y lo más agobiante en materia de clientas que en el barrio pueda habitar, no merece la pena ni agobiarse ni amargarse por él.
A lo que voy es que, si ahora mismo no tienes otro trabajo en perspectiva, vayas tirando con este, pero a la mínima que puedas búscate cualquier otro, que es dificilísimo encontrar otro peor. ¡La de chavalas que llegaron a pasar por el DIA donde curraba yo en año y medio! Y no me extraña absolutamente nada que durasen menos que un porro en las cercanías de Bob Marley.
Yo nunca he currado en un Dia, pero a juzgar por lo poco que duran las chicas en uno que hay cerca de mi Kell, no tiene que ser precisamente muy buen curro.


Saludos.
Hará un año y algo, para el verano, estube trabajando en un dia, era un dia de pueblo, algo pequeño, y por lo que leo el tuyo sera un supermercado bastante mas grande pero aun asi, te contare mi experiencia.

Bueno, el caso es que empece a trabajar, me enseñaron cuatro cosas y a tirar, el puesto era de reponedor y lo odiaba, no solo porque el trabajo era aburrido, ademas al principio andaba perdidisimo, me metian prisa porque no habia cosas en las estanterias y yo me tiraba un rato largo hasta que encontraba el sitio donde tenia que poner el producto, y era desesperante. Ademas no estaba remunerado ni economicamente ni en la medida en la que los demas juzgan tu trabajo. Las cajeras sin duda eran las que mejor vivian, cuando la tienda estaba medio vacia, se turnaban para ir a hecharse un cigarrito al almacen y yo pues me escaqueaba cuando podia para acompañarlas, ademas que tube algun problema con algun compañero pero eso no viene a cuento ahora.

En cuanto a lo de que no se puede cojer ningun producto de el supermercado, permiteme que me ria, mi almuerzo eran bocadillos, yo mismo cojia pan de alli, entraba en la charcuteria me partia lo que me salia de la polla y me hacia el bocadillo; y me cojia mi cocacola, y me bebia los actimel esos por cajas, pero no era el unico alli eso lo hacia todo el mundo. Cuando se quitaba el cartoncito este que une los paquetes de seis de los actimel en vez de devolverlos pues nos los bebiamos nosotros. Y asi muchas cosas.

El problema de las cajeras era que tenian que aguantar mas tonterias de la gente, y que tenian que hacer la caja antes de irse y por ello se iban un poco mas tarde, pero el trabajo era bastante asequible.

Lo que no me parecia asequible de ninguna manera era lo de trabajar los sabados, no solo por la mañana, mañana y tarde, eso era lo que mas me jodia de el mundo. Por la mañana lo hubiera aceptado mal que bien, pero por la tarde? eso no hay quien lo trague sobre todo si eres joven, yo tambien lo soy, que duda cabe, pero como era un curro solo de verano pues me jodi.

La conclusion y mi consejo es que si puedes buscar otra cosa no entres ahi.

Espero haberte sido de ayuda.

Saludos
Es legal ( y siempre que el convenio colectivo lo establezca como salario ) que te paguen 513 euros brutos/mes, que es el salario mínimo interprofesional, otra cosa es que alguien trabaje por esa miseria ... [poraki]


Yo me buscaría otro curro. [toctoc]
Shio escribió:Es legal ( y siempre que el convenio colectivo lo establezca como salario ) que te paguen 513 euros brutos/mes, que es el salario mínimo interprofesional, otra cosa es que alguien trabaje por esa miseria ... [poraki]


Yo me buscaría otro curro. [toctoc]


Hey, mi compañera laboralista dando consejos, así se hace.

En fin, respecto al topic, no quiero ser duro, pero todo lo que comentas está dentro de la legalidad (y mira que es difícil que esto pase en la actualidad), aunque algunas cosas que cuentas suenan un poco mal por "como" las cuentas. No es de mucha ayuda, pero así es la vida, y yo he trabajado en peores condiciones que las tuyas (trabajar el 25 de diciembre desde las 18 hasta la 1 de la mañana por 4 euros la hora no es precisamente genial, así que tener que trabajar un sabado no es tan duro). Otra cosa es que sean una mierda de condiciones y tu prefieras otra cosa, en cuyo caso será mejor que te busques otro trabajo; y si necesitas este por necesidades esenciales, pues como ya te han dicho, acepta el empleo, pero ve buscando otro.

Lo que si me ha olido mucho a pedo es eso de que te pueden amonestar suprimiéndote el sueldo. Si esta barbaridad que cuentas es cierta, que sepas que está totalmente prohibido hacer tal cosa si a su vez no dejas de trabajar durante el mismo tiempo que dura la supresión de sueldo.
KUNGFUNDIDA escribió:-acabamos nuestra jornada a una hora pero tardamos media hora mas en recoger, y no nos pagan ese rato.
-nos pueden cambiar el horario o dia de fiesta sin previo aviso.
-te pueden inspeccionar el bolso cuando quieran.
-no te puedes negar ha hacer horas extras.
-tienes que sacarte el carnet de manipuladora, pero no te enseñan en el cursillo, tienes que estudiar en casa, ademas de que el cursillo se hace solamente en la capital de tu provincia y no corren con gastos de viaje, ni dietas.


Todo esto es ilegal, lo se por experiencia creeme. Lo q pasa q muxas veces hay q tragar, depende de la situacion q tu tengas deberas ver si te merece la pena o no.


Un saludo
Shio escribió:Es legal ( y siempre que el convenio colectivo lo establezca como salario ) que te paguen 513 euros brutos/mes, que es el salario mínimo interprofesional, otra cosa es que alguien trabaje por esa miseria ... [poraki]


Yo me buscaría otro curro. [toctoc]


Yo he trabajado este verano por ese dinero, de lunes a viernes, 9 horas al dia, 45 h a la semana (peón de fontaneria/albañileria).
Alguna vez he oido la leyenda urbana que en DIA cojen a las cajeras feas y bordes para dar más aspecto de establecimiento "barato" [tomaaa]
ozora escribió:Alguna vez he oido la leyenda urbana que en DIA cojen a las cajeras feas y bordes para dar más aspecto de establecimiento "barato" [tomaaa]


Osea la estas llamando fea y borde???????????????


Madre mia... espero que o yo haya leido mal tu post o te falte algo....
Coño, que yo no me meto personalmente con nadie, pero si alguien se siente ofendido lo edito y santas pascuas! [reojillo]
Dia siempre me ha parecido una cadena "cutre" y por regla general cuanto más "cutre" es una empresa peor trata a sus empleados. No me cuesta creer esta historia en absoluto.
yo he estado relacionado con DIA, y hay de todo, tias feas y tias wenorras que se salen de estudiar y acaban alli, explotacion si, tambien segun en cual te toque currar, escaqueos los ya comentados por aqui fumando cigarrines en las oficinas, y el trato a los clientes, como por lo general suelen ser gente mayor y marujas o pobretones en general, es segun tenga el dia la cajera al final (yo entre a repararles una cosa y estaba hablando conmigo la cajera haciendo una cola del copon y su respuesta a las replicas de los clientes fue......se quieren callar no ven que estoy hablando ahora les atiendo coño¡¡¡¡)
Aunque por lo visto los supervisores como ellos les llaman suelen pasar de vez en cuando por alli, pero eso de un minuto por cliente.......jsusaujsaujasujsaujsaujsaujasujasujasasuujujsa
en fin, ya lo decia el meswy en uno de sus temas "que seria seria de la explotacion de las cajeras sin supermercados DIA"

Lo que debe ser curiosa es la formacion, tienen en cada oficina central montado un DIA simulado con sus productos, sus cajas, su todo, habran marujas en forma de extras haciendo sus compras????
eL EsE escribió:Lo que debe ser curiosa es la formacion, tienen en cada oficina central montado un DIA simulado con sus productos, sus cajas, su todo, habran marujas en forma de extras haciendo sus compras????

Tienen un complejo montado tras las cervezas sin alcohol [qmparto][qmparto][qmparto]


En el Alcampo ayer mismo creo, casi la mitad de las cajas con el cartel de "Cajera en Formacion" con mil papeles encima y no paraban de dar a las teclas...
no, vereis, en el cursillo tenemos simulado un supermercado de mentira con cajas y todo, y las que estamos en el cursillo nos turnamos para hacer de cajera o clienta.
por lo que me habeis dicho es bastante duro trabajar alli,aunque yo ya me lo imaginaba.
en cuanto al que ha dicho eso de borde y fea, lo comentabamos las compañeras de curso, normalmente las cajeras del dia casi ni te miran a la cara para poder ir lo mas deprisa posible, otra cosa es que lo hagan,aparte, y no quiero ofender a nadie,normalmente estas cajeras suelen ir con unos pelos de loca que da pena..
si, es mucho trabajo, pero es que la cosa esta muy mal, ahora, si me saliera algo mejor, de coña, por supuesto que me piro del todo, lo que pasa es que sin estudios, tampoco aspiro a mucho mas, y quisiera poder estar en plantilla el año que viene y poder pedir mi hipoteca de una vez, que estoy pagando 600 euros casi de alquiler por un piso cutre, pero es que no hay otra cosa tampoco.asi que debere tragar, pero si me sale una oportunidad buena, el dia se va a ir a tomar por saco, lo que me duele es que hay aguantado la porqueria esta del cursillo, que acababa reventada para luego irme, pero es lo que hay, se que lo voy a pasar mal.

tambien se que en diciembre me tocara trabajar domingos y al mediodia nada de irme a casa a comer, y los sabado, de plegar a las nueve de la noche nada monada hasta las diez no se cierra en total llegaria a mi casa a las once.
KUNGFUNDIDA escribió:-tenemos como maximo, un minuto para atender a un cliente y cobrarle, en ese tiempo, tiene que dar a lugar a pasar todos los productos de la compra sea cual sea el volumen, preguntarle si quiere bolsas, si quiere pagar en efectivo o con tarjeta dia o si quiere pagar con tarjeta de credito, si tiene cupones de descuento o vales personales, si quiere factura con iva o no.

Si bueno, puestos a pedir... Imagino que eso sera simplemente para meteros prisa porque hay cada inutil en las cajas de los supermercados que es pa pegarse un tiro... Pero que si te viene una pareja con la compra del mes y 300 dudas no creo que te digan nada si tardas mas de un minuto porque es imposible tardar menos, imagino que sera para eso, para que vayais lo mas rapido posible

KUNGFUNDIDA escribió:-tambien nos cuentan el tiempo que tardamos en empezar con otro cliente.

Eso es normal, no tendria que haber nada de tiempo que contar. Acabas con uno, empiezas con otro, es bastante logico

KUNGFUNDIDA escribió:-cada dia tenemos que apuntar la productividad de articulos por minuto, y todas las acciones que hemos hecho durante el dia, como por ejemplo si la caja nos ha cuadrado.

La productividad de articulos por minuto no se que sera pero imagino que seran las ventas o algo y que eso lo podras ver en la caja. Vamos no creo que tengas que memorizar todo lo que has cobrado en un dia. Y lo de si ha cuadrado evidentemente lo ves con la caja, apuntar eso tambien lo veo normal

KUNGFUNDIDA escribió:-acabamos nuestra jornada a una hora pero tardamos media hora mas en recoger, y no nos pagan ese rato.

Tienes algun rato para almorzar/merendar/descansar/fumar?? Porque mi horario acaba a las 9 pero suelo salir a eso de y 15-20 pero no me lo pagan porque dicen que como he tenido 15 minutos para merendar, que he trabajado las horas que me tocaban U_U

KUNGFUNDIDA escribió:-nos pueden cambiar el horario o dia de fiesta sin previo aviso.

Eso tambien me pasa a mi, no tengo un horario fijo firmado, los horarioes se hacen a finales de cada semana. Se tiene en cuenta si voy de tardes o de mañanas y tal pero no de que hora a que hora. Y los sabados pues van desde no currar hasta currar por la mañana, por la tarde o mañana y tarde como me va a tocar hoy...

KUNGFUNDIDA escribió:-cada seis meses hay revision de sueldo, y te lo pueden subir cincuenta euros si has pasado los objetivos, pero si te pones mala un dia, te descuentan el 40% de esa retribucion, si faltas dos, otro cuarenta por ciento y si faltas otro dia mas, pues el veinte por ciento restante.

Si te pones mala y llevas justificante te quitan sueldo?? Eso si que me parece jodidamente ilegal

KUNGFUNDIDA escribió:-no se puede consumir ningun producto que este en la tienda sea marca la que sea.

Bueno... Lo veo una tonteria pero es comprensible. Imagino que sera para que la gente no piense que cogeis lo que os da la gana o algo, pero bueno, si puedes consumir de otras tiendas... No es muy logico pero tampoco es un problema

KUNGFUNDIDA escribió:-te pueden inspeccionar el bolso cuando quieran.

Mhhh.. Eso no lo veo muy legal porque imagino que tendras derecho a cierta intimidad. Entiendo que quieran hacerlo para ver si eres una yonky o una choriza, pero de que quieran a que puedan va un trecho

KUNGFUNDIDA escribió:-no te puedes negar ha hacer horas extras.

Menuda locura...

KUNGFUNDIDA escribió:-tienes que sacarte el carnet de manipuladora, pero no te enseñan en el cursillo, tienes que estudiar en casa, ademas de que el cursillo se hace solamente en la capital de tu provincia y no corren con gastos de viaje, ni dietas.

Yo tengo que aprenderme varias cosas mirandomelo en mi casa U_U pero hay cursillos (no he hecho ninguno de momento) en otros lugares, pero te cuentan como horas de trabajo

KUNGFUNDIDA escribió:-si haces varias cajas mal cuadradas, te pueden amonestar con dias en los cuales te suprimen el sueldo unos días o incluso echarte.

Veo mas logico que te echen que que te amonesten con dias o sueldo.


En fin, el magico mundo de los supermercados / cadenas de tiendas...
Con razon hay un dicho q es:

'Tienes mas mala leche que las cajeras del Dia'
Respecto a lo de las horas extraordinarias, si aparece en tu contrato o en el convenio un número determinado de horas a realizar, estás obligada a realizarlas. Y eso refiriéndome al régimen ordinario, porque luego también existen las de fuerza mayor, que esas si que estás obligado a hacerlas bajo cualquier circunstancia y sin límite anual.

Y al contrario que como mucha gente cree, la retribución de la hora extraordinaria no tiene por que ser mayor a la de la hora ordinaria, que seguro que muchos ya lo estaban pensando. Además de que también existe la posibilidad de compensarlas con descansos de duración equivalente en los 4 meses siguientes a su realización.

Otra cosa que me ha parecido extraña después de una segunda lectura es lo del cursillo. Si la formación es distancial y tienes que estudiar en casa, ¿para que quieres que te paguen dietas o viajar a la capital? Y claro, tu contrato no es para la formación, así que mientras el "cursillo" (pongo las comillas porque realmente no lo es) no coincida con horas de trabajo, da por seguro que no te lo van a retribuir a no ser que así se estableciera expresamente (que creo que va a ser que no, que estamos hablando del DIA).

Y lo de examinarte el bolso yo lo considero perfectamente legal. Tú vas a trabajar para una empresa, y cuando firmas el contrato te sometes a determinadas potestades de control, porque si no esto sería el cachondeo padre (si no pudieran registrarte el bolso o la mochila veo a todo el personal llevándose el jamón ibérico... si es que hay en el DIA). Otro asunto es que quisieran examinarte el recto cada día que sales del trabajo, lo cual entraría muy en conflicto con tus derechos constitucionales.

Por cierto, en los DIA de Granada había algunas chicas guapas y simpáticas. En Madrid... en Madrid te puedes morir del asco de lo "simpáticas" que son. Lo de las gordas veo que sucede más en las multinacionales hamburgueseras.
vereis el cursillo dura cinco dias, de nueve de la mañana hasta las seis de la tarde con una hora para comer, yo tengo que salir de mi casa a las siete y media y hay algunas chicas que muchisimo antes porque viven mas lejos.ademas te dan cosas para que te las estudies en casa, el billete para esos dias me suma un importe de veinte euros mas el metro y la comida que aunque te la lleves de casa, te vas al bar con las compañeras y claro, el cafe, la coca-cola o lo que sea.ademas de que teorico nada, aunque sea simulado, te hacen trabajar muy duro en el cursillo y encima la monitora es una borde y te pone muy mala cara cuando haces algo mal, explica las cosas a su conveniencia.
en el horario de supermercado, no tenemos nuestro rato para almorzar, solo la hora de comer, segun el sitio, una hora, o puede que hasta que se abra el comercio por la tarde, pero para almorzar nunca, aunque hagas tu turno intensivo, esas ocho, nueve o diez horas son seguidas sin pausa.
KUNGFUNDIDA escribió:vereis el cursillo dura cinco dias, de nueve de la mañana hasta las seis de la tarde con una hora para comer, yo tengo que salir de mi casa a las siete y media y hay algunas chicas que muchisimo antes porque viven mas lejos.ademas te dan cosas para que te las estudies en casa, el billete para esos dias me suma un importe de veinte euros mas el metro y la comida que aunque te la lleves de casa, te vas al bar con las compañeras y claro, el cafe, la coca-cola o lo que sea.ademas de que teorico nada, aunque sea simulado, te hacen trabajar muy duro en el cursillo y encima la monitora es una borde y te pone muy mala cara cuando haces algo mal, explica las cosas a su conveniencia.
en el horario de supermercado, no tenemos nuestro rato para almorzar, solo la hora de comer, segun el sitio, una hora, o puede que hasta que se abra el comercio por la tarde, pero para almorzar nunca, aunque hagas tu turno intensivo, esas ocho, nueve o diez horas son seguidas sin pausa.


Joder, yo trabajo en un Opencor pero la verdad es que comparado con el Dia lo mio parece el paraiso.
A mi el de seguridad tambien me puede mirar la bolsa/mochila pero dentro de lo que cabe me parece normal.

Suerte y que sea leve.
Evil Mask escribió:Respecto a lo de las horas extraordinarias, si aparece en tu contrato o en el convenio un número determinado de horas a realizar, estás obligada a realizarlas. Y eso refiriéndome al régimen ordinario, porque luego también existen las de fuerza mayor, que esas si que estás obligado a hacerlas bajo cualquier circunstancia y sin límite anual.

Y al contrario que como mucha gente cree, la retribución de la hora extraordinaria no tiene por que ser mayor a la de la hora ordinaria, que seguro que muchos ya lo estaban pensando. Además de que también existe la posibilidad de compensarlas con descansos de duración equivalente en los 4 meses siguientes a su realización.

Otra cosa que me ha parecido extraña después de una segunda lectura es lo del cursillo. Si la formación es distancial y tienes que estudiar en casa, ¿para que quieres que te paguen dietas o viajar a la capital? Y claro, tu contrato no es para la formación, así que mientras el "cursillo" (pongo las comillas porque realmente no lo es) no coincida con horas de trabajo, da por seguro que no te lo van a retribuir a no ser que así se estableciera expresamente (que creo que va a ser que no, que estamos hablando del DIA).

Y lo de examinarte el bolso yo lo considero perfectamente legal. Tú vas a trabajar para una empresa, y cuando firmas el contrato te sometes a determinadas potestades de control, porque si no esto sería el cachondeo padre (si no pudieran registrarte el bolso o la mochila veo a todo el personal llevándose el jamón ibérico... si es que hay en el DIA). Otro asunto es que quisieran examinarte el recto cada día que sales del trabajo, lo cual entraría muy en conflicto con tus derechos constitucionales.

Por cierto, en los DIA de Granada había algunas chicas guapas y simpáticas. En Madrid... en Madrid te puedes morir del asco de lo "simpáticas" que son. Lo de las gordas veo que sucede más en las multinacionales hamburgueseras.


KUNGFUNDIDA creele porque de esto sabe bastante ..

Y por cierto el cursillo no te lo retribuyen porque es formación que puedes usar en otras empresas y que por lo tanto va a cargo del trabajador. Igualmente se retribuye la prestación de servicios y como no trabajas ( solo haces curso ) no te tienen que pagar.

Te aconsejaría que te hicieses con el convenio colectivo. :-|
Evil Mask escribió:Respecto a lo de las horas extraordinarias, si aparece en tu contrato o en el convenio un número determinado de horas a realizar, estás obligada a realizarlas. Y eso refiriéndome al régimen ordinario, porque luego también existen las de fuerza mayor, que esas si que estás obligado a hacerlas bajo cualquier circunstancia y sin límite anual.

Y al contrario que como mucha gente cree, la retribución de la hora extraordinaria no tiene por que ser mayor a la de la hora ordinaria, que seguro que muchos ya lo estaban pensando. Además de que también existe la posibilidad de compensarlas con descansos de duración equivalente en los 4 meses siguientes a su realización.

Y lo de examinarte el bolso yo lo considero perfectamente legal. Tú vas a trabajar para una empresa, y cuando firmas el contrato te sometes a determinadas potestades de control, porque si no esto sería el cachondeo padre (si no pudieran registrarte el bolso o la mochila veo a todo el personal llevándose el jamón ibérico... si es que hay en el DIA). Otro asunto es que quisieran examinarte el recto cada día que sales del trabajo, lo cual entraría muy en conflicto con tus derechos constitucionales.



A ver, las horas extraordinaria legales son muy pocas al año, creo q son solo 12 horas al año o algo asi, no me hagas muxo caso, las horas extraordinarias de fuerza mayor como las llamas, son solo las que se dedican a inventario, no mas.

Las horas extraordinarias se suelen pagar con horas libres mas algo de dinero, es decir 1 hora trabajada = 1 hora libre mas algun €.

Lo de examinarte el bolso es COMPLETAMENTE ILEGAL, si creen q has robado lo q tiene q hacer es llamar a la policia y el agente si puede examinarte el bolso previa denuncia.


Un saludo
Las horas extraordinarias son 80 al año, aunque el Gobierno puede reducir el límite por razones de política de empleo.

Las horas extraordinarias no son "las del inventario", según el Estatuto de los Trabajadores son las horas que se realizan para prevenir o reparar siniestros u otros daños extraordinarios, pero vamos, que si la gente quiere inventarse lo que ha oido por ahí en la calle, pues vía libre. Y su retribución, según nuestro querido ET, puede ser de dos formas, o bien con descansos compensatorios o bien en metálico, pero nunca mezclado.

Examinarte el bolso es PERFECTAMENTE LEGAL, y si no te gusta te vas a la puta calle, así de sencillo. El bolso no es ningún ámbito de intimidad personal, y si quieres llevar pistolas, consoladores o bolsas de cocaína en él, eso no es problema del empresario.

De todos modos, si hay gente que sigue sin creerme, aquí dejo la parte en cuestión del ET... Real Decreto Legislativo 1/1995 de 24 de Marzo:

Artículo 35. Horas extraordinarias.

1. Tendrán la consideración de horas extraordinarias aquellas horas de trabajo que se realicen sobre la duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo, fijada de acuerdo con el artículo anterior. Mediante convenio colectivo o, en su defecto, contrato individual, se optará entre abonar las horas extraordinarias en la cuantía que se fije, que en ningún caso podrá ser inferior al valor de la hora ordinaria, o compensarlas por tiempos equivalentes de descanso retribuido. En ausencia de pacto al respecto, se entenderá que las horas extraordinarias realizadas deberán ser compensadas mediante descanso dentro de los cuatro meses siguientes a su realización.

2. El número de horas extraordinarias no podrá ser superior a ochenta al año, salvo lo previsto en el apartado 3 de este artículo. Para los trabajadores que por la modalidad o duración de su contrato realizasen una jornada en cómputo anual inferior a la jornada general en la empresa, el número máximo anual de horas extraordinarias se reducirá en la misma proporción que exista entre tales jornadas.

A los efectos de lo dispuesto en el párrafo anterior, no se computarán las horas extraordinarias que hayan sido compensadas mediante descanso dentro de los cuatro meses siguientes a su realización.

El Gobierno podrá suprimir o reducir el número máximo de horas extraordinarias por tiempo determinado, con carácter general o para ciertas ramas de actividad o ámbitos territoriales, para incrementar las oportunidades de colocación de los trabajadores en paro forzoso.

3. No se tendrá en cuenta, a efectos de la duración máxima de la jornada ordinaria laboral, ni para el cómputo del número máximo de las horas extraordinarias autorizadas, el exceso de las trabajadas para prevenir o reparar siniestros y otros daños extraordinarios y urgentes, sin perjuicio de su compensación como horas extraordinarias.

4. La prestación de trabajo en horas extraordinarias será voluntaria, salvo que su realización se haya pactado en convenio colectivo o contrato individual de trabajo, dentro de los límites del apartado 2 de este articulo.

5. A efectos del cómputo de horas extraordinarias, la jornada de cada trabajador se registrará día a día y se totalizará en el período fijado para el abono de las retribuciones, entregando copia del resumen al trabajador en el recibo correspondiente.


Creo que más claro no puedo ser ya.
Pirriaco está baneado por "Clones"
KUNGFUNDIDA escribió:- tenemos como maximo, un minuto para atender a un cliente
- cada dia tenemos que apuntar la productividad de articulos por minuto, y todas las acciones que hemos hecho durante el dia, como por ejemplo si la caja nos ha cuadrado.
- acabamos nuestra jornada a una hora pero tardamos media hora mas en recoger, y no nos pagan ese rato.
- nos pueden cambiar el horario o dia de fiesta sin previo aviso.
- cada seis meses hay revision de sueldo, y te lo pueden subir cincuenta euros si has pasado los objetivos, pero si te pones mala un dia, te descuentan el 40% de esa retribucion, si faltas dos, otro cuarenta por ciento y si faltas otro dia mas, pues el veinte por ciento restante.
- no se puede consumir ningun producto que este en la tienda sea marca la que sea.
- te pueden inspeccionar el bolso cuando quieran.
- no te puedes negar ha hacer horas extras.
- tienes que sacarte el carnet de manipuladora, pero no te enseñan en el cursillo, tienes que estudiar en casa, ademas de que el cursillo se hace solamente en la capital de tu provincia y no corren con gastos de viaje, ni dietas.
- si haces varias cajas mal cuadradas, te pueden amonestar con dias en los cuales te suprimen el sueldo unos días o incluso echarte.


trabajé en mercadona 7 años y ninguna de las cosas que narras pasan ahí , excepto lo de consumir articulos ( algo obvio ). Al lado de esto mercadona es el paraiso de los supermercados .
Tambien teniamos una subida de sueldo anual segun objetivos pactados pero para nada te sancionaban si enfermabas xDDDD .

Que barbaridades os hacen hacer y encima te amonestan si te pones mala xDDDDD .... ke fuerte .
que se metan los 50 euros por la polla .

los tiempos de recogida de algodón a latigazos pasaron a la historia .
Pero lo del Mercadona es distinto, no es tan sencillo entrar, y la gente suele durar bastante.
Se les trata bastante bien en comparacion con otros supermercados, y luego por antigüedad les ascienden, ademas de que todos los años les suben el sueldo. Y les dan cursos fuera de su ciudad y les pagan el viaje, la estancia y demas.
Ademas de cobrar bastante mas.
Esto me lo comento un cajero, y tambien que por nocturnidad (creo que solo los reponedores) les dan 200 € mas al mes.
En DIA y similares es una chapuza, cuanto vas a cobrar al mes???
Y yo que tu me pensaba ir sacandome el graduado, que si ya esta jodido encontrar curro con estudios, no me quiero imaginar sin ellos, ahora, tu veras, asi mas para nosotros.
Salu2
Evil Mask escribió:Las horas extraordinarias no son "las del inventario", según el Estatuto de los Trabajadores son las horas que se realizan para prevenir o reparar siniestros u otros daños extraordinarios, pero vamos, que si la gente quiere inventarse lo que ha oido por ahí en la calle, pues vía libre. Y su retribución, según nuestro querido ET, puede ser de dos formas, o bien con descansos compensatorios o bien en metálico, pero nunca mezclado

Segun el convenio de supermercados las horas de unventario son horas extraordinaria forzosas como tu las llamas

Evil Mask escribió:Examinarte el bolso es PERFECTAMENTE LEGAL, y si no te gusta te vas a la puta calle, así de sencillo. El bolso no es ningún ámbito de intimidad personal, y si quieres llevar pistolas, consoladores o bolsas

Ninguna persona normal y corriente no puede examinar nada de mi propiedad sin mi permiso, ya sea mi jefe o el papa Juanpa2, ya q te veo tan comprometido en la lectura del ET busca el articulo donde diga q el jefe puede mangonearme el bolso, bolsillo o lo q qieras. Otra cosa es actuar de buena fe y hacerlo, pero estar bligado no.



un saludo
no creo que sea legal ya que nos han dicho que si una clienta se niega a enseñarnos el bolso, no la podemos obligar ya que es un atentado contra la intimidad, o sea que los clientes tienen intimidad, pero los trabajadores no...
en cuanto al sueldo, son 869 euros brutos , es decir, 800 pelaos, y solo nos ascienden cada año y medio si cumplimos a rajatabla los propositos marcados.
en cuanto a lo del cursillo que no es remunerado porque es una formacion para cualquier supermercado, eso no es verdad, en cualquier supermercado te hacen el cursillo y en los demas pagan los viajes por lo menos, si despues entras a trabajar.
seguro que encuentras algun curro mejor, sigue buscando...


y si te urge, pillalo y largate en cuanto puedas.
Evil Mask escribió:Examinarte el bolso es PERFECTAMENTE LEGAL, y si no te gusta te vas a la puta calle, así de sencillo. El bolso no es ningún ámbito de intimidad personal, y si quieres llevar pistolas, consoladores o bolsas de cocaína en él, eso no es problema del empresario.


Como flipa la gente dios mio... Solo una autoridad pública (policia, guardia civil, etc.) o una autoridad privada a la que la administración pública le ha otorgado ese derecho (un segurata) puede registrar una propiedad tuya o a ti mismo legalmente, y a los seguratas solo se les permite en casos excepcionales como en los aeorpuertos, estaciones de autobuses, etc.

Como dice Kungfundida si ellos no tienen permiso para registrar a una clienta tampoco pueden registrar a los trabajadores. Y si te echan por negarte les metes un pleito y se le caen todos los huevecillos...

Algunos os pensais que las empresas tienen derecho a todo, el problema es que la gente pasa por el aro de muchas cosas y parece que se convierte en legal lo que hacen.

Pocas veces he comprado en un DIA, pero despues de leer esto no voy a ir nunca. Tantas gilipolleces de boicot a las empresas catalanas por un estupido Estatuto que a la gente de a pie ni nos va ni nos viene y no hacemos boicot a las empresas que explotan a sus trabajadores como esta.
No digo que todo el mundo lo tenga que entender, que parece que este es un trabajo bastante duro, hay quien dice que hay peores empleos, y es cierto, pero no por ello hay que tragar.gracias al apoyo de eolianos y eolianas que entienden como me siento sin necesidad de ponerse en mi sitio.saludos.
jare escribió:Segun el convenio de supermercados las horas de unventario son horas extraordinaria forzosas como tu las llamas


Ninguna persona normal y corriente no puede examinar nada de mi propiedad sin mi permiso, ya sea mi jefe o el papa Juanpa2, ya q te veo tan comprometido en la lectura del ET busca el articulo donde diga q el jefe puede mangonearme el bolso, bolsillo o lo q qieras. Otra cosa es actuar de buena fe y hacerlo, pero estar bligado no.





un saludo


El se ha referido al Estatuto de los Trabajadores y tú al Convenio Colectivo, cada convenio colectivo puede establecer cosas distintias sin que puedan suponer condiciones menos favorables para el trabajador. [fumando]

Y por cierto me lo he mirado y yo no veo por ningún sitio lo que dices que recoge el CC ..


A lo otro ni contesto ..


Por cierto KUNGFUNDIDA cuando te referias a que te podian amonestar por faltar es legal SIEMPRE que NO esté JUSTIFICADA ya que lo recoge el CC y se considera falta leve, grave o muy grave ( dependiendo de cuanto faltes o de las veces que seas impuntual ) que lleva aparejada una sanción, entre otras, de empleo y sueldo, es decir, no vas a trabjar y no te retribuyen.
Se pueden hacer registros siempre y cuando sea para defender el patrimonio del empresarios u otros trabajadores. Siempre en horario laboral y dentro del centro de trabajo.

Las horas extras son voluntarias a no ser que este pactado en el convenio colectivo.

El descanso semanal ha de ser de un minimo de 1 dia y medio.

Y sobre el cursillo, ni son practicas ni es formacion, por la duracion y porque no esta retribuido, es asistir a unas clases por voluntad propia.

Un saludo!
KUNGFUNDIDA escribió:en cuanto a lo del cursillo que no es remunerado porque es una formacion para cualquier supermercado, eso no es verdad, en cualquier supermercado te hacen el cursillo y en los demas pagan los viajes por lo menos, si despues entras a trabajar.


Te estan enseñando a manejar la caja, a cuadrarla, a atender a los clientes, ... y eso no es válido ( con sus matices ) para cualquier super? Es formación, enseñanza o como quieras llamarlo que luego tú puedes ir al Caprabo y decir: se cuadrar, se tal y cual ... y te cogeran ya que aunque te tengan que enseñar como funciona lo básico no te tendrán que enseñar todo como si fueras novata. Esto se cumple en cualquier curro, a mí me piden saber manejar sap, pues como lo he aprendido en otro curro y aunque me tengan que enseñar como se usa el sap especificamente diseñado para esa empresa me cogeran antes que a otra que no tenga ni idea de como manejarlo.

Y es legal que te miren el bolso.
Shio escribió:El se ha referido al Estatuto de los Trabajadores y tú al Convenio Colectivo, cada convenio colectivo puede establecer cosas distintias sin que puedan suponer condiciones menos favorables para el trabajador. Y por cierto me lo he mirado y yo no veo por ningún sitio lo que dices que recoge el CC ..


Debes tener un resumen del convenio colectivo. De todas maneras, si el convenio colectivo dice una cosa y el estatuto otra, siempre se aplica la mas favorable a los trabajadores, de todas maneras cuando firmas un contrate, tb firmas q vas a atenerte a todo lo q diga el convenio colectivo, asi, si el convenio colectivo fija unas horas contractuales estas obligado a exarlas.

Esto es asi, de la misma manera q no te pueden registrar en el trabajo, de la misma manera q el cielo es azul y mi silla tiene 4 patas, si vosotros decis q si os pueden registrar, pos vale q os registren, pero no vayais diciendolo por ahi por q creais confusion. Que esto ya parece una discusion de niños de 5 años.


un saludo
Garibaldi escribió:
Como flipa la gente dios mio... Solo una autoridad pública (policia, guardia civil, etc.) o una autoridad privada a la que la administración pública le ha otorgado ese derecho (un segurata) puede registrar una propiedad tuya o a ti mismo legalmente, y a los seguratas solo se les permite en casos excepcionales como en los aeorpuertos, estaciones de autobuses, etc.

Como dice Kungfundida si ellos no tienen permiso para registrar a una clienta tampoco pueden registrar a los trabajadores. Y si te echan por negarte les metes un pleito y se le caen todos los huevecillos...

Algunos os pensais que las empresas tienen derecho a todo, el problema es que la gente pasa por el aro de muchas cosas y parece que se convierte en legal lo que hacen.



Yo lo que flipo es con la gente, que estudiando un par de años de Derecho o con su experiencia en la "universidad de la calle" ya se creen magistrados del Tribunal Constitucional.

Vamos a ver, igual que en el ET no está recogido expresamente el derecho del empresario a examinar el bolso de las cajeras del DIA (lo cual es bastante lógico, porque si no el Estatuto tendría un trillón de artículos), tampoco lo está el derecho del trabajador a reirse del empresario y decir que el bolso sólo se lo registra un agente de la autoridad. Pero por Dios, ¿quereís pensar con la cabeza y no con el culo? ¿os imaginais todos los días a la policía nacional a la puerta del DIA examinando los bolsos de las cajeras porque alegan que su bolso es inviolable y el examen del mismo sin su consentimiento expreso atenta contra su integridad psíquica, su dignidad y su intimidad personal?... yo creo que no lo estais viendo desde una perspectiva práctica. Y no confundias el tocino con la velocidad, es decir, no confundais a los clientes con los trabajadores.

El artículo 5 del ET (con el que estoy tan comprometido porque es una norma básica, no como el convenio colectivo de Leganés de supermercados) establece expresamente que los trabajadores tienen la obligación de obedecer las ordenes del empresario. Si vosotros creeis que la orden de registrar el bolso es ilegal, pues os vais a los Juzgados de lo Social a dar por culo un rato. Y luego recurris y recurris y volveis a recurrir otra vez, hasta que ya os sólo quede pedir amparo del Tribunal Constitucional, y sólo entonces, cuando me citeis jurisprudencia de las Salas del TC en las que se reconozca el derecho del trabajador a negarse a enseñar el contenido de su bolso, entonces diré, "vaya, teníais razón, el cielo es azul". Sólo os digo que el TC estima como constitucional que se grabe al trabajador en el puesto de trabajo, y pensad en lo contradictorio que eso con el derecho a la propia a imagen, así que registrar un bolso...

Y ahora nos vamos al otro tema estrella, la prelación de fuentes del Derecho del Trabajo y el principio de norma más favorable. Si, efectivamente, en caso de conflicto normativo entre una norma estatal y un convenio colectivo, se aplica el más favorable, es decir, siempre el convenio, ya que el convenio nunca puede establecer condiciones inferiores/peores a las de la normativa estatal.

Pero claro, si es por ponerse obtuso, pues también tendríamos que atender al contrato de trabajo, que aunque no lo parezca, también es fuente reguladora de la relación laboral; y si el convenio colectivo del ámbito X (que puede ser de hasta un sector profesional, o sea que fijaté si me puedes buscar las vueltas si te pones a hablar de convenios) dice que son horas extraordinarias de fuerza mayor las del inventario, ahora nos vamos al contrato de trabajo de Amagoya Pilar, y resulta que ha pactado con el empresario que sean horas de fuerza mayor aquellas que pasa en el water meando o sacándose los mocos. Anda, mira, ahora son horas de fuerza mayor esas también... y así tenemos el cuento de nunca acabar.

En fin, atended un poco a razones, sobre todo con lo del bolso, y si teneis ganas de que se declare ilegal, unios a la sección sindical de vuestra empresa y empezad a dar guerra.
En referencia al tema de ver el bolso de los empleados es perfectamente legal, no solo en los supermercados DIA sino en todos en general. Eso si, siempre delante del trabajador/a y dentro del centro donde se realiza la actividad laboral. Ese derecho que posee DIA tambien lo tiene la cajera para los clientes en el momento que estos pasan por caja. Podeis pedirle que os enseñen bolsos/bolsas/mochila si creeis que pueden tener algun material o patrimonio de la empresa y estos (clientes) no pueden negarse.

El tema de las horas extraordinarias tal y como ha dicho uno de mas atras son 80 horas voluntarias y nunca se deberian realizar para hacer el trabajo que se realiza en horas normales. Pero como la gente es estupida y no se lee el estatuto luego pasa lo que pasa. El valor de estas horas ha de ser como minimo IGUAL al valor de una hora normal o compensacion de tiempo de minimo las MISMAS horas que el numero de horas extraordinarias. Ni mas ni menos.

El estatuto de los trabajadores especifica cuales son las normativas generales tanto para empresarios como para trabajadores especificando sus derechos y obligaciones. Sin embargo estas normas pueden verse alteradas al existir un convenio de la comunidad o interno de la propia empresa. Como desconozco el del dia ahi ya no entro.

Sobre la revision de sueldo la empresa solo esta obligada a subirte de forma anual el IPC y vas que chutas. Sobre las penalidades y las absistencias laborales la emprsa NUNCA podra penalizarte siempre y cuando dispongas o bien de un justificante medico o bien sea una baja laboral por un accidente de trabajo/enfermedad profesional.

Como nota la empresa NUNCA puede obligarte a hacer mas de 8 horas diarias si en tu nomina aparece que haces 8 horas diarias (40 semanales) En ese supuesto tu a tu hora debes irte o, si has de cuadrar cuentas, cuadrarlas media hora antes para salir de tu puesto a la hora marcada. Esto te lo digo por propia experiencia.


Un saludo
DiGiJoS escribió:En referencia al tema de ver el bolso de los empleados es perfectamente legal, no solo en los supermercados DIA sino en todos en general. Eso si, siempre delante del trabajador/a y dentro del centro donde se realiza la actividad laboral. Ese derecho que posee DIA tambien lo tiene la cajera para los clientes en el momento que estos pasan por caja. Podeis pedirle que os enseñen bolsos/bolsas/mochila si creeis que pueden tener algun material o patrimonio de la empresa y estos (clientes) no pueden negarse.


Esa es una atribución de los cuerpos y fuerzas de la seguridad del Estado. Es decir, tu puedes retenerlos, llamar a la policia y ellos, inspeccionar el bolso del cliente. Eso si, por tu propio interés que tenga algo robado, o se te va a caer el pelo.

DiGiJoS escribió:El tema de las horas extraordinarias tal y como ha dicho uno de mas atras son 80 horas voluntarias y nunca se deberian realizar para hacer el trabajo que se realiza en horas normales. Pero como la gente es estupida y no se lee el estatuto luego pasa lo que pasa. El valor de estas horas ha de ser como minimo IGUAL al valor de una hora normal o compensacion de tiempo de minimo las MISMAS horas que el numero de horas extraordinarias. Ni mas ni menos.


Primero, se debe de compensar en descanso. Si no pudiera ser de esta manera, con una retribución igual a las horas productivas "normales". Otra cosa, es que las hagas y no te las paguen... lo cual suele pasar...

DiGiJoS escribió:El estatuto de los trabajadores especifica cuales son las normativas generales tanto para empresarios como para trabajadores especificando sus derechos y obligaciones. Sin embargo estas normas pueden verse alteradas al existir un convenio de la comunidad o interno de la propia empresa. Como desconozco el del dia ahi ya no entro.


Ningún Convenio Colectivo puede ir contra el Estatuto de los Trabajadores.

Salu2
Yo creo k sea dia o cualkier otro super todos son la misma mierda, son lo peor, como trabajo puente mientras encuentras otra cosa no estan mal, yo no me kedaria estable en uno..
Haz lo que alguien ya te ha comentado, pilla el curro, pero desde el momento en que entres, ponte a buscar otro mejor, y en cuanto lo encuentres, te piras de allí. Es vergonzoso ver ciertas claúsulas leoninas en los contratos, 1 minuto por cliente pase lo que pase, vaya tela...
Equium escribió:Primero, se debe de compensar en descanso. Si no pudiera ser de esta manera, con una retribución igual a las horas productivas "normales". Otra cosa, es que las hagas y no te las paguen... lo cual suele pasar...


Siento ser pesado, pero pegué el artículo 35 del ET, y creo que era claro en este asunto. Está en la página 3 del hilo, pero pego aquí la parte que interesa viendo que todavía hay confusión.

Mediante convenio colectivo o, en su defecto, contrato individual, se optará entre abonar las horas extraordinarias en la cuantía que se fije, que en ningún caso podrá ser inferior al valor de la hora ordinaria, o compensarlas por tiempos equivalentes de descanso retribuido. En ausencia de pacto al respecto, se entenderá que las horas extraordinarias realizadas deberán ser compensadas mediante descanso dentro de los cuatro meses siguientes a su realización.
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