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LessThanYou escribió:Las dos preguntas son:
1. Podemos obligar a vender si uno de los propietarios no quiere vender?
2. Algún otro consejo?
Un saludo y gracias por adelantado.
GXY escribió:LessThanYou escribió:Las dos preguntas son:
1. Podemos obligar a vender si uno de los propietarios no quiere vender?
2. Algún otro consejo?
Un saludo y gracias por adelantado.
1. si el >50% del reparto de la propiedad esta de acuerdo en vender, el otro <50% del reparto se la tiene que envainar.
dohc1v escribió:mantiene los gastos de mantenimiento extraordinarios proporcionales si es que los hubiese (impuestos, averias...)
ashitaka escribió:"ale, pues mi parte se la regalo a mi hermana y os peleáis con ella si queréis".
ashitaka escribió:PD: A mí es que el tema de peleas familiares por bienes y/o dinero me resulta tan... emmm... ¿estúpido? En casa de mi padre pasó igual en su momento y son situaciones horribles.
GXY escribió:2. si los otros dos hermanos ya teneis casas, no seais puñeteros y dejad que el tercer hermano se quede la vivienda en usufructo. (sin cambiar repartos ni nada, en principio) y ya tendreis tiempo de discutir qué hacer con la casa.
la opcion de que un hermano le compre a los otros hermanos sus particiones siempre esta ahi.
GXY escribió:f1.- el hermano que se queda ahi, entiendo que se va a quedar a cuidar a su madre cuando su salud empeore. eso no es un factor de nada para el particionado pero no deja de ser un "marron". el cual dudo que los 3 hermanos os lo repartais equitativamente
GXY escribió:no se exactamente qué "reparto estandar" sera ese del que hablas. pero que yo sepa el reparto legal es 1/3 legitima, 1/3 mejora y 1/3 libre disposicion.
GXY escribió:en resumen: si le endosais al "hermanito pobre" todo el marron de atender a vuestra madre, puede que vuestra madre se piense como repartir la herencia, sobre todo si los demas ya teneis vuestras propias casas.
Danacat escribió:@bicko si que se puede, es mas con que solo uno quiera vender ya puede obligar al resto.
"Conforme establece el artículo 400 del Código Civil: Ningún copropietario estará obligado a permanecer en la indivisión (en esa copropiedad) y que cada uno de ellos podrá pedir en cualquier tiempo que se divida la cosa común (el piso).
Tendremos que interponer una demanda acompañados de abogado y procurador, que se tramitará por vía de juicio ordinario y añade que “si durante el proceso no se llega a un acuerdo, se puede llegar a una subasta judicial de la vivienda, salvo que la venta en pública subasta quede descartada por no quererla ninguno de los condueños” precisando que ”basta que lo pida uno solo de los comuneros para que se proceda a la venta en pública subasta con admisión o no de licitadores extraños, repartiéndose el precio obtenido"
[PeneDeGoma] escribió:.lo mejor es que la casa se va a caer porque es vieja y habrs que pagar para demolerla y no tiene ni un duro y pagaran mi padre y la otra hermana..
LessThanYou escribió:[mientras él disfruta de la casa y se gasta el dinero en idioteces y alega al mismo tiempo "yo me estoy encargando de la casa y tú te has ido". Esa frase me deja sin reacción.