A ver, aquí tienes dos cosas distintas:
1) Por los trabajos, lo que te han comentado. Tributan y están sujetos los que superen los 22.000€ brutos en un sólo trabajo, 11.200€ si son dos o más trabajos. Si estás por debajo de esto no tributan.
2) Tema pokerstars: Esto es técnicamente un aumento o disminución del patrimonio.
¿Cuál es la situación actual?
Las casas de apuestas/servidores de poker o cualquier actividad que esté regulada por la DGOJ(Dirección General de Ordenación del Juego) cobran un "rake" (comisión) que la usan para sufragar sus gastos (incluídos los deudas con la agencia tributaria).
[Lo que viene ahora es sólo para el juego online, el juego en vivo tiene otros límites y características]
Dicho esto, tus ganancias al poker son totalmente independientes de éste rake que Pokerstars -en tu caso- te ha cobrado y además de esto, hacienda permite compensar las ganancias con tus pérdidas. Esto es, has ganado 5.000€ y has perdido 3.000€ jugando al bingo, tributarás por 2.000€ (5.000-3.000).
Resúmen de tu caso:
Rentas: Por un lado las del trabajo y por otro las del poker que son pérdidas y ganancias patrimoniales, tienes 4.000 euros que NO TRIBUTAN POR ESTAR POR DEBAJO DE LOS 11.200€ AL SER PROCEDENTES DE DOS TRABAJOS DISTINTOS, y tienes 5.000€ netos que SI TRIBUTAN Y NO ESTÁN EXENTOS. Tributarás al 24,75% por los 5.000€ del poker que es el tipo marginal tuyo al estar por debajo de los 17.007€.
Un saludo.