La titular del Juzgado de Primera Instancia número 8 de León ha sentenciado que un bar del barrio Húmedo puede usar música bajada de internet.
La demanda fue interpuesta por la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) al entender que vulneraba los derechos de autor por usar música de un servidor que permite bajarla de internet y no abonar impuestos a la Sgae. La Sociedad reclamaba una indemnización de 998 euros a los propietarios del bar.
Uno de los afectados, dueño del Crazy Town, en la calle Santa Cruz, asegura que la Sgae basó su demanda afirmando que ningún bar puede sobrevivir si no pone música actual «como los 40 Principales» o de autores que hayan cedido sus derechos de explotación a la Sgae.
Sin embargo, propietarios del establecimiento alegaron que usaban el servidor 'Creative Commons' porque además de proporcionar música novedosa ésta es libre, porque sus autores no están sometidos a la Sgae ni a sus criterios porque no han cedido sus derechos. Las licencias 'Creative Commons' usadas en el bar para reproducir música cuenta con autorizaciones del titular de su obra para su uso libre o gratuito. La Sgae presentó la demanda tras enviar al bar un inspector que constató e tipo de música que se ponía en el local.
Los absueltos por la sentencia consideran un éxito que por primera vez un juez determine que los bares pueden usar música bajada de internet, que no implica que sea ilegal o pirata, sino que surge fuera de los circuitos de la Sgae.
No obstante, sospechan que la Sgae presentará un recurso contra la sentencia.
Fuente:
http://www.elmundo-lacronica.com/cronicadeleon/articulo_03.asp?idart=3485417&idcat=4030