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Sheu_ron escribió:El marido de esta anciana es un BASTARDO (primer dueño de la finca), igual que su hijo y que su nieta.
¿Porqué?
Porque al morir, debería haberle dejado la casa a ella, y no al hijo.
El hijo es otro BASTARDO porque debería haber visto que su padre obró mal y debió rectificar poniendo la casa a nombre de su madre.
Y la nieta.... en fin. Si digo lo que pienso de la nieta (y lo que le haría), todo bicho viviente del foro se me echarían encima, pero para que os hagáis una idea, una ligerísima idea, diré que para empezar le tatuaría a navajazos la cruz del cristianismo en pecho y espalda y la metia en una máquina del tiempo y la enviaba a la Roma pre-cristiana.
BoB_HawK escribió:hacerle eso a tu abuela no tiene nombre, aunque seas una desalmada como esa hija de la grandisima pu*a te esperas a que la palme, espero que esa cacho de zorra se muera pronto, o que algun dia alguien se la encuentre y la parta la cara y el culo x zorra
Sheu_ron escribió:El marido de esta anciana es un BASTARDO (primer dueño de la finca), igual que su hijo y que su nieta.
¿Porqué?
Porque al morir, debería haberle dejado la casa a ella, y no al hijo.
Sheu_ron escribió:El hijo es otro BASTARDO porque debería haber visto que su padre obró mal y debió rectificar poniendo la casa a nombre de su madre.
Y la nieta.... en fin. Si digo lo que pienso de la nieta (y lo que le haría), todo bicho viviente del foro se me echarían encima, pero para que os hagáis una idea, una ligerísima idea, diré que para empezar le tatuaría a navajazos la cruz del cristianismo en pecho y espalda y la metia en una máquina del tiempo y la enviaba a la Roma pre-cristiana.
kolombo escribió:Lo correcto habría sido que el marido hubiera dejado la casa a su esposa y esta a su vez a sus hijos.
kolombo escribió:Lo correcto habría sido que el marido hubiera dejado la casa a su esposa y esta a su vez a sus hijos.
[font=verdana, arial escribió:LadyStarlight[/font]] Creo que desconoces la ley española a este respecto. Resulta que no
puedes dejar tu casa en herencia a tu cónyuge o a quien tú quieras.
Tus bienes se reparten en tres partes iguales. El primer tercio se
llama la legítima, y estás obligado a repartirlo a partes iguales entre
tus herederos legales, que son tus hijos si los tienes. Tu cónyuge no
tiene ningún derecho sobre ese tercio.
El segundo es el tercio de mejora, y estás obligado a repartirlo entre
tus herederos, que hemos quedado en que son tus hijos, en la proporción
que te dé la gana. Si tienes un hijo favorito y otro al que odias
puedes dejarle todo el tercio de mejora al primero, pero el segundo
cogerá la mitad del tercio de la legítima irremediablemente.
El tercer tercio es el de libre disposición, este sí puedes dejarlo a
quien tú quieras: la asociación de gatos desvalidos, tu mujer, tu
amante o la iglesia de la Cienciología.
Es decir, que si la casa estaba a nombre del difunto abuelo, la señora
sólo tenía derecho, como mucho, a la tercera parte de ella, y sólo en
el caso de que su marido lo hubiera dispuesto así. En los casos en los
que los cónyuges comparten los bienes y los tienen a nombre de los dos,
dos tercios de la mitad suelen corresponder a los hijos, de manera que
los viudos no pueden disponer de su patrimonio sin la firma de ellos, y
por supuesto a la hora de repartir ganancias de una venta no se quedan
con todo lo que se gana.
VahnFannel escribió:
A éso ya lo han respondido arriba, y MUY bien respondido por cierto:
kolombo escribió:
Pues a mi que me expliquen por que mis padres tienen hecho el testamento ante notario así, uno se lo deja todo al otro y luego vamos sus hijos cuando ellos falten.
Bartews escribió:Yo lo que digo es que primero habría que escuchar la versión de la nieta, antes de insultarla, a ver si realmente es tan hija de puta cómo parece o la noticia solo ha ido a buscar el lado más sensacionalista.
muad_did escribió:
Lo mismo digo.
En algunos sitios he leido otra version por comentarios, en que dicen que el que realmente estaba viviendo en el piso era un tio vago que no se queria ir de casa ni pagar lo que valia (estaba pagando 12€ al mes por una casona). Y cuando la nieta intento echarlo, metieron a la abuela con el para que diese mas pena...
A ver si aparece alguién que conozca el caso en 1º persona y confirmamos...
kolombo escribió:Pues a mi que me expliquen por que mis padres tienen hecho el testamento ante notario así, uno se lo deja todo al otro y luego vamos sus hijos cuando ellos falten.
LadyStarlight escribió:Porque no es así. Lo que han hecho es lo que hacen la mayoría de los matrimonios que tienen los bienes en común.
Hacen testamento sobre el tercio de libre disposición, dejándolo todo al cónyuge superviviente. Los otros dos tercios son para los hijos, normalmente repartidos a partes iguales.
Supón que tienen una casa y uno de los dos muere. La mitad de la casa es lo que hay que heredar, la otra mitad es del otro cónyuge y eso no cambia. De esa mitad, un tercio queda para el cónyuge y los otros dos tercios para los hijos. Así el cónyuge maneja el 50% (que ya era suyo)+17%(que ha heredado) de la casa, y los hijos se reparten el 33% restante. Si se quiere vender la casa, se necesita la firma del cónyuge que siga vivo, y al que le corresponde además el 67% de la ganancia. Además se puede añadir un usufructo vitalicio, de manera que los hijos no puedan desahuciar a su padre o a su madre.
kolombo escribió:
Pues el caso que yo comento es el mismo de XuweR, bienes a nombre de los dos, en el testamento dejan todo uno al otro y cuando ellos falten para sus hijos. El testamento tiene unos cuantos años y se hizo legalmente ante notario.
Puntualizo, según me comenta mi padre ellos hicieron testamento para que no pasara lo que tu comentas, vamos que si no hay un testamento es como tu dices.
A la hora de hacer testamento, quien se disponga a esta tarea debe
saber que no goza de total libertad para disponer de su patrimonio. La
ley impide que, teniendo hijos, un hombre deje en testamento todos sus
bienes o el usufructo universal de su patrimonio a su esposa.
LadyStarlight escribió:Pues no es así, ya te digo que no se puede hacer testamento como tú dices. Imagino que tu padre no se acuerda bien, porque normalmente llegas al notario, pides que te redacten un testamento estándar de uno para otro, firmas y tampoco te preocupas de mucho más.
Puedes leerlo aquí si no te fías de mí:
http://revista.consumer.es/web/es/19990201/miscelanea1/
Esto se hace para proteger a los hijos de idas de olla de sus padres, por ejemplo que tu padre o tu madre se casen con alguien y le dejen sus bienes a esa persona y tú no veas ni un céntimo del patrimonio.
Es más, hay casos muy jodidos en los que no hay descendencia y la viuda o el viudo se queda en manos de sus suegros, porque resulta que son los herederos legales y no hay manera de cambiar eso. Imagínate que te casas, eres joven, no tienes hijos y te compras una casa con tu mujer a medias. Aunque quisieras hacer testamento para que si uno de los dos muere el otro se quede con la casa, no podrías. Resultaría que como mucho puedes dejarle un tercio de tu mitad al otro, los otros dos tercios son de tus padres. Así que si te quedas viudo, tus suegros pasan a controlar dos tercios de la mitad de tu mujer a pesar de haber hecho testamento. Si quisieras vender la casa, que tanto esfuerzo te ha costado conseguir junto a tu mujer, tendrías que llegar a un acuerdo con tus suegros para pagarles su parte. Y todavía la mayoría de las veces de tus hijos te puedes fiar, pero de tus suegros, teniendo en cuenta que suelen tener más hijos, si tienen la oportunidad de darle un bocado al patrimonio de su hijo muerto, aunque sea sólo para dejarles algo más a sus otros hijos, lo normal es que no renuncien a ello.
Y créeme que soy la primera en considerar la ley muy injusta, porque mi patrimonio lo he trabajado yo junto con mi marido y no creo que mis padres tengan derecho a él (y lo mismo digo de mis suegros), pero lo he consultado y no hay manera de cambiar esto. Sólo hay una forma, y es poner en vida los bienes a nombre del otro, cosa que sólo se puede / debe hacer si sabes con seguridad que te vas a morir en poco tiempo.
kolombo escribió:Pues si es injusta si, ya se lo comentaré a mi padre para que se informe bien del tema.
LadyStarlight escribió:Bueno, también hay otra posibilidad, si miras el enlace que he puesto antes, en los territorios forales la cosa funciona un poquito más relajada. No sé de dónde eres, a lo mejor de ahí viene la confusión.
kolombo escribió:Pues de Cataluña.
LadyStarlight escribió:Pues según entiendo yo, los herederos de tus padres sois los hijos, sería curioso que tu padre repasara el testamento y nos cuentes si es como yo te digo o no.
Seguramente lo que tendrán tus padres es un usufructo, es decir, que los hijos no veréis el patrimonio hasta que los dos fallezcan, a pesar de que en teoría en parte sería vuestro. Eso protege al cónyuge de que los hijos desahucien a su padre o a su madre para poder vender la casa.
Lo peor de todos estos casos es que la ley no tiene en cuenta las situaciones personales, sino lo que está escrito. Así una nieta puede echar a su abuela, porque tiene derecho al piso (que digo yo que el juez podría obligarla a compartirlo si no tiene dónde vivir, ¿no?). Unos suegros pueden quedarse con la mitad de tu casa.
No hace mucho escuché otro caso pero al revés. Una señora mayor se queda viuda, y vive en un cuarto sin ascensor. Pretende poner a la venta su casa para poder comprar otro piso accesible, pero como los hijos han heredado, ha de contar con ellos para la venta del piso. Como no llega a un acuerdo con el precio que ellos quieren, el piso no se vende, y la señora se queda tirada en su cuarto sin ascensor.