"Ángeles Gómez" escribió: Mi querida SGAE
“Érase una vez una ovejita-autor que iba caminando cual ovejita-autor por el corral-laberinto del pastor-sgae y vino el lobo-productor-editor y le pegó un bocao.
Asustada la ovejita-autor llamó al pastor-sgae y éste le contestó: -Yo soy socio-amigo del lobo-productor-editor y tengo un contrato para proteger sus derechos a morder. Añadió que lo que debería hacer la ovejita-autor era o bien encontrar un buen-todo-poderoso-dios-productor o bien contratar unos buenos zorros-abogados.”
Esto, que a simple vista parece una birria, en realidad lo es. Es la birria de respuesta que salió de la boca de un alto directivo de la SGAE, “de cuyo nombre no quiero ni acordarme”, al término de una de sus asambleas, cuando le pregunté cómo podia solucionar un tema de incumplimiento de contrato por parte de las entidades Chachipen S.L. y Warner World Music. Canciones del Mundo. La analogía no puede ser más infantil y más cínica al mismo tiempo, pero sus consecuencias son terribles.
Debo añadir que el ágape con el que se agasajaron tras la reunión en un gran y caro hotel de Sevilla no salía precisamente del bolsillo de este señor y sus acompañantes.
Aun más fabulosa es la explicación que me dió el sr. Presidente de la SGAE, Teddy Bautista, durante esa misma asamblea cuando le pedí aclaraciones sobre “porqué unos autores sufren discriminación con respecto a otros, porqué una entidad de autores defiende además y más a editores y productores, (es como tener a la patronal y a los sindicatos dentro de la misma institución, ni es viable, ni es honesto, obviamente tampoco imparcial), cómo es que No Todos los Autores tienen derecho al voto, y qué era eso de los “sondeos” con los que se ejecuta el reparto de derechos” y me replicó lo siguiente:
“Para que un autor sea ponderado (tenga ciertos derechos) ha de ser poseedor de una “obra ponderada”(genere determinada suma de dinero).
¡Fantástico! De pronto me enteré de que para ellos hay dos tipos de autores: Los autores Ponderados y los autores No Ponderados.
Me enteré además de que los autores no ponderados no lo podríamos ser nunca hasta que no entráramos en los “sondeos” y nunca podríamos entrar en los “sondeos” sin una compañía potente que pagase por ello a los medios de comunicación.
Con las cosas así, resulta que aunque tu obra se utilice en radio, tv, Internet, etc. No va a generarte ningún derecho mientras no sea avalada por algunas de “sus empresas” que son las que te meterán o no en el saco que tienen para los que sí entran en “sondeo”.
“Esto lo entendería hasta un niño de 4 años; que me traigan un niño de 4 años y me lo explique”
Después de mucha discusión y dadas las pocas probabilidades de conseguir algo en claro de esta “institución”, solicité la baja de mi repertorio en dicha entidad pero me fue denegada por tener firmados contratos con las editoriales antes mencionadas (Chachipen SL y Canciones del Mundo, Warner World Music) que como bien dije estaban incumpliendo dichos contratos y además consta en ellos una cláusula que ha sido desechada por la Ley de la Propiedad Intelectual con referencia a la posible duración permitida de un contrato de tales características. (En una de las cláusulas de mis contratos pone: para toda la vida, en todo el universo y afecta a todos mis derecho-habientes, esto me aseguraron el Sr. Paco Ortega y el Sr.Alvaro de Zabala, uno de los jurados de OT, que era legal y rutinario, sin embargo en otras cláusulas habla de la obligación del editor a la difusión y edición de la obra en el plazo de un año, y esto no ha ocurrido jamás.)
No se puede entender, por tanto, que la SGAE insista en dar como válido un contrato que ha quedado obsoleto dentro de la Ley de la Propiedad Intelectual.
Las preguntas están, pues, en el aire:
• ¿A quién defiende la SGAE?
A los autores no. Sólo a algunos autores.
• ¿A quién representa la SGAE?
A sus socios no. Sólo a algunos de sus socios.
• ¿Por qué reglas se guía la SGAE?
Por las de la Propiedad Intelectual no. Sólo por las suyas propias.
• ¿Entre quien reparten el dinero de los derechos generados por las obras?
Entre los autores de tales obras no. Sólo entre los autores de las obras “ponderadas”.
• ¿Puede la SGAE permitirse el secuestro de las obras de los autores? ¿Es legal lo que están haciendo?
• ¿Tienen criterio moral?
• ¿Pueden usar el dinero para apoyar proyectos que ya cuentan con apoyo de capital privado?
¡Que vengan unos zorros-abogados y me lo expliquen!
A la SGAE le interesa que el poder mediático prospere porque el poder mediático es el que los retroalimenta.
Tienen control para hacer y deshacer a su antojo. Silencian la voz de miles de autores. Muchos de esos miles de autores además encuentran su obra o parte de ella firmada por otros nombres. La misma que un dia presentaron con ilusión a una gran editorial y esta capturó con rapidez pero advirtiendo que no eran comerciales.
Si acaso el autor se quiere montar por su cuenta su propia web para difundir y vender su propia obra viene la hiena-recaudador-SGAE y le pasa la factura con la excusa de que es para asegurarse de que cobra (no cobra) sus derechos como autor.
¡Es genial! ¡Ni Rockefeller podría haber ideado una empresa mejor ni Kafka describirla!
Y yo me pregunto: ¿Habrá alguien en el Ministerio de Cultura que se haya leido los Estatutos, el Reglamento y la Ley de repartos de la tan afamada SGAE?
¡Dejémonos ya de farsas! Muchos autores estamos ya hartos de tener que pagar por componer, de tener que soportar la beligerancia y la avaricia de los que dicen, y con ello mienten, que están para protegernos y defendernos, de los que blasfeman en nuestro nombre, de los que abusan de la difícil situación laboral y económica que sufren la gran mayoría de los autores, de los que se aprovechan tanto del público como de los artistas. ¿Habrá peor ladrón que el que roba a sus propios compañeros?
Ya está bien, o vamos a terminar teniéndole que pedir permiso a la “SANTA SGAE” para usar refranes como por ej.: Dame pan y dime tonto ó Al mal tiempo buena cara ó Si te ví, no me acuerdo.
Con esta misma filosofía podríamos considerar lógico el pago de un “canon” por cantar en Navidad,...pero mira cómo beben los peces en el río, ya que la SGAE se tendrá que asegurar que los derecho-habientes de los peces y los rios cobren (no cobren) sus derechos .No olvidemos tampoco pagar a Jesulín de Ubrique cada vez que digamos la palabra “Impresionante”, por supuesto mis disculpas a la RAE por hacer uso de su Abecdario para escribir este artículo sin comunicárselo a la SGAE y como no, mis disculpas también al sr.Groucho Marx y al Sr. Cervantes por olvidar mandar un giro por utilizar fragmentos de sus obras.
A todo esto sólo me queda añadir que tanto mi repertorio como el de mi compañero Melker Isaksson siguen secuestrados por la SGAE, Chachipen SL y Canciones del Mundo, Warner Music.
Stockholm, 14/08/04